Cómo la AFIP le pateó la devolución de las percepciones del dólar a los empleados

Hoy, en «cosas que hace la AFIP que perjudican a los viajeros«, presentamos: pateando la devolución de las percepciones del dólar dos meses para adelante y sin ajuste por inflación ni intereses.

A través de la Resolución General 5507/2024, publicada en el Boletín Oficial el 29/04/2024:

  • da plazo a los trabajadores en relación de dependencia al los que les descuentan Ganancias a presentar su declaración SIRADIG Trabajador hasta el 31/05/2024
  • le dice a los empleadores que devuelvan recién después de liquidar junio/2024, es decir en el mes de julio

O sea, a los trabajadores a los que les corresponda, el saldo a favor:

  • se lo van a devolver dos meses más tarde
  • se lo van a devolver sin intereses
  • se lo van a devolver sin ajuste por inflación

Gracias, AFIP, no le extiendas más plazos a los trabajadores, dedicate a otra cosa.

Aquí citamos la parte resolutiva de esta perjudicial normativa:

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive.

ARTÍCULO 2°.- Los agentes de retención practicarán la liquidación anual prevista en el artículo 9° de la Resolución General N° 2.442 y en el inciso a) del artículo 21 de la Resolución General N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.

El importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 10 de julio de 2024, inclusive.

Asimismo, deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de julio de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), previsto por la Resolución General N° 2.233, sus modificatorias y complementarias, informándolo en el período junio de 2024 y consignando como fecha de retención el 28 de junio de 2024.

ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones de la presente entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Florencia Lucila Misrahi

e. 29/04/2024 N° 24727/24 v. 29/04/2024

Este post es para los trabajadores en relación de dependencia a los cuales se les descuenta ganancias. A los que no, y a otros como jubilados y monotributistas, pueden ver el siguiente post:

AFIP: Ya se puede solicitar la devolución de las percepciones del 2023 (para no inscriptos en Ganancias o Bienes Personales)


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115 Respuestas

  1. María dice:

    Una estafa!! un año y medio después para las compras de enero 2023! y con la inflación que hubo… una locura

  2. Silvia dice:

    Yo presente todo el 4 de enero, y aún no me lo devolvieron.
    .fui a la AFIP, y me dijeron está todo bien. Pero como supera los 300000, tengo que esperar!
    Espero la devuelvan! El año pasado el 11 de febrero ya las había cobrado

    • Ignacio Emiliano Moran Merzi dice:

      Uhhhh! Ni hablar si te deben del 2022

    • Roberto dice:

      Hace una Fiscalización electrónica…desde la web…es con lo único con lo cual se mueve

      • Franco dice:

        Nos darías una idea de cómo se hace?

        • empatia_al_100 dice:

          hay una modalidad de reclamo llamada pronto despacho, es u chino para le gente comun, pero se puede reclamar bajo esa formalidad (presentando en la afip eso) .
          mirate algun instructivo en youtube o en twiter hace mucho ariel setton tambien ayudaba, preguntale…

  3. Guillermo dice:

    No todo es así en la letra estricta de la ley Jorge. Varias empresas se pusieron del lado del empleado y les devolvieron en forma provisoria (hasta que se adapte la ley y este el nuevo aplicativo para su cierre) en febrero como se hace año tras año. La prorroga es para que el empleado presente sus deducciones, no para que el empledor no las liquide. No es defensa a la AFIP, entidad horrible y vigilante sino comentar una realidad 😉

  4. Jorge dice:

    Todavía esperando la devolución de 2022…

  5. Mario dice:

    Les dejo el dato para la comunidad verifiqué las percepciones en un borrador y me aparecieron unas que faltaban de PayU. Les dejo el dato si no hay nada nuevo dejan el borrador sin enviar y listo no pasa nada.

  6. Mikiitaa dice:

    Ahh… Unos divinos… Ensima que nos cobran dinero que no les corresponde cobrarnos porque no estamos afectados a ganancias, nos lo devuelve un año tarde y devaluado..
    Ahoraaa vos te atrasas un mes con algo de ellos y te fusilan…. Unos nenes….

