Es falso que si comprás dólares vía criptomonedas luego no te habilitan a comprar los U$S 200 oficiales

El otro día hicimos una prueba para comprar «Dólares Bitcoin» o «Criptodólares» o como quieran llamarle, convertimos pesos argentinos en dólares saltando el cepo de manera legal y de una forma muy ágil y sencilla. Además pagamos el dólar a un valor inferior al dólar blue, la manera en negro de saltar el cepo.

En este post les contábamos los detalles: Compré dólares Bitcoin y los pasé a mi cuenta bancaria en U$S (rápido, fácil y legal).

En los comentarios que fueron dejando los lectores en ese post, hubo un par que dijeron que luego de comprar dólares cripto su banco no les había habilitado la opción de comprar los 200 dólares mensuales al valor oficial. Este post es para contarles que esto es falso.

Actualización: Ojo, una transferencia en dólares está bien, haciendo dos ya encienden alarmas sobre vos en el sistema bancario

Ni bien lo informaron buscamos alguna normativa que sustente esos dichos y no la encontramos. Hoy que cambió el mes probamos de comprar los 200 dólares mensuales a valor oficial luego de haber comprado dólares cripto y funcionó sin problemas.

Ojo, no digo que los lectores que lo reportaron hayan mentido, seguramente la imposibilidad de acceder a la compra de dólar oficial tuvo su origen en otro motivo y ellos lo relacionaron con esto.

Compramos tanto a través de un banco tradicional, el BBVA, como a través de un banco digital y en ambos casos funcionó sin problemas.

De modo que este simple post viene a responder una duda que había surgido en el post saltacepo: Compré dólares Bitcoin y los pasé a mi cuenta bancaria en U$S (rápido, fácil y legal).

Nota: ¡Consultá a tu Contador antes de andar haciendo estas cosas!, y si no lo consultaste antes, contale después al menos, mirá que no puede hacer milagros si no.

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115 Respuestas

  1. Matias dice:

    Por ahora la restricción es para dolar MEP o CCL. Las criptomonedas estas exentas… sólo por ahora.

  2. Pablo dice:

    Buenas! Este finde intenté hacer unos pagos por Paypal y los bloquearon desde la tarjeta mencionando una normativa del BCRA, les pasó a uds? Entre otras mediddas esa resolución busca «evitar la compra de cryptoactivos» según leí.

    Parece q se complica la compra de Bitcoin así.

    • jlcota dice:

      No hemos probado, veamos si algún lector comenta.

      • Elsa dice:

        Buenas! Paypal para compras desde noviembre 2019 no funciona con visa ni master. Aunque en mi caso acepta Amex directa no bancaria. No se si con amex bancaria funciona. El sabado 30/05 lo usamos por ultima vez sin inconvenientes con esa tarjeta.

    • Federico LR dice:

      Hola.
      Paypal esta bloqueado desde hace meses. Yo intente en enero y ya no se podía. Hay una normativa del BCRA (No se cuál) en el cual bloquean este tipo de transferencias.
      Lo que leí en su momento, es que hay que pedir autorización directa al BCRA para usar PayPal.

      • Nacho R dice:

        Hola. En enero pagué muchos vuelos internos de sudeste asiático con de master de hsbc por Paypal ya que no podía directo desde las paginas de las aerolíneas y me la tomo sin problemas.

    • Aldemar dice:

      Lo de Paypal se supone que viene bloqueado desde el año pasado tras las PASA, cuando se restringió compra de criptoactivos y pagos a través de plataformas de pago del exterior con tarjetas de crédito.

    • German dice:

      No debería estar bloqueado en casi ningún caso porque si te pones a leer la normativa (com. A6823) dice que se debe pedir autorización al BCRA solo si para hacer una operación de ese estilo se tiene que acceder al mercado de cambios…esto quiere decir que está bloqueado el pagar en $ y no en US$, en Paypal se puede pagar tanto en $ como en US$ y por eso está bloqueado pero hay miles de casos en los que no se puede pagar en $ y lo bloquean igual.

