Cómo tramitar la residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea en España

España, como otros países de la Unión Europea, tiene prevista la posibilidad de que los familiares de un/a ciudadano/a de la Unión Europea puedan residir legalmente por más de tres meses cuando van a reunirse con esa persona o la acompañan. En otras palabras: si sos familiar de un/a europeo/a y van juntos a residir a España, la persona no europea puede quedarse a vivir también de manera legal.

En este caso se debe solicitar y obtener una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. El primer paso para finalmente obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es comenzar a tramitar la residencia, que es un permiso para residir legalmente y no una «ciudadanía».

Salvo que el ciudadano de la UE sea estudiante, se considera parte de la familia a cónyuges, parejas, hijos, ascendientes y familia extensa, siendo esta última:

  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia esté a cargo o viva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia.
  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal.
  • Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará para la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
  • Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.

Como quizás recuerden, yo tengo ciudadanía italiana y me vine a vivir a Madrid con mi pareja, que no tiene ciudadanía de la Unión Europea. Por lo tanto, tramitamos la residencia de familiar de ciudadano de la UE para que mi pareja pueda residir y trabajar de forma legal.

Vamos con los detalles.

Documentación

Desde Extranjería nos hicieron llegar una hoja informativa con todos los detalles para iniciar el trámite (les dejo el PDF completo acá), donde indicaba la documentación a aportar:

1) Impreso de solicitud en modelo oficial (EX19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante y el ciudadano de la Unión.

  • Link de descarga: https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html

2) Original y fotocopia del pasaporte completo válido y en vigor del familiar. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.

3) Original y copia del D.N.I. del ciudadano español o del certificado de Registro UE del ciudadano europeo. Si el solicitante es padre o madre de un menor (no español) de otra nacionalidad de la UE/EEE/Suiza: pasaporte del menor válido y en vigor

4) Documentación acreditativa de vivir con el ciudadano de la UE (por ejemplo, volante de empadronamiento familiar).

5) Documentación acreditativa del vínculo familiar, debidamente legalizada y traducida (revisar la validez de los certificados en cada caso).

6) En caso de pareja no registrada: documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.

7) Medios económicos (son válidos tanto los aportados por el ciudadano comunitario como por su cónyuge):

a) Con actividad laboral

  • Cuenta ajena: Contrato de trabajo y última nómina, o autorización para consultar datos en Seguridad Social),
  • Cuenta propia: Última declaración trimestral a cuenta del IRPF, M130 o M131 o autorización para consultar datos en Seguridad Social

b) Sin actividad laboral (Certificado bancario del saldo medio anual, movimientos bancarios de los últimos meses, prestación contributiva (desempleo, jubilación, viudedad…), otros)

c) Estudiantes: Matrícula, seguro de enfermedad, declaración responsable del ciudadano UE de que cuenta con medios económicos suficientes para atender las necesidades de su familia (solo para cónyuge, pareja e hijos). (Se considerará suficiente para el cumplimiento de los requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores).

8) Asistencia sanitaria pública o privada siempre que proporcione cobertura equivalente al Sistema Nacional de Salud para el familiar del ciudadano de la UE

9) Si es hijo menor de edad y no reside en España con los dos progenitores: documentación acreditativa de la custodia o autorización notarial a favor del progenitor con el que va a vivir.

10) Si es descendiente mayor de 21 años o ascendiente del ciudadano de la UE: documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo, es decir, que el solicitante, en su país de procedencia, ha vivido a cargo del ciudadano comunitario, y que la dependencia económica ha sido estable, al menos durante un año (transferencias de dinero, matriculas escolares, en caso de sentencia de divorcio las estipulaciones de manutención marcadas por la sentencia etc.).

11) Si se trata de otro miembro de la familia: documentos (debidamente legalizados y traducidos) que acrediten su condición de familiar a cargo*, o de que en el país de procedencia convivía con
el ciudadano de la Unión durante los últimos 24 meses, o de los motivos graves de salud o discapacidad.

*En el supuesto de familiar a cargo, deberá presentar documentos acreditativos de la situación económica del solicitante en su país (certificados oficiales de renta, percibir o no percibir pensiones, prestaciones, etc.) así como documentos acreditativos de que el solicitante no tiene familiares directos de los que dependa (cónyuges, hijos, padres, hermanos, etc.) mediante certificados de matrimonio, nacimiento, estado civil, defunción o los que proceda.

12) La tasa 790 Código 012 paga, tienen que elegir «Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión.»

Es decir que, antes de presentar la solicitud, tuvimos que:

Publicada en el grupo de Argentinos en Madrid en Facebook, febrero/2020

  • Pedir el certificado de saldo en el banco (también emitimos el resumen de movimientos bancarios)

Dimos cuenta de la relación familiar como pareja no registrada, lo que significa que no se ha registrado en España. Para ganar tiempo, decidimos no hacer la pareja de hecho en Madrid, sino que utilizamos la unión convivencial apostillada que traíamos de Argentina.

Como habíamos escuchado comentarios de que desconfiaban de las uniones convivenciales extranjeras, acompañamos el documento con un contrato de alquiler fechado en 2019.

Respecto al requisito económico, reforzamos la suficiencia de recursos adjuntando una copia del contrato de arrendamiento actual, donde indicaba que habíamos pagado algunos meses de alquiler por adelantado.

