Cómo tramitar la residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea en España

España, como otros países de la Unión Europea, tiene prevista la posibilidad de que los familiares de un/a ciudadano/a de la Unión Europea puedan residir legalmente por más de tres meses cuando van a reunirse con esa persona o la acompañan. En otras palabras: si sos familiar de un/a europeo/a y van juntos a residir a España, la persona no europea puede quedarse a vivir también de manera legal.

En este caso se debe solicitar y obtener una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. El primer paso para finalmente obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es comenzar a tramitar la residencia, que es un permiso para residir legalmente y no una «ciudadanía».

Salvo que el ciudadano de la UE sea estudiante, se considera parte de la familia a cónyuges, parejas, hijos, ascendientes y familia extensa, siendo esta última:

  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia esté a cargo o viva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia.
  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal.
  • Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará para la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
  • Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.

Como quizás recuerden, yo tengo ciudadanía italiana y me vine a vivir a Madrid con mi pareja, que no tiene ciudadanía de la Unión Europea. Por lo tanto, tramitamos la residencia de familiar de ciudadano de la UE para que mi pareja pueda residir y trabajar de forma legal.

Vamos con los detalles.

Documentación

Desde Extranjería nos hicieron llegar una hoja informativa con todos los detalles para iniciar el trámite (les dejo el PDF completo acá), donde indicaba la documentación a aportar:

1) Impreso de solicitud en modelo oficial (EX19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante y el ciudadano de la Unión.

  • Link de descarga: https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html

2) Original y fotocopia del pasaporte completo válido y en vigor del familiar. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.

3) Original y copia del D.N.I. del ciudadano español o del certificado de Registro UE del ciudadano europeo. Si el solicitante es padre o madre de un menor (no español) de otra nacionalidad de la UE/EEE/Suiza: pasaporte del menor válido y en vigor

4) Documentación acreditativa de vivir con el ciudadano de la UE (por ejemplo, volante de empadronamiento familiar).

5) Documentación acreditativa del vínculo familiar, debidamente legalizada y traducida (revisar la validez de los certificados en cada caso).

6) En caso de pareja no registrada: documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.

7) Medios económicos (son válidos tanto los aportados por el ciudadano comunitario como por su cónyuge):

a) Con actividad laboral

  • Cuenta ajena: Contrato de trabajo y última nómina, o autorización para consultar datos en Seguridad Social),
  • Cuenta propia: Última declaración trimestral a cuenta del IRPF, M130 o M131 o autorización para consultar datos en Seguridad Social

b) Sin actividad laboral (Certificado bancario del saldo medio anual, movimientos bancarios de los últimos meses, prestación contributiva (desempleo, jubilación, viudedad…), otros)

c) Estudiantes: Matrícula, seguro de enfermedad, declaración responsable del ciudadano UE de que cuenta con medios económicos suficientes para atender las necesidades de su familia (solo para cónyuge, pareja e hijos). (Se considerará suficiente para el cumplimiento de los requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores).

8) Asistencia sanitaria pública o privada siempre que proporcione cobertura equivalente al Sistema Nacional de Salud para el familiar del ciudadano de la UE

9) Si es hijo menor de edad y no reside en España con los dos progenitores: documentación acreditativa de la custodia o autorización notarial a favor del progenitor con el que va a vivir.

10) Si es descendiente mayor de 21 años o ascendiente del ciudadano de la UE: documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo, es decir, que el solicitante, en su país de procedencia, ha vivido a cargo del ciudadano comunitario, y que la dependencia económica ha sido estable, al menos durante un año (transferencias de dinero, matriculas escolares, en caso de sentencia de divorcio las estipulaciones de manutención marcadas por la sentencia etc.).

11) Si se trata de otro miembro de la familia: documentos (debidamente legalizados y traducidos) que acrediten su condición de familiar a cargo*, o de que en el país de procedencia convivía con
el ciudadano de la Unión durante los últimos 24 meses, o de los motivos graves de salud o discapacidad.

*En el supuesto de familiar a cargo, deberá presentar documentos acreditativos de la situación económica del solicitante en su país (certificados oficiales de renta, percibir o no percibir pensiones, prestaciones, etc.) así como documentos acreditativos de que el solicitante no tiene familiares directos de los que dependa (cónyuges, hijos, padres, hermanos, etc.) mediante certificados de matrimonio, nacimiento, estado civil, defunción o los que proceda.

12) La tasa 790 Código 012 paga, tienen que elegir «Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión.»

Es decir que, antes de presentar la solicitud, tuvimos que:

Publicada en el grupo de Argentinos en Madrid en Facebook, febrero/2020

  • Pedir el certificado de saldo en el banco (también emitimos el resumen de movimientos bancarios)

Dimos cuenta de la relación familiar como pareja no registrada, lo que significa que no se ha registrado en España. Para ganar tiempo, decidimos no hacer la pareja de hecho en Madrid, sino que utilizamos la unión convivencial apostillada que traíamos de Argentina.

Como habíamos escuchado comentarios de que desconfiaban de las uniones convivenciales extranjeras, acompañamos el documento con un contrato de alquiler fechado en 2019.

Respecto al requisito económico, reforzamos la suficiencia de recursos adjuntando una copia del contrato de arrendamiento actual, donde indicaba que habíamos pagado algunos meses de alquiler por adelantado.

Los pasos en Madrid

Lo primero es digitalizar todos y cada uno de los documentos pedidos, ya que tenemos que enviarlos por correo electrónico para solicitar la cita previa en la oficina de Extranjería.