  7. silvana dice:

    Me devolvieron un cuarto de lo que pedí, el resto está en observación, andá a saber cuando deciden devolverlo, son unos sinverguenza

    • Pablo dice:

      buuuuuuuu

    • Luis dice:

      Presente en enero 2023 una devolución por gastos de tarjetas que se podia deducir
      de Bienes Personales o en tal caso si no estabas sujeto a impuesto, pedir la devolución. En septiembre 2023 comencé con una presenracion reclamo. En diciembre 2023 reliace el pronto despacho. Me fiscalización las cuentas y me pidieron que argumente los movimientos de dinero en mi cuenta. Lo hice adjuntando facturas y recibos. Posteriormente pasaron mi caso a un expediente xxx.. y a partir de la fecha solo puedo llamar por teléfono a Rawson, consultar el avance y me responden que hay 20.000 casos iguales y que van dando salida en base a prioridad de tiempo. La devolución era por $320.000 , en su momento casi USD 1000.. Hoy día no son ni usd 250. Una vergüenza.

  8. Lilis dice:

    Esperando devolución de afip , no pago ganancias , todos en la misma ?

    • Luis dice:

      Hace Fiscalización electrónica desde la web y reitera cada 15 días..haciendo mención al número d3 Fiscalización anterior y sino a Mecon..o sea Ministerio de Economía aunque es ente antártico
      A mi Prat Gay en su momento me respondió y me pagaron..pero eran otros gobiernos

    • Fabrizio dice:

      Yo estoy igual presente en enero por un viaje del año pasado y todavía nada

  9. Gustavo dice:

    No solo a los empleados, a los no inscriptos en ganancias también vienen demorando injustificadamente las devoluciones. Es paradójico, pero si me demoro 1 día en pagar el 931, al día siguiente me llega una intimación de pago. Esta y tantas cosas mas son las que hacen que cada vez haya mas informalidad en el comercio. Seguimos en la misma de siempre, el que trata de cumplir con todo es el perseguido y el que no, no pasa nada. Y el primer incumplidor, el propio Estado a través de la AFIP.

  10. Ariel dice:

    Hola, en 2023 pague 4ta categoria hasta que se modificó en octubre. En octubre/diciembre viaje y tuve gastos dolar tarjeta, pero, como mi empleador no me retuvo ganancias, no me devolvió lo que cargué por Siradig . Es correcto esto? Me dice q la Afip se tiene que expedir por estas situaciones. Gracias!

    • Pablo dice:

      No lo se. Consultalo con un contador mejor

      • Eduardo dice:

        Son terribles chorros cobro en blanco y me pusieron q no coincide con mis ingresos tengo q esperar estoy en fiscalización

        • Lorena soledad Rodriguez pedraja dice:

          Hace dos años que estoy en fiscalización, por qué te tienen tanto tiempo en fiscalización? Sabrías decirme?

    • Viviana dice:

      Nos dijeron lo mismo. Encima en febrero 2024 lo echaron a mi marido, así q eso ya lo damos por perdido porq no se puede volver a cagar en LA AFIP. Igualmente eso de los gastos de mi marido, los míos, me deben 2022 y 2023

  11. Ramiro dice:

    Hola! En mi caso particular (empleado en relación de dependencia) como un par de meses me descontaron ganancias me obligó a cargar la devolución por SIDARIG. Todos los meses iba cargando deducciones por lo que me devolvían lo descontado. Ahora estoy esperando el bendito cierre para ver si me van devolver la percepción o no. Alguien tendrá info de algún caso similar??

    • Guillermo dice:

      Cuarta categoría depende de las ganas que tenga tu empleador en devolverte las percepciones (hasta el monto que el te retuvo). Varias empresas ha lo devolvieron en febrero/marzo a cuenta. Pediles que hagan un esfuerzo y te liquiden este mes.