Los pasos en Madrid

Lo primero es digitalizar todos y cada uno de los documentos pedidos, ya que tenemos que enviarlos por correo electrónico para solicitar la cita previa en la oficina de Extranjería.

En Madrid, se envía a [email protected] junto con el formulario de cita previa (link de descarga) y toda la documentación.

  • Dato: Piden que no comprimas los documentos (no RAR, Drive ni nada del estilo) y que, por el contrario, los envíes en varios e-mails con el mismo asunto (si ponen todo en uno, vuelve el e-mail rechazado porque es muy pesado). Si falta algún documento, recién a la semana te responden avisándotelo (perdimos bastante tiempo con eso).

Si la persona ciudadana de la Unión Europea ya tiene Cl@ve o certificado digital, también puede hacer la solicitud a través de la plataforma Mercurio sin tener que acudir de forma personal.

En el caso de pedir cita previa presencial, suelen responder en una semana y darte la cita a un mes, mes y pico.

El día de la cita, te dan una hoja que comunica el inicio del procedimiento, explica un poco tu situación y te permite conocer tu número de NIE y de expediente. Si es necesario, te piden enviar algún documento que pueda faltar (no se puede presentar ahí físicamente).

En nuestro caso, tuvimos que sumar una copia de mi pasaporte europeo, «detallecito» que extendió 18 días más el proceso. Así que, aunque no lo diga, presenten también copia del pasaporte europeo junto al CUE.

Vamos a plazos y fechas. El análisis del caso comenzó el 16/07/2021 y su resolución favorable apareció el 29/09/2021.

El siguiente paso: la toma de huellas para la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

Ni bien vimos la resolución favorable, ingresamos al Proceso automático para la solicitud de cita previa y buscamos cita para la toma de huellas (expedición de tarjeta).

Ahora nos queda esperar unos 15 días para la cita en la policía y ya terminar con todos los pasos de la residencia.

A tener en cuenta:

  • La web para ver el estado del trámite se cae seguido, no se preocupen mucho si ven mensajes de error.
  • No recibimos aviso ni por e-mail ni por SMS del resuelto favorable, de hecho lo vimos dos o tres días después por esta razón.
  • La resolución del expediente puede tardar hasta tres meses desde su entrada, aunque últimamente han reportado casos que se extendieron un poco más. Piensen entonces que tramitar la residencia lleva un buen tiempo:
    • Primero, la persona europea debe conseguir la cita para tramitar su CUE y efectivamente hacerlo (yo tuve suerte, pero casi todos los días me escribe alguien diciendo que conseguir el turno está difícil)
    • Ambas personas deben empadronarse
    • Hay que contratar seguro de salud para la persona no comunitaria
    • En nuestro caso de cita presencial en Madrid, desde el primer e-mail hasta el día en que fuimos pasó aproximadamente un mes y medio
    • Y finalmente la resolución favorable tomó otros dos meses y 13 días

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258 Respuestas

  1. Jessica dice:

    Hola de nuevo! Mi esposo ya tiene el CUE, vivimos en Barcelona, estamos casados e inscritos en el consulado italiano de Santiago (trajimos un documento que acredita nuestra unión).

    Mi pregunta es: para empezar mi proceso, ¿Debo primero buscar cita previa para NIE (NO COMUNITARIOS) y después hacer todo lo de la tarjeta de residencia de familiar comunitario? O directamente lo de la tarjeta que según veo es mediante un mail al que uno debe pedir cita teniendo previamente los documentos que requieren?

    Espero alguien me pueda orientar en esto porque estoy confundida con este trámite.

    Gracias

  2. mascolo99 dice:

    Buenas! Hago una consulta. Yo soy ciudadano y tengo el certificado de firma. Pero al entrar a la web para hacer el ex19 en la parte del solicitante pone mis datos y no me deja cambiarlos. Debo hacerlo por mail entonces?

  3. Javier dice:

    Hola Cintia, te hago una consulta. El día de la cita para entregar los documentos, tu pareja obtuvo algún NIE temporal, o pudo darse de alta en la seguridad social?
    Tengo la cita el 14 de Octubre y quisiera saber si después de esa cita me puedo dar de alta y comenzar a aplicar a ofertas.

    • Cintia C. dice:

      Hola, la persona familiar obtiene el número NIE el día de la cita en este caso. Lamentablemente un amigo intentó darse de alta en la SS con ese documento (inicio de trámite con número de NIE) y le dijeron que no varias veces. Saludos

  4. SARA ARAQUE LOPERA dice:

    Hola Cintia, te consulto, el contrato de alquiler que mostraron para acreditar la relación, lo llevabas legalizado y apostillado desde Argentina? Muchas gracias!

  5. Maca dice:

    Hola Cintia! Excelente información! El formulario de solicitud de cita, lo completaron con los datos de tu pareja o los de ambos? Gracias!

