Ya figura en AFIP el servicio para solicitar la devolución de la percepción del 35%
Desde el mes de septiembre/2020, de acuerdo a lo establecido por la AFIP mediante su RG 4815/20, a los argentinos nos realizan una percepción del 35% a cuenta de Ganancias y/o Bienes Personales en determinadas operaciones que tiene que ver con movimientos de moneda extranjera.
En esa misma norma se determinó que aquellos a los que se le hubiera aplicado la percepción pero que no sean contribuyentes de los impuestos a las Ganancias o Bienes Personales podrían solicitar que les devuelvan los importes que les percibieron.
Hoy vimos en el sitio de la AFIP, autenticándonos con clave fiscal que aparece ya el servicio de «Devolución de percepciones» y aclara que es para realizar la «Solicitud para devolución de la percepción del 35% para quienes no son contribuyentes de los impuestos a las Ganancias o Bienes Personales – F.1746«.
Al momento de hacer este post ese servicio no estaba funcionando, daba un error cuando querías adherirte, según nos informó un estudio contable amigo, yo no probé porque soy contribuyente de esos impuestos y por lo tanto no corresponde que me adhiera. Actualización: varios lectores contaron que ingresaron y ya pudieron cargar solicitudes de devolución.
Una vez que ingresaron con su clave fiscal pueden encontrar el servicio en el Administrator de Relaciones, van a adherir servicio:

Y luego seleccionan:
Devolución de percepciones
Solicitud para devolución de la percepción del 35% para quienes no son contribuyentes de los impuestos a las Ganancias o Bienes Personales – F.1746

Esperemos a ver si en el transcurso del día esto comienza a funcar y se pueden gestionar los pedidos de devolución.
Recordemos cómo se puede consultar lo que les han ido percibiendo:
¿Estás guardando bien los comprobantes de las percepciones del 35% que te fueron haciendo?
Les dejamos también las preguntas y respuestas de la AFIP sobre esta nueva percepción: https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=25753088
Si no tenés aún tu clave fiscal, la podés obtener online muy fácilmente, aquí la info: https://www.argentina.gob.ar/obtener-la-clave-fiscal.
Bueno, veremos cuándo se puede solicitar la devolución y, más importante, si efectivamente lo devuelven y en tiempos razonables.
Actualización:
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Hola, sabes lo q tenemos q hacer a los q nos descuentan ganancias por recibo de sueldo?? Gracias
Hola, Vero,
No tenemos la info aún.
Saludos
Buenas! Será que a los que pagamos ganancias nos descontarán el monto de la percepción del 35% de la liquidación de ganancias mensual/anual?
Así es, pero todavía no sé como se implementa.
La devolucion del 35%, es en la liquidacion final anual que se presenta en abril, recien ahi podes recuperar, para tener a cuenta pago a ganancias futuros.
Sip
Los empleados de 4ta categoría deben cargar la percepción en el sistema SIRADIG (572 web) . Así , el empleador , en la liquidación anual, considera el importe y realiza la devolución hasta el limite que este haya retenido durante el año. Sin embargo aun no es posible la carga, AFIP aun no ha realizado las modificaciones en sus sistemas. Hay que estar atentos.
Satamente.
Buenas, estoy perdido. Si me descuentan ganancias del recibo de sueldo pero no presento la declaración jurada de ganancias… Debería hacer el trámite desde siradig?
Hola, Daniel,
Sí, pero aún no está establecido como.
Saludos
Bueno, sigo intentando…ahora no me deja porque «Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas». Soy empleada dependiente y la retención fue de 123 pe que después me devolvieron 48 pesos. No entiendo nada. jajajaja
Uhhh
En SIRADIG…tendrá que venir un ítem para cargar y e Octubre te devolverán lo cargado en el F573 anual..aún el ítem no está…una vez cargado envíalo a tu empleador..hay un botón que lo envía
Ya esto tendría que estar pues esto ya estuvo..nunca innovamos nada todo vuelve
Hola buenos días si o si hay que tener CUIT para la devolución??? Yo compré dólares digamos y quisiera el reintegro ese
Gracias por el aviso. Sigue sin funcionar. Veremos en el transcurso de la semana.
Esperemos que aparezca pronto.
Igualmente hay que esperar al 13 de Enero masomenos para que los Bancos declaren e ingresen las Percepciones de Ganancias de Diciembre. Todavía no figuran las percepciones realizadas en Diciembre.