  12. PAOLA V PEREYRA dice:

    estimados, el problema aca es que como no se arreglo que va a pasar con iigg de oct/dic. tienen q sacar un decreto o algo dando por valido el no cobro de esos meses, no pueden cerrar el año, entonces van pateando la devolucion, que depende de la presentacion, y asi sucesivamente….
    no solamente nos van a poner con el impuesto iigg de nuevo, sino que te devuelven todo devaluadisimo

  13. Monica De la fuente dice:

    Son así…..trabajan con nuestra plata….en julio una miseria cobraremos….

  14. Leo dice:

    Un desastre. No entiendo porqué no devuelven lo que es de uno. Es el impuesto más ridículo del mundo, donde pagas algo por si las dudas y después no te lo quieren devolver.
    *** se manda *** tras **

  15. Clara dice:

    Qué raro porque Milei dijo «dentro de la ley todo, fuera de la ley nada» y esto lo estan incumpliendo estando dentro de la ley… Me deben 2022 los ultimos meses y 2023 entero… Son un desastre

    • Tincho dice:

      No es raro para nada, esto es lo que esperaba. Así como están enamorados del impuesto PAIS, que no solo no lo sacaron sino que lo incrementaron 2 veces… ya debería haberse cortado los 2 brazos…
      A no sorprenderse si hay mas dilaciones

    • Roberto dice:

      Hace una Fiscalización electrónica…desde la web…es con lo único con lo cual se mueve

      • diego dice:

        roberto es la tercera vez que leo que dices lo mismo, puedes explicar lo que dices, donde esta ese item ? gracias

  16. Ana dice:

    Lamentablente es como comentás Ariel , nunca te devuelven más que eso. Los que estamos en relación de dependencia siempre fuimos perjudicados.
    Consultá con un contador mejor ya que cada caso es un mundo distinto

  17. Jacqueline dice:

    Yo presente todo para la devolución el 04/01/24 y aún sigue en proceso de fiscalización …. Me parece que están aprovechando para no devolver nada por un tiempo.

  18. Valeria dice:

    Y nada te garantiza que no lo vuelvan a patear. Si primero era marzo, dps abril, ahora mayo…

  19. Guillermo dice:

    Creo que muchos lectores se están confundiendo con los procedimientos de devolución de este impresentable adelanto de impuesto. Este posteo creo está orientado al empleado en relación de dependencia y que presentaba sus deducciones mediante el SIRADIG.
    Toda otra situación se canaliza mediante otro procedimiento, asi como los reclamos por años anteriores que reo, no van a devolver y quedaran para abonar otros impuestos como ser bienes personales y no depender de un blanqueo 😉

  20. Luis dice:

    Desde el 2 de ENERO tengo la presentación
    Pasaron 539 DÍAS de los consumos y 150 de la presentacion
    Ni noticias
    NO LES IMPORTA PAGAR LO RETENIDO CON
    289% DE INFLACION ACIMULADA
    3 PRESENTACIONES DIGITALES Y NI NOTICIAS
    HAY QUE MANDAR AL MINISTERIO DE ECONOMÍA…AL *** QUE LARGUE LA GUITA

  21. JOAQUIN GONZALEZ RODRIGUEZ dice:

    La última devolución que tuve fueron las del 2021. El tema lo sigue una amiga contadora que le dicen que temo alguna deuda por ser monotriuto. Le da lo que le piden y nada. Le prometí regalarle la mitad de lo que devuelvan, pero no hay caso.

  22. Fer dice:

    En relación de dependencia sin ganancias. Cargado el formulario a principio de enero. Aún sigue en sujeto a fiscalización.

  23. marjabra dice:

    Hola. Del año pasado, solo me devolvieron una que era inferior a 1 dólar. El resto nada de nada. Reclame y me contestaron que tengo que esperar la verificación

  24. Julio dice:

    Yo soy monotributista y todavia no me pagaron las percepciones de 2022 y 2023…todo fue presentado en tiempo y forma…consulte a la afip y me contestaron con sarasa no se entiende nada el mail…letras simbolos numeros un DESASTRE

  25. Fabian dice:

    Y yo tenía fe que algo iba a cambiar!! Sigue todo igual o peor, agregaron más impuestos y te los devuelven a los premios!! Y vuelve Ganancias con todo, hasta las horas extras, los bonos por productividad, el aguinaldo, etc todo te meten!! Que fácil es cazar en el zoológico!! *********!!