  6. Javier dice:

    Hola de nuevo Cintia, ya finalmente inicié mi trámite de Familiar Comunitario, lo realicé en la Provincia de Guadalajara, no me pidieron nada fuera de lo común que tu no hayas mencionado en tu post. Salí con mi NIE (hoja blanca) con mi número de trámite para hacerle seguimiento. Tengo unas consultas, veamos si la comunidad o tu me puedes ayudar.
    1- Con el NIE que tengo puedo gestionar el certificado digital y la seguridad social?
    2- Con el NIE puedo trabajar?
    3- Sabes si puedo realizar la cita de «Toma de Huella» de la policía en otra provincia diferente en la cual introduje mis documentos por ejemplo (Madrid/Barcelona) y llevar el nuevo padron?

    Saludos, y de nuevo vuelvo a agradecerte por tu tan brillante posts (CUE, Familiar y Certificado Digital/Seguro Social) mejor que un abogado!!!!!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Javier. Un amigo intentó obtener el número de la Seguridad Social y el certificado digital con el número de NIE, pero sin resolución de residencia, y no pudo hacerlo. De modo que, hasta donde sé, la respuesta a 1 y 2 sería no 🙁 Respecto a 3, no lo sé, veamos si alguien comenta. Saludos y me alegra que sirva.

  7. Cintia para sacar tu CUE. Depositaste 5500 euros correspondiente a 1 persona o tuviste que depositar casi 10mil euros por convivir con tu pareja????

  8. Cristian valiante Unanua dice:

    Para solicitar cita previa en extranjería para él TIE es solo vía mail o se puede por la sede electrónica ??

    Y ya hay que estar empadronado? Porque para el CUE del ciudadano europeo no sería necesario pero para el TIE del familiar si?

    • Cintia C. dice:

      Hola, se puede hacer por sede electrónica, pronto haré un post explicando. Respecto al padrón, tanto la persona europea como la familiar deben estar empadronadas en el mismo domicilio para los trámites de residencia.

  9. Santiago dice:

    Hola, te molesto por si me podés ayudar! Con mi novia viajaremos a España en marzo, en este momento estamos tramitando la unión convivencial en Argentina. Mi consulta es, más allá de que en España podamos iniciar el trámite de residencia temporal, ¿cómo puede hacer ella como ciudadana argentina (yo tengo nacionalidad italiana) para entrar a España sin tener pasaje de vuelta? Haremos el trámite apenas lleguemos, pero mientras tanto, le permitirian quedarse sin pasaje de vuelta? Muchas gracias!!!

  10. Sthefano dice:

    Hola Cintia, te quiero contar mi situación y hacerte dos consultas. Soy italiano viviendo en España, con mi pareja (esposo) que es uruguayo. Estamos en Valencia.
    Tengo toda la documentación pronta para mi cita del 22 de diciembre, obtener mi CUE.
    Posterior a ello, quiero tramitar en extranjería la tarjeta de residencia para mi esposo de la manera más rápida posible para que obtenga su NIE y pueda trabajar.

    Qué forma me recomiendas??
    Podemos obtener nuestro CL@VE con pasaporte ? Porque hemos buscado sitios y no nos responden. Incluso en un sitio nos pidieron el NIF (de identificación fiscal) y no tenemos idea qué es.

    Gracias !!!!!!!!!!!!

    • Cintia C. dice:

      Hola, se puede hacer pidiendo la cita presencial o con certificado digital. Yo lo hice con cita, como cuento aquí, pero estuve ayudando a unos amigos que lo hicieron por la opción online.

      Para el tema certificado, luego de tener CUE: España: obtener el número de la Seguridad Social online con certificado digital

      • Chris dice:

        Se puede obtener el CL@ve con pasaporte ?? Como se hace ??? Aún no tengo NIE.

      • daiana dice:

        Hola! a tus amigos que lo hicieron online les dieron el NIE vía electrónica también? gracias

      • Juan Cruz dice:

        Hola Cintia!! pregunta, tus amigos ya hicieron la opción online?? les salio mas rapido que hacerlo presencial?? Yo ya tengo CUE y firma digital, pero cuando ingreso para solicitar la tarjeta de residencia lo hago con mi cl@ve digital pero el formulario del solicitante se me auto rellena con mis datos y no con el de mi pareja.

        • Cintia C. dice:

          Hola, Juan Cruz. La verdad es que fue más o menos lo mismo en tiempos y tuvieron algunas complicaciones a la hora de revisar las notificaciones online porque las refirieron a la persona familiar de ciudadano (que no tenía clave digital). Para modificar el dato hay que presionar una tecla, no recuerdo si era Alt, en el grupo de argentinos en Barcelona de Facebook lo detallan. Saludos.

          • Juan Cruz dice:

            A perfecto, entonces iremos por la vía presencial. Desde ya muchas gracias por responder. Saludos

  11. Sthefano dice:

    Y lo otro que quería preguntarte es, siempre el primer paso es la TARJETA DE RESIDENCIA PARA EL FAMILIAR COMUNITARIO con el formulario EX19 y luego de que esté todo pronto se sigue con el TIE con el formulario EX17 ?

    No hay forma de acceder directamente al TIE ?

  12. Cristian dice:

    Es más rápido sacar hora para la tarjeta de residencia de familiar por cita previa extranjería o es más rápido hacerlo online por cl@ve ???

  13. STHEFANO dice:

    Somos una pareja y estamos alquilando habitación, en el certificado de empadronamiento colectivo aparecen 3 personas porque figura la dueña de la casa que nos alquila la habitación. Para la ley esto quiere decir 3 convivientes?
    Porque para mi y para mi pareja pensábamos depositar lo correspondiente a 2 convivientes (el italiano y el cónyuge).