      Ya intenté varias veces que me autoricen operaciones así en el BBVA pero no te dan bola, estaría genial que empecemos a hinchar con este tema porque es una normativa que los bancos mal interpretan porque se les canta.

  3. broniusgks dice:

    Pero ojo chicos , que ya el gobierno mando orden a Afip de investigar quienes operan con criptomonedas

    por otro lado les informo que acabo de comprar mis u$s 200 por Brubank sin dramas hace un rato

    • jlcota dice:

      Es que por ahora es una operación legal. Si comprás con pesos en blanco no debería haber problemas.

      Igual, en el post en que se los contábamos decíamos:

      «…¡Consultá a tu Contador antes de andar haciendo estas cosas!, y si no lo consultaste antes, contale después al menos, mirá que no puede hacer milagros si no.»

    • Tincho dice:

      Si compras con dinero debidamente justificado no deberias tener el mas minimo problema

    • Fede dice:

      vos decis que ya están controlando? y los usd que compras por brubank, como haces para retirarlos?

      • José dice:

        Fede, el tema de cuando comprás por las fintech, es que tenés que tener igualmente caja de ahorro en USD en algún banco convencional si los querés retirar en billetes, al menos por ahora. Sino tu alternativa es venderlos en pesos pero que claramente no es la idea. Saludos

  4. Dante dice:

    Excelente!! Siempre yo tmb pude comprar luego de haber probadi la alternativa que comentan en el post ????

  5. j dice:

    Pero esa no es una prueba total. Probá comprar dólares cripto y el mismo mes comprar oficial.

  6. Betty dice:

    Hola, acabo de intentar comprar los 200 en el Santander y no se puede realizar la operación:(
    Aclaro que nunca compré bitcoins.
    Saludos!

  7. Tomas dice:

    Al comprar lo que vos hiciste fue «firmar»(digitalmente) una declaración jurada, en la cual se indica que no incumplís con los requerimientos necesarios para acceder a los 200 dolares solidarios.

    El hecho de que una persona pueda comprar no garantiza que exista cumplimiento de la norma. Es decir, el accesos al MULC existe (vos pudiste comprar de hecho), pero la condición de poder hacer uso o no de éste es una cuestión personal.

    A lo que voy, alguien que opero en la bolsa la semana pasada también va a tener acceso, entiendo por ese motivo están las DDJJ, por lo tanto el hecho de tener acceso no significa que no haya infracción de la ley.

    Así lo veo yo, me puedo confundir, es mi interpretación

    Muy bueno el Blog! un saludo!

    • jlcota dice:

      Hola, Tomás,

      Es un muy buen y concienzudo aporte el tuyo, estoy de acuerdo, claro. Viene bien siempre repasar el concepto de lo que uno está haciendo.

      Lo que dice el post viene encadenado del anterior, manifestaban que el sistema no los habilitaba a comprar, el mismo home banking no los dejaba, eso es lo que estamos tratando aquí.

      Por cierto, citamos la normativa actualizada del BCRA al final del post.

      Saludos

      • Tomas dice:

        Lo que no me es fácil de entender es el primer punto de la normativa que citas: En este se nombra «criptoactivos», pero creo que este apartado deja a fuera a las personas humanas, entiendo aplica solo para empresas. Alguien lo entiende y lo puede explicar?
        Gracias.

  8. alejandro dice:

    hola, tienen que tener cuidado con esta info que dan, el sistema puede dejar y la legislación puede no permitirlo igual, hasta ahora venia pudiendose igual pero firmas ddjj ddjj que no compraste mep…. dp no vas a poder alegar que no sabias y la ley penal cambiaria no es un chiste…. entiendo q x ahora es solo para compra venta de titulos (mep) pero yo no manejaria esta información tan a la ligera. slds

    • jlcota dice:

      Hola, Alejandro,

      Lo que dice el post viene encadenado del anterior, manifestaban que el sistema no los habilitaba a comprar, el mismo home banking no los dejaba, eso es lo que estamos tratando aquí.