  26. Magali dice:

    tremendos degenerados estos!

  27. Rita dice:

    ******* ! Gracias a todos los *********

  28. Angie viajes dice:

    Soy empleada en relación de dependencia en enero reclame la devolución y me mandaron a fiscalización! Aún sigo esperando.

  29. Ana dice:

    Yo el 6 de enero pedí la devolución de compra dolares. Nada aun.me sale devolución aceptada pero no la pagan

  30. JAVIER LORENZO dice:

    Hola chicos les dejo esta info que encontre para que la vean…
    EE.UU informa a AFIP 😥 TODO lo que tenes que saber… https://www.youtube.com/watch?v=dHHBiuP32bw

  31. Ruben dice:

    Hice los tramites correspondientes para la devolución y me pusieron millones de trabas,una verdadera ESTAFA

  32. mrboletin dice:

    El año pasado presentado en enero23 lo pagaron en febrero24, los que no pagamos ganancias en relacion de dependencia.
    ESTE AÑO UN DESASTRE AFIP TODA PERSONA QUE TIENE 90 , 100 MIL PESOS ACUMULADOS PARA QUE LE DEVIELVAN , por AHORA 0 PESOS DEVUELTOS !!!!
    TODO FIGURA SUJETO A FISCALIZACION !!!

  33. empatia_al_100 dice:

    ya saben que votar el año que viene , cualquiera , menos estos estafadores al mando…

    • Roberto dice:

      Hay deuda del 2021..aeste gobierno no estaba..es un Ente autarquico…

      • Rodolfo dlR dice:

        Por eso yo tomo esos impuestos como un costo más en el valor del dólar, ni los tengo en cuenta para recuperarlos.
        Directamente a pérdida.
        Si me los devuelven, mejor, pero ni me caliento. Es demasiado estrés este país.

  34. Fer dice:

    Por eso más vale pensar que no recuperan nada, así no se hacen malasangre. Gastos en U$D, es más sano asumir que los impuestos son irrecuperables y listo!! Es como asumir que para viajar tienen que gastar en el.seguro y no hay otra opción.

  35. Luis dice:

    Hagan Presentación Digital cada 20 días.. reclamando…
    Hay que llenarlos de papeles

    • mrboletin dice:

      viste algun tutorial de como se realiza eses procedimiento de Presentación Digital ? mucha sgracias.

  36. Martin dice:

    Y te adelanto que lo van a extender de nuevo en estos días, un mes más. Esto es hasta que salga la Ley de Bases que contiene la restitución del Impuesto a las Ganancias. Si no esperan a la sanción de la ley, se podría generar un saldo en contra de los contribuyentes por los tres meses del final del año pasado que se eximió por decreto.

  37. diego dice:

    El contribuyente deberá realizar a través del servicio de “Presentaciones Digitales” el RECLAMO DE DEUDA PRESCRIPTA – RG 4815/20

    En la presentación deberá indicar claramente para cada solicitud de devolución que se encuentre observada:
     Período
     Fecha de presentación
     Número de transacción
     Detalle de la deuda reclamada que se encuentra prescripta.

    • Pablo R dice:

      Yo lo hice. Te van a responder pidiédnote mil requisitos de información imposible de juntar, cosa q no puedas reclamar nada

  38. Claudia dice:

    Es claro …..desde diciembre No hay plata ironia claro …. hice la presentación los primeros días de enero , ya consulte por mail y nada . La misma leyenda de fiscalización. El año pasado hice lo mismo con la del 2022 y los primeros días de marzo estaba cobrando . Creo no van a devolver nada . Ajo y agua. Gracias por la nota y sus comentarios, así se que no soy la única . Y no soy empleada , soy jubilada .