  14. Juan Pablo dice:

    Hola! Lei en el grupo de ciudadania Italiana que para que la pareja no europea pueda acceder al TIE Español, primero hay que inscribir el matrimonio en la comuna (Italiana en mi caso) utilizando un «acta plurilingüe». En este post (muy util por cierto) no veo que comentes nada sobre esta acta. Ustedes la gestionaron previo a emigrar? Por que algunos lo mencionan y otros no? sabes cual es la diferencia entre hacer este paso y no hacerlo? Muchas gracias de antemano!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Juan Pablo. Yo no tuve que hacer eso porque no fue con matrimonio, sino con unión convivencial. Una pareja amiga obtuvo la residencia con el acta argentina apostillada nada más, otras personas reportaron que le pidieron la italiana. Saludos.

    • Javier dice:

      Hola Juan, te comento me experiencia. Yo introduje el acta de matrimonio de Venezuela, emitida por el registro dentro de los ultimos 3 meses (es importante que si te casaste en enero 2021, vayas al registro unas semanas antes de tu viaje a pedir una nueva acta de matrimonio y luego apostillarla). No necesitas el matrimonio registrado en Italia (igual siempre es un plus tenerlo, pero tarda mucho)

  15. Cynthia dice:

    Hola Cintia, quisiera saber sobre la contratación de la asistencia sanitaria privada. El link de referencia está caído. Quisiera ver cuáles existen y por cuanto tiempo se exige la contratación.

    Mil gracias! me estoy yendo en 15 días.

  16. Alejandra dice:

    Buen día! Qué papel se muestra para dar constancia del seguro médico privado sin copago? Yo tengo uno de Adeslas MyBox Salud, que pedimos avisando que debía servirnos para hacer el trámite de la tarjeta de residencia de familiar de comunitario. Pero sólo tengo la tarjeta de cliente y el contrato (más de 30 hojas), no sé si allí se aclara bien el tipo de seguro para que me lo acepten en extranjería (es larguísimo de leer)… Muchas gracias!

  17. Javier dice:

    Hola Cintia,

    Quería dejar mi ultimo post de momento, ya que al día de hoy recibí mi tramite Resuelto-Favorable. Todo gracias a ti y a tu maravilloso post.
    A la comunidad le dejo mi experiencia:
    1- el tramite de mi esposa (europea) fue realizado en madrid, sin empadronamiento, con seguro y demostrando ingresos
    2- mi tramite Familiar fue realizado en otra provincia, Guadalajara, ambos empadronados en el mismo domicilio, con ingresos y seguro, con acta de matrimonio de país origen (emitida dentro de 3 meses es IMPORTANTE) y apostillada.
    3- tramite fue presencial en las oficinas de extranjería en Octubre y obtuve el resuelto favorable 3 meses y 4 días después.
    4- la cita de Toma de Huella, recomiendo ir buscándola cuando tu tramite tenga 2 meses, ya que dependiendo de la provincia se dificultan en obtenerlas (es mejor tener citas guardadas s un mes, que no tener citas y después obtener el favorable y andar desesperados buscando cita)

    Bueno Cintia, sin mas que decir, tu tres post (CUE/Familiar/SeguridadSocial) fueron fabulosos, mejores explicados que abogados usureros, y de mil ayuda.
    Exito a la comunidad

  18. Julian dice:

    Hola Cintia,
    Al igual que Javier quiero dejar mi experiencia. Primero, muchas gracias por este post, y los otros que has hecho (todos nos sirvieron, y fueron muy claros y precisos). Gracias a vos decidimos no ir por una abogada, porque todo se puede hacer y nos ahorramos cerca de 1000 euros.
    En mi caso, tramité el NIE por mi novia, hicimos la unión convivencial en Argentina/Bs As y ella con pasaporte italiano, pudo sacar el CUE sin ningún problema (el turno lo sacamos de un día para el otro).
    Con respecto a los fondos, demostramos tener el mínimo que piden (con 6000 euros estás bien porque el certificado sale por persona, no nos hizo falta tener 12.000). Sacamos Sanitas sin copago también y nos empadronamos en Madrid.
    Con respecto al NIE, mandé todo exactamente como lo comentó Cintia, con la apostilla de la unión convivencial. Tengo conocidos que han tenido problemas al apostillar.
    IMPORTANTE: mandé el email el 17/11/22, a los 3 días recibí por SMS y por email cita al 22/12/2022. A la cita NO me pidieron nada, solo me dieron el papel con el NIE provisorio y me dijeron que dentro de los 3 meses tendría respuesta. Recibí el FAVORABLE hoy 9/2/2023 (me tardó 49 días).
    Ahora, tema turno de huellas es muy complicado conseguir. Estoy llamando e intentando hace semanas y me dicen que es cuestión de probar y probar. Solo se puede sacar en Madrid, no en otra provincia.
    Gracias Cintia por toda tu ayuda, y éxitos/paciencia a todos!

    • Cintia C. dice:

      ¡Qué bueno, Julian! Gracias por compartir y fuerza para conseguir esa última cita. Saludos.