      Por cierto, citamos la normativa actualizada del BCRA al final del post.

      Saludos

  9. Kathe dice:

    Hola… Entonces en teoría puedo comprar criptomonedas y pasarlas a mi cuenta en dólares en algún banco en Argentina y luego retirar el efectivo en el banco?

  10. FB dice:

    Buenos días, qué app recomiendan para comprar criptomonedas? Gracias

    • jlcota dice:

      Hola, FB,

      No recomendamos ninguna, para la prueba que hicimos usamos Buenbit porque sí nomás.

      Saludos

  11. Paula dice:

    Hola. Yo hice una prueba con la tarjeta N26 (banca europea) y le pude cargar saldo con mi tarjeta de débito de Argentina pagando en pesos. Al reconocerlo como una compra con débito en el exterior, me cobró al dólar oficial +30%. Es decir, un tipo de cambio muy favorable. Pero no sé si es legal hacer esto. Cargué 150€ para probar y funcionó, no sé si es legal cargar más. Alguien sabe?

  12. Aldemar dice:

    La confusión que se ha generado por el tema de los 200USD y la compra de criptomonedas en parte es por culpa de los medios: https://www.lavoz.com.ar/politica/debuta-declaracion-jurada-para-comprar-dolares-por-ventanilla-o-home-banking. Cuando interpretan la comunicación A7030 del Central, combinan las nuevas disposiciones para acceder al Mercado Único Libre de Cambios para operaciones distintas al atesoramiento de los 200USD con el endurecimiento del acceso al dolar MEP o CCL. Realmente, la comunicación abarca dos temas totalmente diferentes pero terminan combinándolos y haciendo todo un quilombo.

  13. Federico dice:

    Hola chicos, siempre tomo una visión puntual de la realidad sin meterme en cuestiones personales que leí por ahi. Lo objetivo se venía dando esa restriccion ante «la duda». El bcra saco una actualización que por un lado hizo más restricitivo el acceso al dólar MEP Y CCL con un parking de 90 días y una ddjj y se liberaron el resto de las operaciones siempre y cuando no utilicen de puente a estás…es decir que tú broker o intermediario no opere un bono para acceder a esa moneda. Y nuevamente les agradezco por valorizar nuestra profesión, ustedes dan consejos personales, no implica que funcione para todos sin aserarse. Y sepan que regímenes y cruces de info hay muchísimo y no lo sabemos

    • jlcota dice:

      Sí, tal cual, vamos compartiendo info como en una charla de amigos, pero no podemos dejar de sugerir consultar al profesional idóneo en la materia.

      Saludos, Federico.

      • Federico dice:

        Hola Jorge, muchas gracias ! Desde ya que no minimizó comentarios que ví de normativa de organismos o penales, pero la idea es justamente dar su consejo y que cada sepa según sus posibilidades. Un café tal cual!

        • Tomas dice:

          Disculpa, pero no termino de entender tu posteo, quizás nos podes ayudar a comprender,
          Cual es la vinculación que atañe al comprador/vendedor de criptomonedas con la operación dolar MEP o CCL? Existe vinculo?
          Por otra parte, es sabido que si moves fondos entra cuentas bacarias, brokers y demás, se supone el origen licito de los fondos. cual seria el problemas de los cruces de información?

          Gracias!

    • Ezequiel dice:

      Federico… estas confundiendo lo que usualmente se llama «parking» de 5 días que tenes para operar en la bolsa para la compra de títulos y acceder al dolar MEP y CCL con la incompatibilidad que impusieron de 90 días para acceder al MULC (dolar oficial) si operaste en bolsa (MEP y CCL). Son dos cosas distintas. Confunde. Vá con onda.

  14. Claudio dice:

    Hola!!
    Te hice caso @infoviajera y ahí vamos!! (bien básico para alguien como Yo..!!- medico cirujano-)

    En el mundo de las Criptomonedas hay 2 grandes opciones:
    1-Comprar para ahorrar.
    2-Comprar para invertir.