Seguramente, pero hay gente que no tiene clave fiscal, que no sabe como adherir el servicio, etc. está bueno que vayan adelantando y conociendo el sitio y el servicio (cuando funque).
Gracias por la info!
Alguien tiene información sobre cómo/cuándo se podrán cargar las deducciones en Siradig?
Nosotros todavía no, veamos si alguien comenta…
Buenos días! En la misma que Damián? esperemos a que habiliten alguna opción para la deducción en Siradig.
Esperemos que funcione antes de que la plata no valga nada. Ah qué bobo si ya no vale nada jua jua
Que buena info. Muchas gracias. Yo si soy contribuyente así que a esperar a ver cómo podemos recuperar esos 35%
Muchas gracias por la info. Agregaron otra forma de ingresar más rápido. En la página principal después de poner la clave fiscal dice ‘ servicios habilitados’ y el 5to ítem dice devolución de percepciones!! De ninguna de las dos formas anda jajaja
Gracias, Camila.
Tienen info de cómo sería el procedimiento en el caso de los que pagamos IIGG pero el monto acumulado en percepciones 2020 es mayor a todo lo que pagan de IIGG? Será hasta el tope de lo retenido por haberes con empleador y la diferencia por este mecanismo?
Nop, si tenés contador/a consultale a ver si ya tiene la info.
Hola chicos, paso a decirles, que está genial la info, que el aplicativo sigue sin funcionar pero por qué aún es muy pronto y está recién salido y por último no se olviden siempre antes de hacer cualquier trámite que «parece fácil» o de «un par de clicks» consultar a un contador, dado que no es tan así como se promociona no en. Procedimiento sino en el post trámite y como la AFIP va a fiscalizarlos. Saludos y vamos a recuperar todas esas percepciónes
Genial, siempre recomendamos que lo haga un contador
A mi me salta «Para solicitar la devolución es necesario que tengas CUIT. Para obtenerla, ingresá en INSCRIPCIÓN DIGITAL», nunca pagué ganancias ni nada pero me da cosa la verdad generarme un CUIT y entrar en la boca del lobo..
Te vas a tener que inscribir parece
No tiene el menor sentido, al dar de alta una CUIT dice que está dirigido a trabajadores autónomos, comercios o empresas.
Quienes somos empleados en relación de dependencia y tenemos CUIL no cumplimos con ninguno de esos requisitos. No deberíamos dar de alta nada, tienen que habilitar una opción para CUIL
Si, claro, pero no es lo que el comenta
A mi me pasa lo mismo. Alguien lo pudo resolver?
Hola! pudieron solucionar esto? implica algo darse de alta un CUIT, estoy tratando de generar la presentación a una jubilada y le sale el mismo cartel.
Gracias!
Buenos días, lo probe con mi esposa que es docente y no le deducen ganancias, pero no lo permitió sale un mensaje que dice «para solicitar la devolución es necesario que tengas cuit. para obtenerla, ingresá en inscripción digital.» Y ella no tiene CUIT, solo CUIL. Un empleado al que no le deducen ganancias no puede solicitar la devolución? es más en este momento no esta trabajando ya que es suplente. Con lo cuál una persona que no esta en relación de dependencia y lo esta pero no le deducen ganancias no puede solicitar la devolución?
Gracias.
Uhmm, veamos si es un error del sitio o si efectivamente es así y algún contador nos lo aclara.
lo mismo por aca
idem por aca… Alguien pudo solucionar esto?
Sugerimos consultar con contador/a de confianza antes de solicitar la CUIT.
Igual por acá alguno lo solucionó?
Hola, pudo solucionarlo?, desde ya gracias.
Buenos días chicos una consulta me acabo de meter y si me deja y todo pero porque tiene que ser a partir del mes 9 pongo meses anteriores y me sale un cartel que tiene que ser igual o mayor que el mes 9 sabrán porque
Hola, Martín,
Es que esto empezó en septiembre/2020.
Saludos
Ahhh ya me había olvidado pensé que me estaban robando desde hace más meses jaja gracias chicos
Hola, sabes si habrá devolución para quienes compraron en meses anteriores a septiembre?
Hola, Analía,
No, porque la percepción del 35% la comenzaron a aplicar en septiembre/2020.
Saludos
Hola! Compré el 19 de agosto/2020 y en la transacción me descontaron el Impuesto País (no pago ni bienes personales ni impuesto a las ganancias), ¿no me corresponde la devolución del 35%? T_T
El impuesto PAIS no se devuelve.