En Madrid, se envía a [email protected] junto con el formulario de cita previa (link de descarga) y toda la documentación.

  • Dato: Piden que no comprimas los documentos (no RAR, Drive ni nada del estilo) y que, por el contrario, los envíes en varios e-mails con el mismo asunto (si ponen todo en uno, vuelve el e-mail rechazado porque es muy pesado). Si falta algún documento, recién a la semana te responden avisándotelo (perdimos bastante tiempo con eso).

Si la persona ciudadana de la Unión Europea ya tiene Cl@ve o certificado digital, también puede hacer la solicitud a través de la plataforma Mercurio sin tener que acudir de forma personal.

En el caso de pedir cita previa presencial, suelen responder en una semana y darte la cita a un mes, mes y pico.

El día de la cita, te dan una hoja que comunica el inicio del procedimiento, explica un poco tu situación y te permite conocer tu número de NIE y de expediente. Si es necesario, te piden enviar algún documento que pueda faltar (no se puede presentar ahí físicamente).

En nuestro caso, tuvimos que sumar una copia de mi pasaporte europeo, «detallecito» que extendió 18 días más el proceso. Así que, aunque no lo diga, presenten también copia del pasaporte europeo junto al CUE.

Vamos a plazos y fechas. El análisis del caso comenzó el 16/07/2021 y su resolución favorable apareció el 29/09/2021.

El siguiente paso: la toma de huellas para la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

Ni bien vimos la resolución favorable, ingresamos al Proceso automático para la solicitud de cita previa y buscamos cita para la toma de huellas (expedición de tarjeta).

Ahora nos queda esperar unos 15 días para la cita en la policía y ya terminar con todos los pasos de la residencia.

A tener en cuenta:

  • La web para ver el estado del trámite se cae seguido, no se preocupen mucho si ven mensajes de error.
  • No recibimos aviso ni por e-mail ni por SMS del resuelto favorable, de hecho lo vimos dos o tres días después por esta razón.
  • La resolución del expediente puede tardar hasta tres meses desde su entrada, aunque últimamente han reportado casos que se extendieron un poco más. Piensen entonces que tramitar la residencia lleva un buen tiempo:
    • Primero, la persona europea debe conseguir la cita para tramitar su CUE y efectivamente hacerlo (yo tuve suerte, pero casi todos los días me escribe alguien diciendo que conseguir el turno está difícil)
    • Ambas personas deben empadronarse
    • Hay que contratar seguro de salud para la persona no comunitaria
    • En nuestro caso de cita presencial en Madrid, desde el primer e-mail hasta el día en que fuimos pasó aproximadamente un mes y medio
    • Y finalmente la resolución favorable tomó otros dos meses y 13 días

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261 Respuestas

  1. Mariana dice:

    Hola cin ! Buenísima la info, tengo una consulta, tengo pasaporte español, estoy en Madrid ya empadronada, podría extenderle la residencia a mi hermano (cuando tramitamos la ciudadanía justo cumplió 21 años y no se la dieron) ? Gracias,

    • Cintia C. dice:

      Hola, Mariana. Yo creería que no 🙁 Mirá cómo describen a la familia:

      Cónyuges, parejas, hijos, ascendientes y familia extensa, siendo esta última:

      Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia esté a cargo o viva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia.
      Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal.
      Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará para la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
      Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.

  2. Luisina dice:

    Hola Cin, gracias por tu informe tan completo. Post muy esperado!!
    Realmente no salgo del asombro del tiempo que lleva todo el trámite. Consulta, la persona no puede trabajar de ningún modo hasta no tener el TIE? Digo, ni siquiera como autónomo? Existe algún permiso provisorio de trabajo hasta que sale el TIE?
    Segunda consulta, sobre el punto 5), con presentar mi partida de matrimonio apostillada es suficiente verdad?
    Última consulta, hicieron todo solos o contrataron a algún gestor?

    Muchas gracias como siempre!!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Luisina. Hay gente que empieza a buscar trabajo con la residencia en trámite, pero la mayoría cuenta que, al ver que no tienen la TIE o el favorable, no logran avanzar con el contrato 🙁 La partida de matrimonio apostillada debería estar bien, por si las dudas consultá porque yo no hice ese trámite y cada caso es especial. Hicimos todo por nuestra cuenta 🙂 Saludos

  3. Victoria dice:

    Hola Cintia. Yo estoy en Barcelona, presentamos el expediente el 24/05 y todavía no tengo la resolución. Por lo que estuve consultando acá están tardando hasta 6 meses.

    • Cintia C. dice:

      ¡Seis meses, fuaa! Gracias por la info. ¿Cuando te dieron el papel de inicio indicaba esto o decía tres meses como el documento que muestro acá?

      • Victoria dice:

        Lo presente por Mercurio así que no tengo ese papel. Me respondieron esto el 22/9 que pregunté.

        OFICINA D’ESTRANGERIA DE BARCELONA

        El expediente xxxxxxx fue iniciado a través de la plataforma Mercurio, donde se le asignó un número de expediente provisional que empezaba por I o por R; actualmente se están realizando trámites de grabación del expediente, y se le ha asignado un número de expediente definitivo, que es el que consta más arriba. La documentación está pendiente de valorarse. En este momento no es necesaria la realización por su parte de ninguna gestión adicional. Si fuese necesaria la aportación de documentación, o su comparecencia futura, se le requeriría por escrito.