    • Pablo R dice:

      A mi el año pasado me devolvieron en enero, este año me poden información imposible de juntar, me ponen mil trabas. Al final estos terminaron siendo peores q los q estaban antes

  39. Luciano dice:

    Las personas asignadas para toda la delegación MDQ ( había 30.000 solicitudes en marzo ) encargadas de tramitar estas devoluciones son 3.
    Si. Leyeron bien, 3.

  40. Silvia dice:

    Cómo.se hace lafiscalización digital?

  41. Pablo R dice:

    A mi el año pasado me devolvieron todo el 19 de enero. Los años anteriores también me habían devuelto todo. Y este año no me devolvieron nada, me pusieron mil trabas, mande un pronto despacho y me respondieron pidiéndome mil datos imposibles de conseguir (COMO POR EJEMPLO UN EXCEL DE MIS INGRESOS DE TODO EL AÑO! INCLUÍDAS TRANSFERENCIAS, AUNQUE SEAN PROPIAS DE UNA CUENTA A OTRA (X EJ A MERCADOPAGO) y pese a q mi viaje fue en junio y de julio a diciembre no tuve consumos afuera). BASURAS!!! al final terminaron siendo peores que los que estaban antes

  42. Mirta dice:

    Soy jubilada, años anteriores me devolvieron, ahora dice sujeto a fiscalización y en los reclamos que hice, siempre dicen que se ha enviado para revisión y copian y pegan la disposición. Vergonzoso.

  43. Lety dice:

    A mi me deben devolucion de 2022 y ahora tbien 2023, q lo hice a ppio de año. Y menos mal q este gob dice ser libertario, pero solo lo es de la boca para afuera, en lo q hace no lo es nada!!!

  44. Veronica dice:

    A mi me deben todo, pero para agregarte intereses si te atrasás un poco te rompen el c…
    Debería dejar de existir esta estafa, los ciudadanos tenemos el poder de labrebelión fis…cal pero no lo utilizamos. Con solo 1 mes que dehemos de pagar y saquemos todo, paguemos y cobremos en efectivo y nada electeónico, se les cae el poder

  45. Brian dice:

    Yo estoy esperando las de 2022 y 2023 y jamás me dan bola. Están todas sujetas a verificación ya van más de 2 años en verificación. No sé puede hacer nada?

  46. JORGE dice:

    El problema somos nosotros ,aquellos que una vez hecha la presentacion correspondiente ,creemos que la vida transcurre como en las peliculas ,que como dice el dicho «el crimen no paga» y si paga y con creces , ambas cosas son soñar despierto ,lo justo no existe, la AFIP, no puede fiscalizar,por eso podes gastar millones y nada ! ,ni devolver (ni le interesa ) y si alguien se jode…pues se jode ! y siempre somos nosotros,nunca es con la de ellos.

  47. JORGE dice:

    El gobierno no tiene ningun derecho de dictar una resolucion (en este caso el anterior) porque cualquier tributo que se recaude en dinero solo puede ser instituido por el congreso (aun cuando le cambien el nombre y lo llamen «percepcion ) porque ello constituye un emprestito forzoso …ahora bien si cuando algo asi se produce y «nosotros no salimos a protestar » lo unico que nos queda es Agua y Ajo !!

    • José Luis Cagigal dice:

      La mayoría de los comentarios tratan de otro tema: percepciones que se efectúan en cada año calendario y que se devuelven a partir del 1° de enero del año siguiente o se imputan en declaraciones de este último año. La resolución de la AFIP permite postergar, a los contribuyentes que perciben remuneraciones, la presentación de un formulario para declarar las deducciones del impuesto del año 2023. El proyecto fiscal que se está tratando en el Congreso, es más beneficioso que las normas vigentes.

      • JORGE dice:

        Mi comentario es absolutamente pertinente y se refiere con espíritu precedente al núcleo del problema, sólo en un país sin justicia pasa algo como esto ( y otras cosas mucho peores y mucho más graves e importantes) le sugiero lea la constitución nacional y ponga especial énfasis en donde dice que los impuestos son potestad del congreso ,que lo disfracen con palabras como percepciones ,es tan inaceptable como cobrar impuestos presuntos y afirmo contundentemente que no debimos de haberlo permitido ,pero somos un pueblo manso y así estamos.