    Antes debemos decir que las monedas virtuales son «virtuales» sin existencia física y que son manejadas por complejo algoritmos de procesadores descentralizados de cualquier gobierno, banco o entidad privada!!
    Existen en el mundo virtual, y tiene la complejidad de existir por la simple operatoria de la oferta y la demanda de un activo!! o sea porque el mercado se «fijo» en ellas!!
    Si establecemos un orden cronológico tenemos las primeras crypto como el Bitcoin, cuya volatilidad de oferta y demanda permitió entrar el en «juego» de la inversión en ellas, a tal punto que hay quienes se hicieron millonarios y quienes lo perdieron todo!! Pero como? no eran virtuales y no existen físicamente? Tal cual, pero estas monedas virtuales pueden comprarse y también venderse, y con que se compran o venden..? Bingo!! con dinero físico!! principalmente el U$S por ser una de las monedas mas estables, igual al Euro o al Yen..!!

    Donde compramos o vendemos crypto’s? en una plataforma para tal fin, hay muchas en las web y no soy capaz de aconsejar alguna, aunque tras mi experiencia personal pueda soplar Vuestras indecisiones a cual elegir!
    Pero… si compro una crypto, donde la dejo o guardo? Bueno la misma plataforma donde haces el «trading» o mercado te permite guardarlas, venderlas, y hasta realizar inversiones con ganancias de las mismas.. Pero si no quieres confiar en un tercero para que tenga tus cryptos (en realidad tu dinero), las podes guardar en una billetera o monedero virtual, «wallet». Aquí no le dejas tu dinero a nadie y esta wallet hace de intermediario entre Ud. y la plataforma que las comercializa, por ejemplo Etherum!! A su vez a través de estas wallet Ud. puede también intercambiar crypto’s, o transferirlas a cualquier parte del mundo en forma instantánea y «casi» sin costos..!! imagínense transferir de Argentina a España unos 1.000 Euros.. cuanto te cobre tu banco, cuanto tarda? y la verdad no te lo van a dejar hacer!!

    Bueno, volvamos ahora a las 2 opciones de acumular crypto’s:
    1-Comprar para ahorrar, aquí compras las mismas para guardarlas tal cual harías con el dinero físico (fiat), pero sin los riesgos que este implica, inflación, devaluación, etc. y con los dólares acá en Argentilandia mucho no se puede hacer, así que..
    Compras monedas virtuales estables o stablecoins, donde 1 moneda o valor «token» mantiene siempre el valor o paridad con el dólar, por eso se llaman así y son para AHORRO, no vas a ganar ni perder con ellas, Yo no puedo decirte que es mejor o peor, solo deberás sacar tus conclusiones!! En otro post puedo contaros en que se basa su estabilidad!!

    2-Compra para invertir, si eres osado y quieres ganar algún dinerillo puedes adentrarte al mundo del trading virtual y puedes ganar o perder, por ello es importante que primero integres una plataforma que te permita familiarizarte en forma «virtual» y luego comienzas a operar en forma real o de verdad… Si así lo quieres aconsejo e-Toro, excelente para trading de cuota-partes o acciones de empresas, crypto’s, commoditis, títulos, bonos de paises, etc..!! y si alguno de los que ves los envidias por lo que ganan, hasta puedes «copiarlos» y empezar a ganar como ellos en proporción a tu dinero..!!

    Espero Vuestros comentarios.. and We Will Win..!! in the World Wide Web..!!

    • jlcota dice:

      Qué bien viene de vez en cuando una dosis de rebeldía, me parece que las cripto son mucho más que una manera de acceder a comprar dólares en un país que te lo prohíbe, son todo un concepto de independencia.

      Muchas gracias por el aporte, Claudio.