        Información adicional: CONSULTA VÍA WEB

        Actualmente, es posible consultar sobre el estado de tramitación de solicitudes a través de la web:

        https://sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2/jsp/indexnie.jsp

        (Información sobre el estado de tramitación de los expedientes) indicando los datos personales que se solicitan para ello en dicha página. Los datos que refleja la web podrían no estar actualizados el mismo día. A veces la web no funciona adecuadamente e indica que no encuentra el expediente. Sin embargo eso es un fallo puntual, su expediente sí existe y está informatizado, si consulta posteriormente la web verá su estado. Si Vd. recibe esta respuesta es porque consideramos que es normal que el expediente esté en trámite, considerando el tipo de solicitud y fecha de presentación, en relación con el nivel de atraso en la gestión del departamento que lo lleva. Mientras la web indique que está simplemente en trámite, no tiene que hacer nada, solamente esperar.

        Atentamente,

        Departamento de Información.

        CUESTIONES FRECUENTES RELACIONADAS:

        Plazo de resolución:

        El plazo estándar de resolución de expedientes para la mayoría de trámites es de tres meses, pero actualmente ese plazo no se cumple para algunos trámites, sobretodo iniciales, como tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial, o autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Para este tipo de trámites la resolución puede demorar actualmente más de tres meses.

        No podemos saber cuando se va a resolver su expediente. Hay siempre muchos expedientes en trámite simultáneamente en la Oficina de Extranjería. Vd. puede ir consultando cuando quiera vía web el estado de tramitación. Mientras la web diga que el expediente está en trámite, no hace falta que nos consulte, porque no podremos decirle nada diferente. Consúltenos solamente si necesita información en caso de que el estado del expediente en la web no sea TRAMITE sino otro.

        Pago de tasas:

        Si para el trámite fuese necesario pagar alguna tasa, y no lo hubiese hecho todavía, por ejemplo porque le falta el número de identificación para ello, entonces tiene que esperar hasta que el expediente se tramite, momento en que le enviaran un requerimiento para el pago de las tasas.

        Cita para huellas:

        No tiene que reservar nunca ninguna cita para toma de huellas mientras su expediente esté en trámite. La cita para toma de huellas sirve para que la policía le expida una TIE. La policía no le va a expedir ninguna TIE si no tiene resuelto el expediente favorablemente, y la resolución concede la autorización por más de 6 meses. Reservar cita para toma de huellas si no tiene ya concedido el expediente es perjudicar a las personas que sí tienen su solicitud concedida y sí necesitan la cita.

  4. Nestor dice:

    Hola Cintia. Soy ciudadano español y mi idea es en un par de años ir a vivir a España. Intentaste hacer alguno de los trámites desde Argentina o directamente te dijeron que todo había que tramitarlo una vez en España?

  5. Agustina dice:

    Hola cin!

    Idem victoria; aca en barcelona presentamos todo a través de sistema REC el 25/5 y aun estamos esperando.. sigue diciendo en trámite. En mi caso no dieron papel de nada porque hicimos todo digital; cargas la documentación, te llega un mail que te dice que hay que volver a cargar toda la documentación que ya subiste + ese mismo mail que tiene un código a la plataforma y recién ahi empieza todo.
    Yo miro mi expediente y ya tengo nie pero aun no está la resolución.
    Si pude usar ese nie para el turno del canje del registro! Aunque quizas no llegue a darse por tiempos, al menos pude reservar por si acaso si se da.
    Gracias por toda la info!

  6. melinahug dice:

    Hola Cin! Excelente todo como siempre! Me queda una duda… mi novio ya está en España trabajando, la idea es irme el año próximo. No tenemos concubinato (sí como en tu caso el contrato de alquiler a nombre de los 2 en 2019). Él vuelve a pasar las fiestas este año acá, es conveniente hacer el concubinato acá o bien realizarlo allá? Qué opinas? Gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, melina. Sé que en algunas ciudades de España te piden que residan juntos ahí durante un año para hacer la unión de hecho, quizás unión convivencial de Argentina sirve para apurar ese trámite o, como en mi caso, intentar hacerlo como pareja no registrada. Averigüen bien los requisitos para hacerlo en España y, con esa info, decidan. Saludos.

  7. Ivan dice:

    Hola chicos. Excelente info. Saben si esto aplica para un español que resida en Alemania?

  8. Gabriela de la Fuente dice:

    Hola Cintia, gracias por tu post, como dicen arriba, muy esperado!!!
    Te consulto, sabes si los requisitos y formularios son iguales para toda españa o cambian con las ciudades o comunidades?
    Entiendo que cada comunidad tiene sus tiempos, sus formas para las citas, etc. pero desconozco si los requisitos son los mismos o también cambian.
    Nuevamente muchas gracias por el nivel de detalle de todo el posteo!!! Te sigo leyendo atentamente.

  9. Ivan dice:

    Impecable la info, detalladísima.
    Te hago una consulta: interpreto que sí hablamos de grupo familiar de 3 personas se deberían demostrar lo equivalente a 2 convivientes (9415,28 euros) ¿es así o entiendo mal?

  10. Lele dice:

    Además de los ahorros, te pidieron a vos algún otro medio de subsistencia? Tipo ya tener trabajo? Mi pareja (EU) y yo estamos analizando el ir prontamente para España, estamos en Irlanda ahora. Pero está preocupado que si no tiene trabajo me vayan a rechazar el pedido

  11. Alvaro dice:

    Cual es la diferencia entre «pareja de hecho» y «pareja no registrada»..cual conviene mas? O cual sale mas rapido en barcelona?