        • Guillermo dice:

          Brillante Jorge, somos un país de tibios y nos gusta que nos roben porque sabiendo que nos afanan (pruebas sobras) los siguen votando y muchas veces justificando.

    • Tincho dice:

      JORGE, estas equivocado pues el Congreso solo debe intervenir para crear nuevos impuestos y esto es un adelanto de un impuesto ya existente, con una resolución del Poder Ejecutivo es suficiente. La implementación que hizo el gobierno anterior es totalmente legal, si gusta o no o si está bien o no, es otro cantar.

      A muchos autónomos (responsables inscripto o no inscripto) este adelanto nos ha convenido porque luego lo aplicamos en nuestras DDJJ, es un premio a quien está en blanco.

      • Guillermo dice:

        Muchos autónomos no pagan impuestos o los mienten Tincho. 😉

      • JORGE dice:

        Cobrar un importe,como impuesto,sin base imponible,como anticipo,sin estar alcanzado (porque no correspondiese)o no estar inscripto ,es un empréstito forzoso a través de la creación de una obligación,en concepto de adelanto,lo cual sólo es potestad del congreso ,de acuerdo al :
        artículo 75 inciso 2, faculta al Congreso de la Nación a fijar contribuciones. Esas contribuciones pueden ser directas o indirectas.
        Aun una percepción (impuesto indirecto) es potestad del Congreso .

        • Guillermo dice:

          👏👏👏👏👏
          Muchos justifican cualquier acto de choreo, por eso estamos en el fondo del pozo

        • Tincho dice:

          JORGE, seguís muy errado con ese razonamiento. Se lo he planteado a un contador tributarista y sostiene lo mismo que me parecía a mi: tu planteo no tiene ningún sustento legal. El adelanto del impuesto de Ganancias es plenamente constitucional y no requiere del Congreso.
          Fijate que ni siquiera hubo el mas mínimo planteo de inconstitucionalidad de parte de la oposición al anterior gobierno, y eso que se la pasaron haciendo presentaciones para obstruir todo lo posible.

          Ahora bien, que sea legal y constitucional no implica que esté bien o que esté mal. Debatir eso es un tema diferente.

          • JORGE dice:

            Esa es la opinion de la persona que usted conoce Tincho,vea aqui la opinion de laDra. Emiliana Soledad Prado
            Contadora Pública
            Profesora en Ciencias Económicas
            Especialista en Tributación
            Investigadora en la FACPCE
            A través de la RG 4815 de septiembre del año 2020, AFIP estableció una percepción a cuenta de los impuestos a las ganancias y bienes personales que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el impuesto PAIS, el cuál fue creado a través de la ley 27541 de diciembre del año 2019 y que recae sobre aquellas operaciones realizadas en moneda extranjera.

            Ahora bien, vale recordar que los sistemas de recaudación del impuesto en la fuente permiten al Estado una recaudación anticipada del impuesto en el momento en que se configura el “Hecho Imponible” de los gravámenes, es decir cuando se perfecciona el nacimiento de la “Obligación Tributaria” por configurarse el presupuesto objetivo previsto en la ley para que se aplique un determinado gravamen. Entonces, un tercero, que interviene en el acto de generación de estos hechos alcanzados con ciertos tributos, actúa como agente de recaudación, reteniendo o percibiendo dinero y luego debe ingresarlo al Fisco.

            Estos regímenes de retención en la fuente tienen como objetivo que el Fisco se asegura por vía de la retención/percepción el ingreso a cuenta del impuesto que efectivamente se generó. Como ejemplo podemos mencionar el caso de los empleadores en relaciones laborales que tienen la obligación formal de actuar como agente de retención del impuesto a las ganancias al perfeccionarse el hecho imponible en cabeza de los empleados que obtienen remuneraciones, rentas gravadas de cuarta categoría, hecho taxativamente establecido como hecho generador del impuesto a las ganancias en el artículo 82 de la ley del mencionado gravamen 20.628. Y luego el empleador posee la obligación material de ingresar las retenciones realizadas, las que tienen el carácter de pago a cuenta del impuesto a las ganancias para el empleado que obtuvo salarios alcanzados con el gravamen en cuestión.