    • camila dice:

      Hola Julian, como estás? queria realizarte algunas preguntas! estoy en la misma situación que vos con mi novia y queriamos aclarar algunas dudas que nos preocupan. disculpa la intromisión, podrias brindarme algun contacto o red para contartarte? gracias!!!

  19. Andrés dice:

    Hola Cintia. Muchas gracias por toda la información que aportas. Me puedes ayudar con una simple. No he podido encontrar la información en links del gobierno español. Para solicitar el CUE y la tarjeta de familiar comunitario uno de los requisitos es acreditar ahorros. El tema es que el 100% de mis ahorros están en mi pais de nacimiento (chile). Leyendo las web del gobierno no hacen alusión que la cuenta tiene que estar en euros y radicada en españa. Es tan así? O demostrando por ejemplo certificados de mis cuentas en Chile y tarjetas Visa y master con cupo suficiente no debería tener problemas para el CUE por ejemplo? Quiero evitar lo mas posible tener que enviarme euros a una cuenta española solo por este tramite. Hago esta pregunta porque he leido en otros blogs que debe ser en euros pero no lo encuentro en paginas oficiales. Muchas gracias

    «*Si el comunitario no ejerce ninguna actividad lucrativa:
    -Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.»

  20. Brian dice:

    Hola Cintia, excelente el post.

    Nosotros tenemos la union convivencial apostillada y podría llevar un comprobante de extension de la tarjeta como una prueba mas de convivencia, no se si será suficiente (no tengp mas pruebas).
    Me conviene intentar ir por esta opción o ir directamente por la de presentar la pareja de hecho en España?

    Muchas gracias.

    • Cintia C. dice:

      Hola, yo opté por probar con la unión que tenía y salió bien. Preferí probar con eso porque hacer la pareja de hecho en España lleva su tiempo, los requisitos depende de la comunidad autónoma y demás. Yo iría con la argentina y a ver qué tal, salvo que tengas fácil la pareja de hecho o sepas que por algo puede no andar. Saludos.

  21. Ariel dice:

    Hola Cintia, muy buena la información publicada. Mi situación es la siguiente: Tengo pasaporte Italiano y mi pareja Argentino. Tenemos acta de union convivencial y una hija en común. Para ingresar a España ambos, solo con pasaje de ida, alcanza con ambos pasaportes y la partida de nacimiento de nuestra hija apostillada? (mi hija no viaja). Muchas gracias.

    • Cintia C. dice:

      Hola, Ariel. Yo entré con la unión convivencial apostillada y los dos pasajes de ida. Creería que la partida de nacimiento no es esencial en esa instancia, pero igualmente suma al momento de tramitar la residencia. Saludos.

  22. NICOLAS dice:

    cintia, buenas noches. Gracias por el post, muy completo como siempre. Tengo algunas dudas.
    Mi esposa ya saco su CUE, y yo (no comunitario), necesito sacar la residencia y luego la TIE.
    Aca me aparecen varias dudas. En el formulario EX-19, en la parte de «situacion en españa del solicitante», que opcion tengo que elegir? el de «residencia temporal» supongo, pero qué inciso? el de conyuge o el de pareja registrada? (estamos casados).
    Por otro lado, en el formulario de solicitud de cita previa, van los datos del no comunitario que solicita la residencia, no?

    • Cintia C. dice:

      Hola, si están casados, iría la opción cónyuge. Y es como decís, sí, va con los datos de la persona no comunitaria. Saludos y éxitos.

      • Nicolas dice:

        Genial. Muchas gracias.
        El martes mi señora hace el certificado digital asique intentaremos hacer mi tramite de forma virtual como comentaste

        • NICOLAS dice:

          Cintia, buenas tardes como estas? Vuelvo con otra consulta. Para enviar los documentos por mail y pedir cita para mi residencia, el certificado de fondos del banco, tengo que enviarlo ahora junto con los demas archivos por mail? o eso recien me lo piden el dia que vaya a la cita presencial? La cuenta esta a nombre de mi esposa y yo figuro como autorizado, asique solicitaremos el certificado con ambos nombres si se puede. Pero me queda la duda de cuándo presentarles el certificado del banco.
          gracias gracias!

  23. Patricia dice:

    Hola Cintia tendrias algun gestor para recomendarme asi me ayuda con la finalizacion de la presentacion para mi marido , nos salio tramite requerido y no sabemos que documentacion adicional precisan ni como y donde presentarla ya que el sitio esta siempre de baja y no tiene firma digital.
    Saludos y gracias!!!!

    • Cintia C. dice:

      Hola, no conocemos a ningún gestor para recomendar. Hace poco le pasó a un amigo y se comunicó a un número de ayuda de Extranjería. Saludos

  24. Nicolas spector dice:

    Cintia buenas noches. Al tramite puedo ir yo solo (ciudadano no comunitario)? O tengo que ir con mi esposa que tiene nie y es quien me habilita en este tramite? Ya me dieron cita para ir presencial.
    Llevo los mismos papeles que envie por mail no?

  25. Juan Pablo Romero dice:

    Hola Cintia! Te hago una consulta. Mi esposa ya tiene el CUE y ahora me toca a mi solicitar el TIE.
    Si uno lo hace por demostración de fondos, la cantidad es por mi solo o por ella también? No llegamos al total por dos personas porque tuvimos que pagar el alquiler varios meses por adelantado. Muchas gracias.
    Saludos

    • Cintia C. dice:

      Hola, en su momento presentamos los fondos para dos personas, no tengo 100% seguro cómo lo manejan. Veamos si alguien aporta su experiencia. Saludos.