      • Claudio dice:

        Algo que respondería a muchas dudas anteriores!! Ningún gobierno, empresa o banca pueden oponerse a la compra/venta de cryptos, llamada p2p, ya que no es dinero fiat (físico de algún pais emisor) y por ende no esta regulado..!! Te pueden prohibir comprar harina, salmón o polenta, pero nunca lo que no existe para el/los gobiernos, las cryptos son valores virtuales y funcionan solo porque el mercado las requiere… NO MORE..!!

      • inés dice:

        Jorge, con todo respeto y solo en afán de aportar constructivamente al diálogo, quisiera hacer notar que en todos tus post de finanzas hay una sutil declaración de ideología, que cuidás muy bien de no manifestar abiertamente, probablemente para evitar polémicas que puedan perjudicar la buena convivencia general de los comentaristas de este blog; esta ideas, coinciden en defenestrar al Estado porque coarta la libertad para hacerse de dólares o por cobrar impuestos que, cómo vos y la mayoría de los comentaristas del blog, evidentemente no ven en obras que los beneficien particularmente, consideran que son abusivos o excesivos. Eso es una postura política y está muy bien tenerla…y estaría bueno admitirla abiertamente…Particularmente, me gustaría proponer que busquen y analicen ,sin prejuicios, otras fundamentaciones y posturas. A modo de ejemplo , en este caso que afirmás que no te dejan comprar dólares libremente, el motivo es claro: no sos vos, ni yo, el que los consigue ( nosotros generamos pesos respaldados por una economía agroexportadora que no tiene ningun peso a nivel global ni lo tuvo nunca aunque haya relatos míticos al respecto), Si con esos pesos en uno de tus viajes querés comprar dólares en EEUU ( o en Paraguay! ) NO podrías hacerlo o te darían centavos con suerte… Entonces, antes de viajar, le «pedís» al Estado argentino que te los cambie él.. pero el Estado argentino tampoco genera dólares propios, y los que consigue por exportaciones no son suficientes ( y menos hoy que está al borde del default en medio de una gravísima crisis mundial) El Estado, entonces, tiene que pedir prestado para poder «vendertelos» a vos y a los miles de viajeros y «ahorristas» , Entonces, hay que entender que no puede seguir dandose el lujo de darte a vos, a mi, a tantos… esos dólares que tanto le cuesta conseguir, porque se queda sin dólares para pagar insumos que no producimos y necesitamos sí o sí, pagar la deuda, etc, etc. Entonces no te lo prohíbe de «malo malo qué es», sino que restringe la cantidad para atesorar ( ya se probó eliminar estas restricciones y vimos los resultados…o si no los vimos consultar un libro de Historia Económica) Claro que también vale, y podemos seguir discutiendo para enriquecer este intercambio y fundamentarlo mejor, pero ya excede este espacio , dónde están y quiénes se quedaron los dólares que se pidieron prestados, por qué se negociaron plazos a 100 años o intereses usureros, por qué se permite un mercado informal y evasor tan grande, por qué el Estado es ineficiente y «corrupto» si los argentinos que lo conforman son tan eficaces y honestos como se autoperciben …. etc etc etc… Ahora, afirmar tan ligeramente que tu país te «prohibe» hacer algo y no explicar el porqué… me parece de una manifiesta intencionalidad… dañina y peligrosa… Valoro mucho el respeto con que desarrollan este blog y la utilidad y calidad de sus aportes en todos los temas, y personalmente me encantaría que hagan alguna vez un post dónde expresen su posición claramente, no con el fin de ensanchar grietas, sino por el contrario, de construir puentes y caminos mejores! Gracias y saludos!

        • jlcota dice:

          Hola, Inés,

          Te agradezco que expreses tu punto de vista, bueno, casi todo, hasta que me atribuiste una «intencionalidad dañina y peligrosa».

          Lamentablemente no puedo profundizar el debate en este sentido en virtud de que nos hemos propuesto que Info Viajera sea un espacio libre de discusiones políticas y en las que se viertan juicios de valor acerca de nuestros gobernantes actuales, pasados o candidatos a serlo en el futuro.