    • Cintia C. dice:

      Hola, la no registrada es lo que explico acá: cuando podés certificar un año de convivencia, pero no la registraste como pareja de hecho en España. En este caso, fue con una unión convivencial hecha en Argentina. Según comentaron, en Barcelona está tomando hasta seis meses el trámite. Saludos.

  12. Ludmila dice:

    Buenas noches! Cómo están? Leí todo el post ya que, mi marido tiene pasaporte italiano, en unos días nos vamos a Madrid (estamos en Italia terminando de tramitar el pasaporte de el), mi consulta es si es posible iniciar mi trámite post 90 días de estar en europa? Empadronandome, y con el trámite de NIE de mi marido ya en trámite apenas lleguemos. Muchas gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Ludmila. ¿Te referís a tu residencia como familiar de tu marido? En ese caso, la hoja informativa dice: «Plazo de presentación: tres meses contados desde la fecha de entrada en España. Se entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.» Saludos

  13. Delfina dice:

    Hola!! Te pidieron certificado de soltería? En el caso que si, el ciudadano comunitario tuvo que presentar certificado de soltería de argentina o del país de la Unión Europea? Gracias!!

  14. Victoria dice:

    Me olvide de pasarte un dato que a mi me funciona así en mi compu y no entiendo porque. Pero quizás a otro le pasa. Cuando hago la consulta de expediente si pongo los datos y hago click muy rápido en el botón de consultar (dp de poner el captcha) me aparece que no encuentra la información solicitada. En cambio si cuando hago el click lo hago más lento, es decir sostengo unos Mili segundos más apretado el botón del click, ahí me aparece siempre la info del expediente. ??‍♀️
    Juro que me pasa eso siempre!

  15. Nicolas T. dice:

    Hola!! Muy buena esta info y toda la que va surgiendo de tu experiencia. Te queria consultar cual es el gasto promedio para dos personas, sin contar el alquiler. Entiendo que es algo relativo, pero un panorama general en cuanto comida, servicos y quizas hasta alguna salida. Gracias por toda la info, nos viene bien a quienes empezamos a armar un plan!!!

    • Cintia C. dice:

      Hola, en términos muy generales y manteniéndose un poco «en modo ahorro», te diría que 120 de servicios (seguro suba en invierno con la calefacción), unos 200 de super y 100 de transporte yendo dos personas a laburar cinco días. Ya después salidas va en cada uno y, si tenés que pagar el seguro de salud privado, son otros 40/60 por persona por mes.

  16. Maia dice:

    Hola Cintia muchas gracias por la informacion! tengo una consulta sobre el formulario de cita previa que hay que enviar junto con la documentacion. Los datos que proporciono son los de la persona que solicita la tarjeta de flia comunitario o del ciudadano de EU? porque piden nombre del trabajador y razon social? que debo incluir ahi. gracias de ante mano

    • Cintia C. dice:

      Hola, la cita se saca con los datos de la persona que tramitará la residencia. Fijate que hay campos que no son obligatorios, depende de las situaciones que aclaran los asteriscos. Saludos.

  17. Juan Ignacio dice:

    Hola Cintia una pregunta. Una vez que viste en el pagina que el tramite estaba RESUELTO APROBADO y sacaste la cita en la policia para la toma de huellas… Desde extranjeria tenes que esperar a que te den algo de que esta aprobado, tipo un comprobante o no te dan nada? o sea.
    Vos podes ir a la policia directamente o Tenes que esperar a que llegue la carta postal como prueba Para recien poder ir a la cita de toma de huellas de la policia.

    • Cintia C. dice:

      Hace poquito nos llegó un documento con la confirmación, aunque de todos modos estimo que vale el resuelto favorable que obtenés al consultar estado de trámite. Saludos.

  18. AJ dice:

    Hola Cintia, soy cubano y actualmente estoy casado con una italiana residente en España, pretendemos iniciar toda está documentación apenas yo arrive dentro de pocas semanas a España, quería preguntarte aparte de mi pasaporte, que documento necesitaría yo llevarme de cuba, dado que la gran mayoría es con datos de ella, y que no cuento con más nadie cuando salga de mi país, para que me trámite y envié, en caso de que faltará, saludos y excelente trabajo

    • Cintia C. dice:

      Hola, AJ. Fijate que en la hoja informativa que incluyo acá dice todo lo que hay que presentar en cada caso. Al margen de la residencia como familiar, te recomendaría que lleves certificados educativos, antecedentes penales, acta de nacimiento y te sientes bien a pensar qué te puede faltar. Saludos.

    • Luisina dice:

      Hola AJ, si te sirve como dato, esta semana en el Banco Santander en Madrid nos dijeron que ya no tienen autorización para abrir cuentas a ciudadanos de Cuba, Venezuela y Siria así que te recomendaría que vayas averiguando por ese lado cómo hacer, tal vez un banco online como N26, o averiguar si con la cuenta de tu esposa italiana pueden tramitar todo. Saludos

  19. Valentina dice:

    Hola!! Muy buena la info, queria consultar sobre la UNION CONVIVENCIAL. Yo soy ciudadana italiana y quiero que mi pareja pueda entrar también legalmente a Europa, con este papel apostillado puedo realizar la REAGRUPACIÓN FAMILIAR? He leído que hiciste este tramite pero quería confirmar si así fue y si no tuvieron ningún inconveniente a la hora de reagruparlo. Muchas gracias! Espero su respuesta.