            En otras palabras la aplicacion del tributo nace cuando se perfecciona el nacimiento de la obligacion tributaria ( de un sujeto alcanzado nunca alguien no inscripto ni por su perterita obligacion de anotarse como sujeto obligado ) dicho en criollo si usted tincho no est anotado o no esta obligado no corresponde tributar por pretendido supusto un tributo anticipado.
            hay varias presentaciones de inconstitucionalidad ,sobre todo durante el segundo gobierno de CFK ,cuando empezo el primer cepo ,perofueron desetimadas no por no tener substento legal sino porque el juez considero que no habia perjuicio ya que si a usted le corresponde pagar el tributo el perjuicio no era atendible …….perto y si no le corressponde pagarlo ?
            Le dejo la inquietud.

            • Guillermo dice:

              Jorge, nuevamente BRILLANTE. 👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏👏
              Gancho al menton y K.O.

            • Tincho dice:

              JORGE, la persona que conozco es funcionario de la AFIP.
              La cita de la profesional contable que usted hace no refuta en nada mis 2 afirmaciones, ella se refiere a otros aspectos. Veo con simpatia su enfoque pero no desmiente que sea un impuesto pre-existente como es Ganancias. El anticipo puede ser discutible o incluso erróneo pero refiere a un impuesto que ya existe, o sea es correcto que no pase por el Congreso.

              Si es cierto que existieron esos planteos de inconstitucionalidad y si estaban tan convencidos esos litigantes, porque no apelaron para que decida la Cámara respectiva? Las presentaciones y denuncias desestimadas pueden ser apeladas para que decida la Cámara.

            • Tincho dice:

              No Guillermo, no me ha refutado. Brillante pero no refutándome. El gancho y el cross con el knock out son en todo caso hacia si mismo porque yo no he planteado esos aspectos. Lo aclaré 2 veces, no planteo si el Anticipo de la RG4815 es bueno o malo, solo digo que al no ser un impuesto nuevo sino pre-existente no debe pasar por el Congreso. Y que en ese sentido es constitucional y legal. Espero lo hayas entendido esta vez.

  48. José Luis Cagigal dice:

    Muchos de los comentarios son por percepciones por compra de dólares, de servicios o bienes del exterior qué se acumulan en el año calendario y se puede pedir la devolución el 1° del año siguiente o se imputan en las declaraciones juradas que vencen en junio de este último año. La resolución es por las retenciones y pagos del saldo del impuesto sobre remuneraciones en relación de dependencia que es posible que se prorrogue para fecha posterior porque se está esperando que se apruebe el paquete fiscal que está en el Congreso. Ese paquete es más beneficioso para los contribuyentes que las normas que modifica.

  49. Gabriel Alberto Mondino dice:

    Hola. Ya te la pateaban originalmente 3 meses. Ahora 3 más. No es nueva la cosa. Solo intensificado. La verdad que a esta altura, si la devuleven o no, es meramente anecdótico ya que los que gastaron en enero, febrero, etc etc de 2023 perdieron la mayor parte por inflación.

    • Sebastian dice:

      Gente, en vez de quejarse actúen..
      Para aquel que paga impuesto a las ganancias es muy simple la solución
      Inventen deducciones que no tengan para que no les saquen ganancias estos meses y una vez que devuelvan lo del año pasado rehacen la declaración y sacan las deducciones….la declaración de 2024 se puede cambiar cuantas veces quieras antes del cierre del 2025

      • Guillermo dice:

        Correcto, o hacerle un reclamo por vía judicial a AFIP, pero para eso hay que estar muuuuuyyyyy en blanco. Muchos se quejan y con los ingresos que poseen no podrían tener el nivel de consumos en dolares que se reclaman. Si están convencidos que tienen razon, carta documento y despues juicio.
        Otra cosa a no perder de vista es quien invento este nefasto impuesto (creo que fue el ministro sarasa) y nadie saca y nosotros pacíficamente aceptamos.