          Al igual que vos adivino intencionalidades en las medidas que toman los gobiernos, detecto discrepancias entre el discurso y las acciones (aclaro que no me refiero a este gobierno ni a ningún otro en particular) y al igual que vos puedo llegar a equivocarme.

          Saludos

          • inés dice:

            Jorge, tenes razón y te pido de corazón disculpas por esa frase…leyéndola nuevamente me doy cuenta que no corresponde y que resulta ofensiva innecesariamente..Coincido plenamente en lo fácil que es detectar o prejuzgar las intencionalidades e incoherencias en los discursos y acciones de los demás y lo difícil de asumir las propias… Y si bien este es un espacio virtual limitado para desarrollar intercambios de ideas, agradezco la cercanía, la empatía y el respeto con el que ustedes siempre nos contestan y en este caso más aun… Considero además que son algo más y mejor que un blog de viajes, ya que también ayudan a pensar/nos y eso no se consigue fácilmente en estos tiempos…muchas, muchas gracias por eso! seguiremos tratando de aprender y crecer, buscando y encontrando nuevos y mejores caminos en este viaje hermoso que es la vida! abrazo!

            • jlcota dice:

              Te agradezco mucho, Inés, te confieso que me había sorprendido verte dirigirte de esa manera hacia nosotros, hemos construido una muy buena imagen tuya, con participaciones concienzudas y que apelan a la reflexión.

              Gracias por ser parte y acompañarnos.

            • inés dice:

              es la cuarentena Jorge…es la cuarentena que saca mi lado oscuro…necesito viajaaaaaaaar!!!!! jajaaja gracias a ustedes por la paciencia que nos tienen! 🙂

            • jlcota dice:

              Ja, ja, ja.

              Saludos, Inés

  15. Elisa dice:

    Hola!! Se puede abrir una cuenta en Europa desde acá?

    • Pablo dice:

      No lo se

    • Christian dice:

      Tenés que ser ciudadano Europeo

      • Ezequiel dice:

        Hola Christian… soy ciudadano europeo… pero resido en Buenos Aires… podes comentar un poco mas o donde conseguir info para abrir una cuenta en España (o Europa) desde acá?

    • Tincho dice:

      Se puede siempre y cuando tengas residencia alla, se habla tambien del banco N26 (un Brubank europeo) que si tenes a alguien en Alemania que te reciba la tarjeta que te envian hasta podrias abrir la cuenta desde aca con telefono y pasaporte argentino, pero bueno, hay que cumplir con eso, se habla tambien de España, Italia y Reino unido pero ahi ya te piden NIE (algo parecido al CUIT aca)

  16. Marta Herminia Pezzo dice:

    Yo quise hacer un pago de una compra en dolares por PayPal y me lo rechazo , fue la semana pasada.

  17. Tincho dice:

    Si es guita en blanco y pueden JUSTIFICAR por el momento no hay ninguna restriccion para hacer la operatoria con criptos. Cualquier contador te va a decir eso.

  18. Antonella dice:

    Paso a agradecerles por la data!! Hoy me animé y compré DAI para venderlos en USD, todo a través de Buenbit. Los cambie a $114,8. Mucho más barato que el blue y legal. Además super rápido, sencillo y con acreditación casi inmediata.

    Muchas Muchas gracias por la data!!! Ya me había resignado a no poder comprar USD de otra forma que no sea ilegal.

    Besos chicos!!

  19. Entonces si compro 200 USD a solidario (oficial + 30%) y lo vendo en buen bit está ok?

  20. Viajera dice:

    Los leo y leo porque me parece super interesante y desconocido para mí el tema. Pero me pregunto, para autónomos RI que hacemos DJ de Ganancias y Bs Personales.. el dinero que sacas comprando Crypto.. donde se declara?
    Digo. En las DJ normalmente algo sale para entrar de otra manera. No desaparece solo se transforma. Y si desaparece paga bs pers. por esta bajo el colchón. O me equivoco?