  20. Marcos dice:

    Buenas, muy claro todo, muchas gracias por la info.
    Quería hacer una consulta:
    1) El argentino también se tiene q abrir una cuenta con seguro médico?
    2)tienen idea por qué podría salir *desfavorable» el trámite??

    • Cintia C. dice:

      Hola, sí, es un requisito para el familiar de europeo. Respecto al desfavorable, escuché gente que no cumplía algún punto principalmente, pero desconozco más detalles. Saludos.

      • Marcos dice:

        Hola! Quería. Hacerte otra consulta, el familiar, al momento de contratar la asistencia sanitaria, tiene que tener algo en especial? Por ejemplo, sin copagos, como necesitaste vos para hacer el CUE. Gracias!

  21. Marcos dice:

    Buenas, consulta! El argentino también se tiene que abrir una cuenta??? Tienen idea de por qué podría venir desfavorable???

  22. Leticia dice:

    Hola chicos! Como siempre muchas gracias por la información que brindan!!!
    Tengo unas consultas, porfa… Por lo que entiendo, todos los papeles se envían primero por mail, para que te den la cita. Eso incluye el extracto bancario, verdad? Y el día de la cita, se lleva todo eso mismo impreso.
    Ahora bien… Llevás el extracto bancario con la fecha de lo enviado por mail? O te piden que se actualice para la fecha de la cita? Porque si tardan un mes y pico… uno va a tener gastos…

    • Cintia C. dice:

      Hola, llevamos los mismos papeles que habíamos enviado por email, pero, en la práctica, el día de la cita no nos pidieron ver nada ni presentar ahí lo que faltaba (copia de mi pasaporte). Saludos.

  23. Leticia dice:

    Muchísimas gracias Cintia!!! De corazón!

  24. Victoria dice:

    Bueno, ahora que finalmente me salió favorable mi trámite en BARCELONA, después de 5 meses, dejo por si a alguien le sirve el instructivo de como lo hice yo según mi caso específico.

    https://docs.google.com/document/d/14373789QFl2hHSj-06vog5HFtlBjkOC1JV08u-sbe8w/edit?usp=sharing

    Chicos, si cuando moderan el comentario prefieren no publicarlo y copiar la información Uds para hacer otro post, no tengo problema. Espero que sirva! Saludos!!

  25. Julio M dice:

    Hola amiga! Cuánto tiempo tardaste en trámites para comenzar a trabajar y cuánto tiempo tu esposo?
    En mi caso mi esposa y yo tenemos a un primo de mi esposa que nos recibirá en su piso.O sea tú cómo comunitaria puedes trabajar solo con pasaporte? O necesitas el NIE? Y cuánto tiempo te tomó terminar los trámites
    O tú cómo comunitaria te sale más rápido el permiso de trabajo que a tu esposo?
    Muchas gracias por toda la información que nos ofreces en todos los sitios web. En serio nos has ayudado mucho. Que lindo verte viajar y surgir con tu esposo.

    • Cintia C. dice:

      Hola, la residencia de mi pareja tomó casi cinco meses, esto luego de que yo obtenga el CUE y nos empadronemos en el mismo domicilio. Siendo europeo/a, es más sencillo trabajar, pero de todos modos sé que muchos empleos piden el NIE verde (CUE) para contratarte efectivamente. Saludos.

  26. Jesus E. dice:

    Hola cintia, mi pareja (italiano) se encuentra en este momento en España por viaje familiar. El próximo año nos mudaremos a Madrid. Pensamos que para ahorrar tiempo y considerando que el se encuentra en España por unas semanas podríamos intentar abrir la cuenta bancaria y de esta forma ahorrar tiempo al momento de nuestra llegada a madrid y tramitacion del CUE y posteriormente de mi residencia por familiar de comunitario. ¿crees que esto sea prudente? El santander nos dio la opción, pero estamos inseguros ya que como el dinero pasara aproximadamente 8 meses sin moverse en absoluto nos da temor que bloqueen la cuenta o tengamos problemas. Gracias por tu respuesta.

    • Cintia C. dice:

      Hola, tengo una amiga que hizo exactamente eso hace poco. Recomiendo consultar con el banco si puede haber alguna dificultad, pero, salvo eso, no veo mal la idea de adelantar pasos. Saludos.

  27. Adrian dice:

    Hola cintia. Como estas? Según tu experiencia, es recomendable llevar el dinero al banco en efectivo (para abrir la cuenta)? o se lleva una cantidad pequeña y el resto se envía a través de una transferencia desde el extranjero?. Gracias por tu respuesta.

  28. Rober dice:

    Hola buenas! Te hago una consulta breve. Tengo que presentar el NIE de nuevo (xq envié solo de una cara). En qué oficina de registro sacaste cita para presenter los documentos faltaste? No me queda claro qué es un oficina de registro publico de tantas que hay.
    Desde ya mil gracias!
    Saludos

    • Cintia C. dice:

      Hola, lo hicimos por la sede electrónica de la secretaría de estado de administraciones públicas, todo online. Fijate que en la hoja que te dan cuando te piden documentación extra detallan las opciones. Saludos.

  29. jesus E dice:

    Hola cintia espero que estés bien. Por cuanto tiempo le dieron la residencia a tu pareja? 5 años? Es que estaba viendo contenidos de un blog que decía que al hacer el tramite como pareja no registrada en España la residencia para el familiar era solo de 1 año. Gracias.

