2018: el año en que desapareció el cuco de la Aduana (nueva franquicia de U$S 500)

Si había un tema que era incómodo para los viajeros argentinos al llegar al país luego de un viaje al exterior en el que habían hecho «algunas compritas», era el de encontrarse con la temible Aduana.

En realidad, seamos sinceros, la incomodidad venía por el lado de tener que pagar los aranceles que correspondían, debido a que el importe de la franquicia era muy bajo y había permanecido inalterado durante muchos años. Y ya que está aclaremos que eso de la «temible Aduana» que pusimos en el párrafo de arriba es un poco exagerado, o al menos variable, a veces ni nos miraban y decían «pasá, pasá» y otras veces los viajeros eran sometidos a intensas revisiones.

En este post encuesta quedó bien de manifiesto la relevancia de asunto para la gente: Encuesta: Al llegar a la ADUANA ¿son pícaros, legales o más o menos?

A principios de 2018 ajustaron la franquicia para las compras en el free shop de llegada, algo que no mejoró mucho el tema y sobre lo que nos quejábamos aquí: Era la OTRA franquicia, AFIP, la de las compras que hacemos afuera.

Más tarde incluyeron como objetos permitidos sin pago de arancel un teléfono celular y una notebook o tablet, algo que solucionaba gran parte del tema pues eran los artículos más comunes que hacían que los viajeros superaran la pequeña franquicia, aquí hablamos sobre ello: Se pueden ingresar celulares y notebooks comprados en el exterior sin declararlos en la Aduana.

Y ahora, mediante la Resolución General de AFIP 4331, nos adecuamos a la normativa del Mercosur y aumentamos las franquicias: U$S 500 para quienes ingresan al país por vía aérea o marítima y U$S 300 para quienes ingresan por vía terrestre o fluvial. Todo lo demás sigue igual, el grupo familiar suma las franquicias y los menores de 16 años tienen el 50% de esos montos.

Así que el 2018 es el año en que la mayoría de los viajeros dejarán de preocuparse por la Aduana al regresar al país. ¿No les parece?

Transcribimos la publicación en el Boletín Oficial:

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4331

Régimen Aduanero de Equipaje en el MERCOSUR. Decisión N° 03/18 del Consejo del Mercado Común. Su incorporación.

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2018

VISTO las Decisiones N° 53/08 y N° 03/08 del Consejo del Mercado Común, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo del Mercado Común, en su carácter de órgano superior del Mercado Común, consideró conveniente y necesario armonizar el tratamiento aduanero del equipaje de viajeros, a efectos de reafirmar el compromiso de consolidar la Unión Aduanera.

Que mediante la Decisión Nº 53/08 (CMC) se aprobaron las normas sobre “Régimen Aduanero de Equipaje en el MERCOSUR”.

Que mediante el dictado de la Decisión N° 03/18 (CMC) se actualizaron los montos establecidos en los numerales 2 y 3 del Artículo 9° del Anexo de la Decisión Nº 53/08 (CMC).

Que, conforme lo expuesto, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico nacional la mencionada Decisión Nº 03/18 (CMC), lo cual implicará la adopción de las medidas tendientes para lograr su efectivo cumplimiento.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Decisión Nº 03 del Consejo del Mercado Común (CMC) del 9 de octubre de 2018, la cual se consigna en el Anexo (IF-2018-00097320-AFIP- SRRDDVCOTA#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Grupo Mercado Común Sección Nacional, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.) y archívese. Leandro German Cuccioli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/11/2018 N° 85015/18 v. 08/11/2018

Fecha de publicación 08/11/2018

Transcribimos el Anexo que menciona la norma:

ANEXO
MERCOSUR/C.M.C./DEC. Nº 03/18
RÉGIMEN ADUANERO DE EQUIPAJE EN EL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 53/08 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Consejo del Mercado Común ha reafirmado el compromiso de consolidar la Unión Aduanera y establecer un Mercado Común.
Que, a tal efecto, son necesarios procedimientos armonizados para el tratamiento aduanero del equipaje de viajeros, con vistas a la consolidación de la Unión Aduanera.
Que se hace necesaria la actualización de los montos establecidos en los numerales 2 y 3 del artículo 9 del Anexo de la Decisión CMC Nº 53/08.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:
Art. 1 – Sustituir el artículo 9 numeral 2 del Anexo de la Decisión CMC N° 53/08 por el siguiente:
“2. Además de los bienes mencionados en el numeral 1, el viajero que ingrese a un Estado Parte por vía aérea o marítima tendrá una exención para otros objetos, hasta el límite de US$ 500 (quinientos dólares estadounidenses) o su equivalente en otra moneda.”.
Art. 2 – Sustituir el artículo 9 numeral 3 del Anexo de la Decisión CMC N° 53/08 por el siguiente:

“3. En los casos de frontera terrestre, los Estados Partes podrán fijar una franquicia no inferior a US$ 300 (trescientos dólares estadounidenses) o su equivalente en otra moneda.”.
Art. 3 – Esta Decisión deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 08/IV/2019.
CMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) – Montevideo, 09/X/18.
Administración Federal de Ingresos Públicos

 

34 Respuestas

  1. Guillermo dice:

    Una buena medida muy esperada por los viajeros. Nr: No lo tomen como comentario porque no quiero ganar protagonismo????????????

    • jlcota dice:

      Metele tranquilo, Guillermo, sabés que los comentarios son más que bienvenidos. Si hay algún lector que no quiere interactuar con otro se lo dice y listo, todo tranquilo y clarito.

      Saludos

  2. LUCIANO dice:

    Ahora aparecieron otros cucos como el valor del dolar y lo que cuesta viajar al exterior jajaja. Igual celebro la medida y si mejora la cosa y el dolar sigue estable un tiempo más tal vez tengamos el esperado segundo semestre, aunque sea en tema viajes. Saludos chicos!