    • Pablo dice:

      Lo mejor, consultalo con el contador

      • Viajera dice:

        Si tenés razon. Es que me cuesta mucho en el interior encontrar contadores «chusos». (Sin ánimo de generalizar ni ofender)
        El mío y los que conozco no tienen ni idea de estos temas y hay que ser medio autodidacta.

  21. Viajera dice:

    Respecto a una discusion que ví más arriba, es genial JL que no se traten orientaciones políticas aquí.
    Muchos pensamos como vos y es inevitable que eso aflore cuando se hablan de temas de dinero, pero entrar en blanqueo de ideologías es totalmente estéril y alejado del común interés del blog.

  22. José dice:

    Buenas! Aporto info sobre el post. Gracias al blog, me le animé a las cripto que siempre les tuve ganas.
    La cuestión es que como aún no cobraba, con unos pesos que me quedaron entré a probar tal como hicieron ustedes en buenbit.
    Hoy cobré, quise comprar los 200usd en Rebanking….primera vez en la vida que me dice «límite de compras de dólares mensual alcanzado.. alcanzaste el límite de compra máximo permitido».. voy a Brubank para ver si es error del otro y me salta «OPERACIÓN INVÁLIDA… cliente deshabilitado para esta operación»..

    Gracias a Dios conservo mis trabajos y mensualmente puedo ahorrar 200usd de manera oficial. Lo único distinto que hice estos días, fue probar con unas monedas en DAI (no compré ni 10usd) y convertir a USD y acreditar el resultado en Brubank Usd.. En contra de mis precauciones de siempre, y confiado por la data que pasaban ustedes de «es falso…» No me aguante a comprar primero los 200usd.. un moco!

    Espero sirva para poner a prueba lo del título. Sean precavidos/as porque no parece ser falso.

    Saludos,
    José

    • jlcota dice:

      Hola, José,

      Viendo que esa no fue la experiencia nuestra ni la de los demás lectores, te sugerimos contactar al banco para ver cuál es el motivo.

      Saludos

      • José dice:

        Gracias Jorge!

        Si bien sospecho que algo está ocurriendo con los sistemas para autorizar.. quiero contar que probé hoy sábado por la mañana en Rebanking y me dejó comprar 200usd sin drama.

        Lo raro es que anoche en vez de saltarme error «temporal», o «en estos momentos no es posible».. me largó en todos los bancos que tengo para comprar dólares las 24hs que estaba inhabilitado, que había superado el monto máximo, y bueno.. habiendo leido este post lo asocié inmediatamente a mi operación días previos con DAI.

        Habiendo comprado los 200usd mensuales ya no tengo más info que aportar, sólo que el error de superación del cupo mensual lo arroja sin motivo aparente.. en este caso probé en otro horario e iba a reintentar el lunes en horarios de MULC por si acaso.

        Muchas gracias,

        Saludos, José

        • jlcota dice:

          Gracias, José, nos quedamos más tranquilos. Saludos.

          • Leandro dice:

            Me pasó exactamente lo mismo que a José. Compré DAI en buenbit, unos días después quise comprar los 200 en Rebanking y me saltó el mismo error sobre mi límite mensual.

            • José dice:

              Aparentemente, lo mío se debió a que operé de madrugada, y el BCRA no actualiza su BD entonces manda error. El detalle es que el error que mandan es que te excediste jaja

  23. Ivan Rivas dice:

    Buenas, compre hace un mes dai en buenbit, luego los vendí por dolares y tranferi a mi cuenta del banco.
    Al querer retirarlos el banco no me los quizo entregar, alegando que solo entregan los 200 mensuales que le compras a ellos.

  24. Nicolas M dice:

    Estimados Buenas Tardes, Quisiera que alguien me ayude,
    Resulta que vendi un terreno TODO LEGAL aprox $400mil pesos argentinos,
    Con esta plata le di a varios familiares míos y amigos que me compren los 200USD mensuales,
    Estos USD me los transfirieron a mi cuenta de REBANKING,
    Esto esta permitido? tendré consecuencias? la verdad que actué sin saber,

    Agradezco de su ayuda,

    Muchas gracias,

    Atte.