  30. Mar dice:

    Hola Cinthia! una consulta si sabés, no hay forma de adelantar pasos en argentina, si o si necesitas tener cuenta bancaria en españa con el dinero para demostrar fondos y seguro de salud para poder pedir el turno no?

  31. Gian dice:

    Hola Cintia! Vos cuando hiciste primero el trámite de tu CUE, solo tenías los 5000 y algo de euros para demostrar tu solvencia ? o ya tenías en ese momento el total para 2 personas? Mi duda es si puede el comunitario hacer su CUE solo demostrando para 1 persona y después ver si al hacer el de la pareja no registrada agregar el resto de euros faltantes a la cuenta o si usar un contrato de trabajo. No sé si al momento de hacer el CUE hay que informar ya que se está con otra persona o si omitirlo sería una «falta».
    Gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, yo hice el CUE para mí y luego agregamos el dinero para mi pareja cuando avanzó esa parte del trámite. Yo creo que mencioné que estaba en pareja al hacerlo, pero no fue relevante. Saludos.

  32. natali dice:

    hola cyn! una pregunta, y si vos como ciudadana europea hubieras encontrado trabajo antes de registrar a tu pareja, ya no hace falta demostrar esa suma de dinero en el banco? pero de igual manera entiendo que si o si necesitaste vos acreditar los 5000 euros para q te den el cue… si no lo hubieras hecho, solo con el nie podrias haber conseguido trabajo o aun no estabas completamente legal?

    • Cintia C. dice:

      Hola, leí que con el NIE blanco, es decir únicamente la asignación del número, siendo europeo/a podrías firmar contrato de trabajo y eventualmente hacer el CUE y trámites de familiar con eso en vez de demostrar fondos. No conozco a alguien que lo haya hecho como para guiarte, pero podrías investigarlo. Saludos.

  33. Dario dice:

    Cinthia, como estas?
    te consulto, cuando decís pasaporte Digitalizado estas hablando de TODO el pasaporte COMPLETO?
    y en el formulario ex-19 cuando dice fecha de inicio de residencia, pones la fecha en la que ingresaste al pais?
    perdón la pregunta tonta pero no quisiera que se estiren mas los tiempos para la cita.

    Gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, alcanza con la primera página del pasaporte, donde están los datos. No recuerdo qué fecha puse, pero me suena que la de ingreso a España. Saludos

  34. Gabriela ragosa dice:

    Hola Cin! Muy buen post! Te hago una consulta, para mandar el mail para que nos den cita para presentar los papeles, ya debemos tener la documentación completa? ¿ o podemos ir juntando los papeles para el día del turno?, esto lo pregunto porque aún no tenemos empadronamiento y como suele demorar la fecha del turno quería saber si se podía ir adelantando un paso. Gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Gabriela. Cuando escribís por el turno, tenés que mandar toda la documentación, de eso depende que te la den. De todos modos hay que repasar el tema, porque en un grupo de Facebook contaron que cambió el modo de pedir la cita. Voy a verlo y actualizar aquí. Saludos.

  35. Natalia Rojas dice:

    Hola Cin, espero que estés muy bien! Sos nuestra hada madrina con estos trámites!! Con mi esposo comunitario y yo argentina habiamos sacado turno para hacer su CUE acá en Madrid en 10 dias, pero decidimos irnos a Barcelona, donde el proximo turno es en Mayo. ¿Sabés si podemos hacer CUE y TIE acá (viniendo para la cita a Madrid) y residir luego en Barcelona? Acá en Madrid tendríamos empradonamiento en lo de una amiga. Muchas gracias!!

    • Cintia C. dice:

      Hola, entiendo que no habría problema. Al momento de hacer el trámite de la persona no comunitaria pedirán que estén empadronados en el mismo domicilio. Saludos y éxitos

  36. Caro Virgini dice:

    hola chicos! necesito hacerles unas preguntas sobre su experiencia con la unión convivencial y las pruebas que se puden adjuntar. Estoy en la misma situación y tengo dudas! . desde ya muchas gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Caro. Presentamos la unión convivencial de Argentina apostillada y un contrato de alquiler argentino que demostraba más de un año de convivencia a la fecha. Leí que hay gente que lo valida con un notario para hacer la unión convivencial en España, pero no fue nuestro caso. Saludos.

  37. Caro Virgini dice:

    hola ! no se si envie bien o no mi consulta.
    muy buena información, gracias por compartirla.
    quisiera saber un poco más de la unión convivencial y de las pruebas que se pueden presentar para probar la relacion estable. el contrato de alquiler estaba legalizado y apostillado ? lei que tambien se pueden presentar fotos de las redes sociales, sabes como se haría? , adjuntar los dni de los dos donde figura el mismo domicilio desde hace mas de 5 años servirá?
    muchas gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, el contrato de alquiler no estaba legalizado ni apostillado. Respecto a las fotos, es justamente lo opuesto: no sirven como prueba y hasta he visto pedidos de que no las envíen. Estimo que lo de los DNIs argentinos con igual domicilio puede sumar también. Saludos.

  38. Marcos dice:

    Muy buena todos la data.. ya estoy por pedir turno para la toma de huellas. Lo inicié el 9/03 y el 05/05 me dieron el favorable. La duda es, no hay una oficina cerca del centro de Madrid para la toma de huellas??? Me manda a todas las q están muy lejos… ustedes donde lo hicieron??