  50. Cristian dice:

    A mi me tienen que devolver aprox 1.2 Millones de ARS y todos los periodos los tengo en «PRESENTADO» y con esta observación…
    «SOLICITUD SUJETA A FISCALIZACIÓN: tu solicitud será evaluada en el área de fiscalización a efectos de establecer la existencia de acreditaciones bancarias consistentes con los gastos efectuados y tu condición tributaria.»
    Todos viajes pagados con mi sueldo en blanco de Argentina y saliendo de aeropuertos de acá, con vuelos normales… Delincuentes
    El año pasado me habían devuelto todo (2021 y 2022) en 10 días y sin chistar, no se que onda…

  51. REINANTE, Manuela dice:

    yo hice el reclamo en enero, y de 2023 ni noticias de devolución. chirolas serán cuando devuelvan pero es mi plata que destinó tan mal ******* otra

  52. Marisa dice:

    Yo sigo espersndo….no se cono bokver a reclamar….me devolvieron $100000 que nunca me tendrian que haber descintado de mi pagobenbdolares del año 2023…..pero sigo esprando el pago de nis pasajes del 2022 q realize en el 2023….

  53. Ariel dice:

    Hice reclamo 4 de enero y aún nada… El año pasado reclamé comienzo de marzo y al mes siguiente me lo devolvieron. De hecho no me enteré de nadie a quien se lo hayan devuelto, lo están devolviendo??

  54. María de los Angeles Tolosa dice:

    Hola yo gestione el reclamo de las retenciones de la compra de dólares en enero del 2023 y todavía nada , cuando lo van a pagar ?

  55. Belen dice:

    Yo pedí la devolución en enero y todavía no hay señales de nada.. la inflación se lo come. Son unos desgraciados

  56. Dario dice:

    Que se puede esperar de los fugadores seriales? Nos van a bicicletear hasta que con la inflación no podamos comprar ni un caramelo.

    • Pablo dice:

      El tema de las devoluciones de percepciones que no se deberían haber hecho, viene de hace tiempo igualmente. No es exclusivo de este gobierno.

  57. Sergio German dice:

    Recibi una notificacion electronica en respuesta a un reclamo que cargue en JUNIO 2023 (sobre devoluciones 2022) y no entiendo exactamente cual es el significado. La cajonearon?

    »Tu presentación N° ……. del 19/05/2023 ha sido finalizada.
    Se dispone el archivo de la presentación digital, continuándose con la tramitación de la solicitud de devolución mediante el
    Expediente Electrónico.
    Resultado de la gestión: Archivo (Gestionada)»

    Las solicitudes siguen en el mismo estado »SOLICITUD SUJETA A FISCALIZACIÓN». Por lo tanto menos entiendo el significado de la comunicacion.Alguien comprende y me ayuda por favor?
    Gracias a todos!

  58. Silvia dice:

    Hoy es 1/09/24, todavía ni un peso me han devuelto de las percepciones.
    Figura como el día 2 de presentada, en fiscalización.
    En marzo me apersone en AFIP y consulte y me dijeron que estaba todo ok. Pero no estaban devolviendo, solo los que tenían menos de $ 100000, yo tengo cerca de $300.000.
    Y aún nada! A alguno le devolvieron?

    • ximena dice:

      Nada….estoy igual que vos y me deben más del doble q lo tuyo entre el 2022 y 2023. Mandé otra nota no vinculante hace unos días, y la misma respuesta desastrosa «en verificación»! una tomada de pelo! y lo peor es que ¿a dónde vas a ir a reclamar?? la afip te ignora, me da una bronca! porque ojo con que yo deba algo porque no te perdonan una.

  59. hector mauricio carrazana dice:

    15 de septiembre aún nada la devolucion 2023 estos son peor que los ***!!!

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