  25. Russo dice:

    No esta muy claro todavia si paga o no impuesto a las ganancias, ni los contadores que les pregunte saben! En teoria por una resolucion del 2019 pagarían.

  26. Juan dice:

    Hola! Cómo estás? Si compro dólares a través de la operación con DAI. Luego de eso…me corren los 90 días para el dólar MEP? Entiendo que al no correr para los 200 bancarios tampoco correrían para la operación por MEP.

  27. Marcelo Baneseck dice:

    Como estas? La COMUNICACIÓN “A” 7030 – http://www.bcra.gov.ar/pdfs/comytexord/A7030.pdf -. Para mí, es clarisima. Las entidades financieras, operadores de cambio, etc. pueden venderte dolares oficiales si presentaste una declaración jurada en la que afirmas que no tenes activos externos líquidos que te permitan tener disponibilidad inmediata de moneda extranjera. Entre ellos, criptomonedas (DAI,etc). Ojo porque la cosa cada vez esta mas pesada y por acceder a los u$s 200 solidarios te pueden bloquear el CUIT y fuiste si trabajas en blanco.

    • Gloria Lopez dice:

      La resolución dice: «…la entidad deberá contar con la conformidad previa del BCRA excepto que cuente con una declaración jurada del cliente en la que deje constancia que al momento de acceso al mercado de cambios…».

      Al parecer buenbit logró acordar con el central: https://www.infobae.com/economia/2020/07/31/volvio-el-dolar-bitcoin-como-hay-que-hacer-para-comprar-la-moneda-de-eeuu-sin-limites-a-traves-de-criptomonedas/ por eso no sería necesaria la DDJJ donde informás no poseer criptoactivos.

      • Nicolas dice:

        La comunicacion A 7030 dice que si tenes criptoactivos no te pueden vender dolares las entidades financieras. Entonces estamos «mintiendo» en la DDJJ que aceptamos cada vez que compramos los 200USD mensuales?

        • Nicolas dice:

          Extracto de la A 7030: «la entidad deberá contar con la conformidad previa del BCRA excepto
          que cuente con una declaración jurada del cliente en la que deje constancia que al momento de
          acceso al mercado de cambios: (…) y que no posee activos externos líquidos disponibles» … «Serán considerados activos externos líquidos, entre otros: (…) criptoactivos, fondos en cuentas de proveedores de servicios de pago, etc.»

        • jlcota dice:

          Fijate que dice:

          Establecer que para dar acceso al mercado de cambios por las operaciones comprendidas en los puntos 3.1. a 3.11. y 4.4.2. de las normas de “Exterior y cambios”, excepto aquellas realizadas por personas humanas

  28. Jorge Quiroga dice:

    Hola, queria saber si yo ingreso dólares a buenbit que me transfirieron (por brubank) a la hora de depositarlos ellos a mi cuenta de buenbit, no cuenta como segunda transferencia? existiria algun problema con eso por el tema de más de dos transferencias?

  29. Jorge Quiroga dice:

    Entonces no los puedo mandar a Buenbit?

  30. Hola! Puedo cambiar criptomonedas por dolares? O sea, supongamos que tengo 400 dolares en usdt coin (es una stablecoin) y los paso a dólares. Se podría, aparte quería saber si se puede hacer con montos que sobrepasen los 200 dolares.

  31. Hospi dice:

    Hola hay alguna forma de poder comprar cripto en dólares con mí tarjeta de crédito internacional o que figure cómo un gasto internacional y desp con eso pasarlo a algúna de estás plataformas para comprar criptimonedas?

  32. Axel dice:

    Entonces se puede comprar dolar solidario normalmente luego de comprar dolar DAI?

  33. Virginia dice:

    Buenas noches, quisiera consultar: las personas que solicitaron el credito a tasa cero o el Ingreso familiar de emergencia, pueden comprar y vender criptomonedas ?? Muchas gracias

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