  3. Emmanuel A dice:

    Que bien la vengo pegando. Mañana viajo a Europa Y pensaba cambiar mi celular ( gracias a la resolución anterior) además traer una cámara profesional que está 450 dólares vamoooo!

  4. Mariano Morales dice:

    Estoy por volver hoy! Ya esta vigente?

  5. Starla dice:

    Una medida adecuada pero tomada en un mal momento, en mi opinión. Saludos.

  6. gusducustavo dice:

    Preguntonta: mi hija tiene 16 años, ya corre como mayor para la franquicia?

  7. claudia sanchez dice:

    perdon por la pregunta si compras en el free shop de llegada los 500 dol(aereo) son aparte de la nueva franquicia? gracias!!

  8. Daniel dice:

    La pregunta del millon es: cual es el objetivo de tener 9 escaneres en aduana con unos 25 empleados que a veces te miran torcido, a veces pasas sin problemas, y en el 80% de los casos te toca la luz roja… Segun mi punto de vista, deberia haber 1 o 2 escaneres para aquellos que declaran (honestamente por supuesto) traer mas de la franquicia, el resto es inutil, es mas util que esos recursos los destinen a los contenedores que traen millones de dolares en mercaderia de dudoso origen…
    En un momento habia aflojado el control de aduana, veias a los empleados charlando en lugar de mirar el escaner para ver si traias algo de mas…

    • Guillermo dice:

      Coincido Daniel solo le agregaria controles aleatorios a un porcentaje chico de pasajeros por hora, como muestra.

  9. Marina dice:

    Hola!! Una consulta, la nueva reforma Se aplica solo para vuelos provenientes de paises limitrofes del mercosur? O para todos los vuelos en general viniendo desde cualquier país

  10. DL dice:

    Hola chicos! Tengo una pregunta: un argentino que reside en el exterior y viene de visita a Argentina, tiene limite de franquicia en cosas que puede traer de su país de residencia para regalar? Por ejemplo si le quiero traer compu, telefono, etc a algun familiar aca como regalo? Aclaro que entro a Argentina con pasaporte argentino, no tengo ciudadanía ni pasaporte del otro país. Es el mismo limite que un Argentino que reside acá y viaja por turismo? Gracias!!

    • Pablo dice:

      No tengo cereteza yo. Vemos si alguien comenta

    • Starla dice:

      Si, tiene los mismos limites, por el hecho de que lo que se paga (si es que se paga al sobrepasar la franquicia) es por la importación de un bien, no por el hecho de la residencia o la nacionalidad… Un turista que viene de paseo no va a traer mercadería para vender o regalar en cantidad (recordemos que para la aduana el traer múltiples cosas puede ser presunción de comercio, no le interesa si uno argumenta que es para regalo)… Si un extranjero o un turista trae varios celulares juntos, pueden presumir que no son de uso personal del viajero…y la aduana entonces cobrar el impuesto o retener la mercadería..

      Igualmente, si es algo en cantidad normal, no creo que digan nada en la Aduana, pero si hay cantidad excesiva, si podrían parar al que ingresa con cosas que no son habituales para uso personal en un viaje de turismo.

      • Guillermo dice:

        Agrego, que no hay diferenciación en las filas de aduana de extranjeros o residentes, solo hay una fila especial para las tripulaciones o diplomáticos. Nadie en aduanas me pregunto nunca la nacionalidad o donde vivia, porque como dice Starla los limites son los mismos. Ademas si lo fueran, no tenes forma de demostrarlo si no tenes residencia en otro pais.

  11. Pablo dice:

    Chicos, una consulta. Ya se que esto solo aplica en nuestro pais, el caso es que tengo conexion en brasil. Tienen idea si ahi hacen problemas si aparezco con varias cosas? Al estar en transito no debrian, aunque si salgo del aeropuerto ya que viajo al dia siguiente de aterrizar en brasil, pero queria saber si tienen experiencia en el tema. Gracias!

  12. Ramiro dice:

    Hola chicos. Comentó acá porque no encontré post relacionado. Tengo una amiga viviendo en Japón que me envío un paquete con un par de pavadas: chocolates y libros. El tema es que hace más de 15 días que esta parado en aduana argentina. ¿Saben el procedimiento a seguir para reclamar? Leí la info de la página argentina.gob.ar pero no entendí bien lo que tengo que hacer. Saludos.

    • Pablo dice:

      Supongo que va a entrar como cualquier cosa. Te van a mandar un telegrama y pagar por ello. Luego lberarán las cosas y tendrás que ir a buscarlas. No estoy 100% seguro, pero tengo escuchado que es así

    • Starla dice:

      Por correo puede que tarden un mes o quizás incluso seis meses en que muevan el paquete de la aduana… Luego de que te llegue el telegrama, tendrás que hacer la declaración jurada, ingresando a la página de AFIP con clave 3, por lo que si no la tenés, tendrías que ir tramitándola… Después, es casi una lotería si el envío lo hacen a domicilio o queda en la aduana de Retiro (si sos de esta zona de Capital y Gran Buenos Aires) para que lo retires en persona.

  13. Santi dice:

    Buenísima la noticia!
    Pero tengo una duda concreta: viajo con mi pareja a España, ambos traemos una notebook nueva y un iPhone nuevo en caja., tal y como indican que está permitido como franquicia personal.

    ¿Hay que decláralos en el formulario de aduana al entrar a Argentina, se declara como regalo , objeto personal, que nomenclatura?
    ¿O podemos pasar por aduana sin indicar explícitamente que tenemos un iPhone y una laptop nuevos en caja ambos, en cada una de nuestras mochilas y no deberíamos tener inconveniente ya que está dentro de lo permitido?

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