  39. Dario dice:

    Hola Cintia, nuevamente comentando..
    Hace unos días recibí mi Nie provisorio (Por familiar de comunitario), se puede adelantar algún tramite con este numero? o si o si, debo esperar mi TIE?

    • Cintia C. dice:

      Hola, Dario. Mi pareja se dio de alta en Seguridad Social con la resolución favorable, no lo intentamos en trámite. Lo que sí podés hacer es ir consiguiendo la cita para la toma de huellas para la TIE. Saludos.

  40. MARCOS dice:

    Te molesto con las últimas consultas: la opción q hay q marcar en el formulario 790 es «TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia
    temporal, de estancia O para trabajadores transfronterizos» ?
    Yo hice todo igual que ustedes.
    Y por último, donde se paga???

    • Cintia C. dice:

      Hola, Marcos. Para el pago de la tasa del trámite inicial elegimos «Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión» y la pagamos en el banco Santander. Gracias por la pregunta, ahí incluí la respuesta en el artículo. Saludos.

  41. Jessica dice:

    Hola a todos! Alguien me puede indicar a la fecha de hoy mayo de 2022 por donde tramito en la página mi residencia o tarjeta como familiar de comunitario europeo, teniendo en cuenta que viviremos en Barcelona. Es que entro a la página de extranjería, elijo Barcelona y entre la lista de trámites no me sale nada de familiar de comunitario, lo mas cercano es CERTIFICADO Y ASIGNACIÓN NIE NO COMUNITARIO y de ahí se despliega otra lista de trámites que me confundió aún más.

    Por ejemplo, si pongo Madrid, si puedo ver en lista ese trámite en la pestaña que dice EXTRANJERÍA o si pongo Tarragona igual lo veo pero en Barcelona no me aparece.

    Espero alguien pueda ayudarme si me entendió lo que quise decir. Gracias.

  42. Mariano dice:

    Hola a todos! Una consulta para aquellos que subieron la información al sistema Mercurio. Completé todos los datos míos y le di concluir al trámite pero en ningún momento me dejo adjuntar ningún tipo de documento. Adicionalmente, cuando concluyó el trámite en la página, me dió un número de expediente el cual, sin saberlo, no lo apunté y nunca me llegó ningún correo de confirmación de nada, por lo que ahora no tengo el número de expediente. Ya hice el reclamo a extranjería pero se toman su tiempo. Alguno que haya subido la información por el sistema Mercurio y me pueda orientar al respecto? Gracias! Y como consejo, si lo hacen de esta forma, tomen nota del número de expediente ya que pasó más de una semana y no me llegó ningún mail de confirmación de nada.

  43. Daniel Ach dice:

    Hola cómo vas, espero tengas chance de leer este mensaje. Navegando por ahí me encontré tus vídeos de migrar a ESP COMO ITALIANA, pasa que tengo tu misma situación y tengo planes de mudarme en los próximos meses. Me quedaron un par de dudas que no se tocaron en el vídeo y que me gustaría conocer si tienes tiempo.

    Duda 1. Cuando sales de tu país de origen, en mi caso Colombia. Tienes que ir con boletos de avión ida y vuelta? O no hay inconveniente con salir con solo los de salida?. En mi caso voy como italiano, me preocupa más mi pareja y que no le formen problema en el aeropuerto.

    Cuando ya uno se encuentra en españa, aproximadamente cuanto tiempo tarda uno desde que llega para obtener la legalidad de estadía para la pareja no comunitaria.

    De antemano te agradezco mucho, espero me puedas leer.
    Muchos saludos desde Colombia ????☀️

  44. dplenzik dice:

    Hola Cin, estoy recopilando toda la info y documentos necesarios para tramitar el TIE de mi esposa, ella Argentina y yo Italiano, nos casamos en Argentina, me sirve el acta de matrimonio argentina apostillada? o necesitare la plurilingue?

    • Cintia C. dice:

      Hola, en poquito más de un mes voy a acompañar a unos amigos con ese trámite y vamos a descubrir la respuesta. En los grupos de gente argentina que ha hecho el trámite mencionan ambos casos, por lo que no estoy 100% segura. Saludos

  45. Javi dice:

    Hola Cin, excelente tu post explicas todo perfecto (Mejor que los abogados que te cobran consulta en linea, perdi 40euros por no ver tu post antes). Las unicas dudas que tengo de tus dos post (Este y el de CUE) son las siguientes:

    1) Para sacar el CUE/NIE solo necesitas una cita alli presentas todo (lo mencionado en el post) y no tienes que pedir cita para mas nada es correcto (Salgo legal 100%)?

    2) Todavia la solicitud de cita para familiar comunitario sigue siendo por correo? Lo consulto porque en la pagina de cita/Madrid en la drop-down menu de TRÁMITES OFICINAS DE EXTRANJERÍA aparece una opcion «TARJETA INICIAL DE RESIDENCIA DE FAMILIAR DE CIUDADANO COMUNITARIO» y me genera duda

    3) Medios economicos, tanto en tu cita como la del familiar comunitario presentaron el estado bancario con saldo superior a los 9500 Euros? Usaste tu misma cuenta bancaria para demostrar lo del familiar comunitario?

    4) Segun lo que comentas de la cita presencial para presentar a tu familiar comunitario es practicamente para charlar no? Se firma/demuestra/entrega algun documento? Algun punto a tener en consideracion para esta cita?

    Con respecto a los turnos para el CUE dejo un tip para la comunidad que tramita en Madrid, Solicitar la cita los LUNES y MARTES (7 u 8 am) que ya he probado y dan turnos a dos o tres dias despues.