    • Nicolas dice:

      Hola! Para mi tie, solo presente fondos para mi (consulte en la oficina de policia y me dijeron que presentara para uno solo), Ya que para la otra persona que es mi esposa lo presentamos en su cue. Y tiene logica, sino duplicarias los fondos a justificar y no tiene sentido.

  26. Juan Pablo dice:

    Hola, buenos dias, disculpa que te moleste pero tengo una duda y no encuentro la información, ya me dieron el favorable y tengo que pagar la TASA para la toma de huellas, en la TASA tenes las opciones para realizar el pago pero no se cual específicamente tengo que seleccionar (la de $12, 21, 16, etc) Recordas cual es la opcion correcta? Mil gracias

    • Cintia C. dice:

      Hola, me parece que elegimos esta «TIE que documenta la autorización de residencia de larga duración o de residencia de larga duración-UE.»

    • NICOLAS dice:

      depende de que tipo de TIE solicites por lo que entendi. En mi caso, por ejemplo, que es por familiar de comunitario, elijo esa opcion y el costo es 12 euros. Cada opcion tiene costos diferentes pero depende de tu caso.

      • Juan Pablo Romero dice:

        Realmente me genero muchas dudas, Nicolás, efectivamente es por el mismo motivo, la saque por mi mujer y ya tengo el favorable, pero no se cual es la opción. Es el mismo valor que se paga para presentar los papeles para la Tie entonces.

  27. Eze dice:

    Hola! Consulta… Desde que se inicia el trámite hasta la resolución hay algún paso presencial. Es decir, es necesario estar todo ese tiempo en España?

  28. DANIELACH dice:

    Hola saludoss!! Recien nos llega la respuesta favorable de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), pero tengo una duda… cuando se inicio la solicitud se hizo un pago de tasa 790 que se aporto a extranjeria, ahora para la cita de policia para toma de huellas toca aportar otro pago 790 distinto o se aporta el mismo que se aporto al inicio del tramite de extranjeria?

    • Cintia C. dice:

      Hola, para la toma de huellas hay que pagar otra tasa 790. Saludos.

      • DANIELACH dice:

        Gracias por responder!.. Entonces se hacen dos pagos 790-012? Uno para el inicio del tramite que se aporta via mail? y luego cuando sale favorable otro para la toma de huellas?

    • SARA ARAQUE LOPERA dice:

      Hola! Yo recien estuve en la vita de toma de huellas para tarjeta TIE, y presente el mismo formulario de la taza pagada y me lo tomaron. Solo pagur una vez. Por si te sirve de algo.

  29. Hola Cintia !
    Saludos ! Como siempre muchas gracias por mantener un canal de informaciones tan completo y actualizado sobre los trámites para CUE y tarjeta de familiar europeo.
    Mi esposa es italiana (tiene CUE) y yo estoy verificando como sacar la TARJETA RESIDENCIA DE FAMILIAR CIUDADANO U.E.
    En el site de la policia se informa que los documentos necesarios son los siguientes:
    «- Pasaporte válido y en vigor. Si dicho documento está caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
    – Otra documentación:
    . Documentación acreditativa vínculo familiar, apostillada o legalizada y traducida.
    . D.N.I. español o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
    . En su caso, acreditación vivir a expensas.
    . Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.»
    O sea, nada se informa sobre presentar apoliza de seguro obligatorio de salud.
    Queria entonces consultarte si hubo actualizacion de protocolos o estoy viendo eso en un lugar incorreto.
    El site donde se hace referencia a los documentos es este :
    https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/_es/tramites_extranjeria_tramite_tarjetaresidencia_defamiliardeciudadano.php#
    agradezco desde ya tu conocimiento para saber con seguridad cuales los documentos obligatorios para presentar.
    Cordialmente
    Alberto

    • Cintia C. dice:

      Hola, el año pasado un amigo hizo el trámite en Madrid y le solicitaron seguro de salud. No tengo información de que se haya modificado, pero veamos si alguien comenta algo diferente. Saludos.

  30. Aridel dice:

    Hola Cintia buen día, muchas gracias por toda la info. Te dejo una consulta, yo soy comunitario (italiano) y mi esposa no. Sabes si con el acta de matrimonio apostillada que vamos a llevar de Argentina es suficiente? O tenemos que registrarlo en Italia o España para que ella pueda hacer su legalidad? (TIE y demas) Gracias de antemano

  31. lu dice:

    Hola, conocí la página por un vídeo de YouTube que me ayudó mucho de Residencia en España.
    Te comento mi duda por si tienen algo de info al respecto. Yo estoy casada en argentina somos dos mujeres por lo que cuando hice mi ciudadanía italiana me hacían el correspondiente papel allí que sería Unión Civil en este caso para que quede registrado en Italia. Cuando mi esposa venga a España para poder residir legalmente yo debo presentar esta acta italiana, se exige que esté traducida y apostillada por La Haya aunque ya esté la Argentina debidamente apostillada ?