    • Cintia C. dice:

      Hola, Javi. Es un placer ayudar y saber que desde la comunidad de Info Viajera damos más ayuda que consultas pagas, jajajaja. Paso a responder:

      1) Exactamente, CUE/NIE se hacen en el momento y concluyen ahí.
      2) Según leí de casos más actuales, se puede de ambas maneras.
      3) Llevé lo que correspondía a una persona para mi trámite y luego lo que correspondía a dos para el de mi pareja, en diferentes cuentas.
      4) El día de la cita para iniciar residencia te entregan número de NIE, trámite y formalización de tu expediente.

      Gracias por compartir la info del CUE, saludos.

  46. Dario dice:

    Hola Cintia, nuevamente por acá!!

    Bueno, Hoy día revisando el estado de mi Expediente veo el RESUELTO-FAVORABLE!!!! ahora queda la huella. sobre esto escribiste algo? no veo nota al respecto.

    para los Interesados, en tiempos:
    09.03.2022 Envié el mail con todos los documentos.
    21.03.2022 Recibí el Msj con la Cita
    13.05.2022 Me presente en la oficina, solo para retirar el papel que dice que mi expediente se encuentra abierto. (pense que esta fecha seria la que tomarían como comienzo, pero cuando vi el papel tenia fecha de 05.04.2022)
    29.06.2022 Veo resultado Favorable.

    Muchas gracias por toda la INFO super clara e importante.

    Cabe aclarar estoy en Madrid.

    Saludos!!!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Dario. Me alegro mucho por ese favorable 🙂 No he publicado post específico, pero tenés que sacar cita para toma de huellas, haces todo ahí y en 40 días retirás el documento. Saludos.

      • Dario dice:

        40 dias!!!!!! pero te dan algo provisorio como por lo menos para poder hacer otros tramites? como por ejemplo, buscar laburo en blanco, canje de licencia de conducir, hacer Certificado Digital, Alta en Seg. Social..

        nada, si tenes data sobre esto genial, sino.. ya mas que agradecido por toda la info… SUPER IMPORTATE!!!

        gracias gracias mil gracias!

  47. Gabriela dice:

    Hola Cintia! Muchas gracias por toda la información. Te quería preguntar, mi pareja es ciudadano italiano y tenemos intensiones de mudarnos a Valencia en los próximos meses. Para yo poder trabajar necesito acreditar la Unión Convivencial y tramitar el NIE pero hasta no tener una resolución no puedo trabajar legalmente en el país. Podría yo esperar esa resolución fuera de España y así regresar cuando ya tenga derechos laborales?
    Muchas gracias!

  48. SARA ARAQUE LOPERA dice:

    Hola Cintia,

    Te queria consultar, si la union convivencial en argentina, debe tener un tiempo como minimo (digamos 24 meses o algo asi) o ese tiempo.minimo es solo si se hace la union convivencial en España?

    Y otra consulta cuando dices pareja no registrada, es no registrada alla en España no? Pero si habiando hecho la union en Argentina?

    Muchas gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, no mencionaron nada respecto a los tiempos de la unión convivencial argentina cuando hicimos el trámite acá. Respecto a la otra pregunta, sí, es no registrada en España. Saludos.

  49. Nicolas Spector dice:

    Cintia, impecable la info que vuelcan en los post, muy valorado todo.
    Tengo una consulta, en el punto 5 que mencionas «5) Documentación acreditativa del vínculo familiar, debidamente legalizada y traducida (en el caso de matrimonio o pareja registrada, certificados recientes con validez de hasta 3 meses).», la validez que haces referencia de qué es? de la apostilla del acta de matrimonio? (en nuestro caso estamos casados); porque el Acta digital que nos mandaron, no tiene otra fecha que la que nos casamos obviamente.
    Perdon si es una pregunta tonta pero es algo que me tiene preocupado por el tema de los plazos que demora volver a apostillar todo y demas.
    Desde ya, millones de gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Nicolas. Según me dijeron, como sucede con el acta de nacimiento, existe la manera de pedir un certificado «actualizado». No tengo 100% claro lo de los plazos, he escuchado que debían ser 3 meses, pero también 6. Voy a ver si puedo profundizar un poco el tema. Saludos.

      • Nicolas spector dice:

        Gracias por la respuesta. Estuve chusmeando y no pude encontrar nada referido a algun certificado actualizado de matrimonio. El acta solo tiene la fecha en que nos casamos, y la apostilla tiene la fecha en que se apostillo nada mas. Lo que me llama la atencion es que si el plazo de validez es de 3 meses, no me dan los plazos para traducirla, apostillarla y demas. Rarisimo.

  50. Nicolas spector dice:

    Mi señora tiene papeles italianos y teniamos entendido que hay que llevar todo traducido por las dudas para evitar inconvenientes (aunque vamos a españa).
    De todas formas, si con la apostilla alcanzara, la misma nos demora aprox 45 dias. Pero insisto, en ningun lado figura algo asi como «ultima fecha de impresion del certificado» o algo asi, por eso te consultaba anteriormente de qué forma «justificar» que aun estamos casados.
    Millones de gracias!

    • Cintia C. dice:

      Hola, Nicolás. Por lo que sé, Italia emite un acta plurilingüe que es aceptada en España, investigalo bien para quedarte tranquilo. Yo como no lo hice por matrimonio desconozco detalles. Saludos

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