    • Cintia C. dice:

      Hola, he escuchado casos en los que piden el acta plurilingüe, que es la que emite Italia, para lo cual es necesario asentar el matrimonio en el consulado correspondiente. También conozco casos en los que alcanzó el acta argentina apostillada. Saludos.

  32. Fabio dice:

    Hola Cintia,

    Yo tengo ciudadanía italiana y hice mi Nie con un contrato indefinido. Ahora mi pareja va a tramitar por demostración de fundos. Yo por tener el contrato, ella puede presentar solo el valor para una persona? O hay que ser casi 10.000€

    Muchas gracias

    • Cintia C. dice:

      Hola, ¿tu pareja es europea o va a hacer residencia como familiar de ciudadano UE? Si fuera como familiar, alcanza con presentar tu contrato indefinido.

  33. Fabian dice:

    Hola Cintia.
    Creia que para tramitar el TIE para un familiar que cumple los requisitos se hacía por sede electrónica. Es para la provincia de Valencia. Sabés si como en Madrid, hay que enviar primero todo por mail, como hiciste vos con tu pareja? Si se puede sacar turno por sede electrónica te agradecería mucho si podés indicarme cómo buscar el turno, para no obtener uno incorrecto …

    • Cintia C. dice:

      Hola, Fabián. No conozco ningún ejemplo en Valencia como para orientarte. De todos modos, debería poder hacerse por Mercurio también. Veamos si alguien que lo haya hecho en Valencia nos cuenta su experiencia. Saludos

  34. Hola Cintia, buen dia.
    Primero mil gracias por este aporte!
    Ya tengo turno presencial para presentar los papeles y tramitar mi NIE como familiar de comunitario. Es ahora a fines de Noviembre, pero tenemos viaje agendado para visitar Argentina a fines de Diciembre ( viaje de 2 semanas de duración para pasar las Fiestas).

    Puedo tener problemas al regresar en Enero sin tener el «favorable» aún?

    Escuche por ahi que se pide un permiso de salida al gobierno español. Diciendo que por motivo personal viajas a tu pais pero regresas pronto, o algo asi….

    Pudieron averiguar algo más al respecto?

    El viaje difícilmente podamos postergarlo/cancelar. Mi esposa ya tiene Cl@ve permanente, por si sirve de algo y se puede solicitar ese permiso directo por la web.

    Gracias y saludos cordiales!

  35. Carolina Vila dice:

    Hola! Quería hacer una consulta a ver si alguien sabe, mi suegro es ciudadano Italiano por lo que mi suegra podría hacer todo lo descripto en el post, mi duda es sobre la hija de ella (que no es hija de el ciudadano de la UE) y tiene 22 años, podría tramitar algún tipo de residencia? En Argentina vive con ellos y recién hace un mes comenzó su primer trabajo en blanco.
    Gracias!!

  36. marcos dice:

    Hola! En su momento usé toda la info de este post para hacer mi TIE, una pregunta, tienen uno de la renovación? estoy buscando porque ya cambió mi situación, sigo siendo familiar pero creo que debería renovarla como trabajador por cuenta ajena. saludos!

  37. Marcela dice:

    Hola Cintia,

    En el caso de tener que justificar medios economicos, toda la informarcion de bancos de Argentina, debe estar legalizada y apostillada? Ademas tiene que haber fondos en la cuenta que se abra en Espana ? En nuestro caso somos dos, por lo cual ese monto deberia ser el que cubra a los dos. Gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, los medios que tengas en bancos de Argentina no sirven para justificar fondos al momento de hacer Residencia de Familiar, al menos eso es lo que reporta la mayoría. Te piden euros en cuenta bancaria española. Actualmente, para dos personas, son unos 12 mil euros. Saludos.

  38. Marcela dice:

    Muchas gracias!!

  39. Marcela dice:

    Hola Cintia,

    Se puede sacar turno para tramitar el NIE desde Argentina? Pensamos comenzar los traites para irnos a Valencia. Gracias!

  40. Julieta dice:

    Hola Cintia! Gracias por la información!
    Quería consultar si es necesario que yo tenga el CUE para ir tramitando la Constancia de Pareja de Hecho, o puedo ir haciendo ambos trámites simultaneamente
    Por otro lado, al tener que justificar fondos, al ser una pareja es por 2 convivientes o yo, como ciudadana de la UE no es necesario que justifique?
    Gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Julieta. Los casos que conozco esperaron a tener CUE para hacer la Pareja de Hecho en España. Respecto a los fondos, es una pregunta que me surgió en su momento y no tengo 100% clara.

  41. Mariana soledad sycz dice:

    Mmuy buenos dias
    Soy mama de ciudadanos italianos de 20 años y 13 años
    Mi hijo de 20 tiene trabajo y CUE…
    Yo quisiera saber si puedo trabajar en España tambien

  42. lili dice:

    Hola, no sé si podrás ayudarme pero te cuento mi situación; estoy casada con un español pero yo además tengo ciudadanía italiana. Ambos jubilados y no vamos a cotizar. Averigué y cada uno me dice una cosa distinta, Necesito acceder a sanidad publica gratuita por tener enfermedad autoinmune y los seguros no cubren preexistencia. No me queda claro si me conviene hacer TIE como argentina cónyuge de español o arraigo familiar o sacar NIE y CUE como italiana. Gracias

    • Cintia C. dice:

      Hola, lili. Sería más sencillo que hagas CUE como italiana, te ahorrarías la espera de la resolución de residencia. Respecto al acceso a sanidad pública, imagino que hay convenio entre Argentina y España al ser personas jubiladas, pero no tengo experiencia para decirte más. Saludos.

  43. Marcela dice:

    Hola Cintia, tengo algunas consultas. Mi pareja (comunitario ) viaja en Marzo para iniciar los tramites de residencia en Valencia. Yo viajaré un mes después.
    Puedo viajar con pasaje de ida y vuelta ( e smás barato, actualmente)? al entrar a España debo decir que ingreso a vivir ya que mi esposo ya está residiendo (la idea es que yo vaya cuando él termine todos sus papeles), así no entro en carácter de turista? o si ingreso como turista , luego debo cambiar mi condición, hay algun trámite para hacerlo?

    Otra consulta, cuando mi marido se empadrone, puede empadronarme a mi también o yo deboe estar en España para hacerlo?

    Y la ultima, como no tenemos trabajo, debemos justificar fondos. El viajara con dinero suficiente (menos de 10.000), al momento de justificar, el deposito en el banco , que te piden? como justificas ese monto cuando abris la cuenta y depositas ese dinero?

    MIL GRACIAS! Saludos!

  44. Carlos dice:

    Hola, buenas, en principio, nobleza obliga, gracias por el artículo, me facilitó mucho las cosas.
    Dejo mi experiencia en Madrid.

    27/10/2023 llegamos a Madrid.
    07/11/2023 mi esposa tramitó su CUE por fondos y seguro de salud. Le pidieron el empadronamiento (le dijo que aún no lo tenía porque habíamos llegado la semana anterior, le mostró el billete y le dijeron que lo tenía que hacer) Salió con el CUE como siempre en el momento.
    21/11/2023 nos empadronamos.
    19/12/2023 le dieron su primer recibo de nómina.
    27/12/2023 Hicimos los CUE de nuestras hijas. (contratamos seguro pero no se lo pidieron)
    28/12/2023 Envie el mail a extranjería para pedir el turno, con todos los documentos de que mi esposa está trabajando por cuenta ajena).
    29/12/2023 Me responden el mail y me dan cita para el 18/01/2024 en la calle Silva.
    18/01/2024 Me presente a la cita, solo me pidieron el pasaporte y me dieron la hoja de inicio de trámite.
    16/02/2024 Revise el expediente y estaba favorable desde el 14/02/2023 (Demoró menos de 1 mes).
    16/02/2024 Cargue mis datos en la Seguridad Social de mi esposa con el favorable.
    20/02/2024 Tenía el alta como beneficiario de Salud Pública.
    21/02/2024 Fui a la cita en CNP de los Poblados a tramitar la TIE.

    Resta esperar 30 días para retirarla (también con cita previa).

  45. Mario dice:

    Hola, para aclararme , el tie es solo permiso de residencia, es asi no? y cual es el permiso de trabajo? porque en trabajos me lo han pedido

    • Cintia C. dice:

      Hola, la TIE es la tarjeta que obtienen las personas extranjeras al obtener permiso de residencia. En caso de ser europeo/a, se tramita CUE o NIE blanco primero, los trabajos piden alta en Seguridad Social generalmente. Saludos.

  46. francisco dice:

    Cintia un gusto saludarte y agradecerte por toda la informacion brindada. Te comento, soy argentino casado con una chica de nacionalidad española. La gestion que deberiamos hacer es por arraigo familiar. Se precia el EX-10 o EX-19? Gracias!

  47. Rossana dice:

    Hola Cintia y personas que le interese, estoy en Madrid y les cuento mi proceso:

    17/01/24: Llegamos a Madrid.

    18/01/24: Nos empadronamos mi esposo (Arg-Italiano) y yo. (el turno se saco con un mes de anticipación).

    05/02/24: Mi esposo saco el CUE por demostración de fondos y seguro de salud, tramitado en el banco Santander que recomienda Cintia, con unos 10 días de anticipación, la cita se consiguió con 4 días de diferencia, así que nos aseguramos de tener todo listo antes de pedirla.

    06/02/24: Envie el mail con mis documentos a extranjería para la solicitud de la cita.

    08/02/24: Por msj de texto me confirmaron la cita para el 22/02/24.

    22/02/24: Me entregaron el documento de iniciación de tramite, pregunte si podía trabajar y me dijeron que si, que depende de la empresa si me quiere contratar pero legalmente puedo, por lo que ese mismo dia pedi turno para hacer el certificado electrónico para poder darme de alta en la seguridad social, y no tuve ningún problema. El dia 26/02 ya tenia mi certificado electrónico y mi alta en la seguridad social.

    El 11/03 me fije como venia mi tramite, y la resolución aparecía favorable de la fecha del 05/03. Por lo que realmente fue mucho mas rapido de lo que me imaginaba.

    El mismo 22/02 saque el turno para la toma de huellas ya que había leído que el turno demoraba, y consegui para la 2da semana de abril.

    Gracias Cintia porque realmente nos ayudaste un montón con este blog, espero les sirva a las personas que estén en esta situación.
    Saludos.

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