Buen día,
Disculpen que no tiene que ver con el tema, si alguien pudiera decirme cómo puedo utilizar mi crédito del previaje.
aparece reflejado a mi izquierda CRéDITO A favor, pero dice próximamente lo verás impactado en tu billetera virtual.
La compra la realicé en noviembre 18, y descargué facturas, acredité mi gasto, me enviaron la tarjeta y el viaje era del 2/1 al 8/1, pero todavía no lo puedo utilizar.
Los teléfonos no funcionan, así que no sé a quién reclamar. Qué raro en Argentina!
Hola, Ale,
Pasate por Ratamundo.com que está publicando sobre el tema.
Saludos
Hola, la pagina funciona. Mi consulta es , cuando haces la consulta de la percepcion ( que no es del 35%) te da el monto a devolver pero en ningun lado aparece una opcion de solicitar devolucion o algo
Hola, Iván,
Es que pare eso tendrás que utilizar este otro servicio que estamos contando.
Saludos
Para los que pagan ganancias y bienes Personales, la devolución es automática o hay que hacer algún tramite???
Algo seguro habrá que hacer.
Hola , lo que contas es para relación de dependencia ? O me equivoco …? Gracias
Hola, Gastón,
Sí, salvo que le retengan ganancias.
Saludos
Hola: recien intente aparece las 2 a reclamar pero cuando le doy presentar aparece este error: Resultado ERRONEA (0 – Error de seti. – ORA-20004: * Error [El registro de longitud [114] excede la maxima longitud permitida [113] para el registro tipo [25].] Ocurrido en [F1746 v100] Linea nro [3] Contenido completo de la linea [253050000173521759420201030000000031545322000000000422603 86934202010300520201117000000692435697-2095564]
– Nodo [169] ORA-06512: at «SETI_AQPL.PA_SETIDJ_SAVE», line 191 ORA-06512: at line 1 )
Si alguien le pasa lo mismo, quedan presentadas con ese error no se si anularlas o dejarlas asi…gracias!!!
Es un error de software de ellos, hay que esperar que lo arreglen.
Buen dia.
Me da el mismo error Natali. Lo bueno fue que al cargar el periodo 202010 y 202011 ya aparecen todas las deducciones automaticamente, ya me imaginaba cargando una por una. Una a favor de la simplicidad del usuario.
Otra cosa, puede ser que aun no esten las retenciones del periodo 202012 (compra de usd) ?
Sí, dale unos días más a las de diciembre.
me aparece lo mismo, lo borre…
Buenas, me aparece el mismo error, quedó la presentación de devolución pero con estado Error, y acabo de completar el formulario de consulta/reclamos de la afip informando esto. Espero que me lo solucionen.
Hola!! A mi también me salta ese error. Para los otros meses donde hice una sola compra en el mes lo pude presentar perfecto pero en octubre tengo varias líneas y me salta ese mismo error. Será un error o algo que estamos haciendo mal?
Saludos y graciass! Buen año gente!
En el gobierno anterior de este color político hicieron lo mismo y no se lo devolvieron a nadie (personas que no tributaban ganancias) si después lo hizo el gobierno posterior (pro) en cuotas y a los saltos pero lo devolvió. Así que mi experiencia dice a esperar sentados.
No me aparecen ninguna percepción salvo las del sueldo…
Alguna idea de como reclamar las de compras de dolares y compras en el exterior?
Dale unos días, hay que esperar que cierre el mes, las declaren, etc.
Pero compre dolares todo el 2020… 🙁
Pero la percepción del 35 es en septiembre. El impuesto PAIS no se devuelve
Y todos los gastos que hice en miami en diciembre en tarjeta, deberían aparecer, cierto?
Cuando liquiden y presenten las tarjetas
Hola! Me descontaron ganancias solo en un mes de 2020. Saben si puedo solicitar ya la devolución de la percepción o si tengo que hacer el pedido en la declaración jurada anual de marzo/abril?
Estimamos que deberás cargarla en SIRADIG, esperemos a ver si largan la info sobre eso pronto.
Conviene solicitarlo ya o mejor esperar dos semanas ponele? Porque ya le mande y me sale como una autorizacion y no mas que eso. Y supuestamente un formulario que ni carga
¿Solicitar el servicio decís?
Solicitar la devolucion. Fui a adherir servicio y todo pero cuando le doy confirmar me manda a un supuesto formulario que nunca me carga. Y cuando voy a hacer todo de nuevo me dice que una autorizacion ya fue emitida. Lo unico que me mostro fue una pagina donde habia una autorizacion para adherir el servicio y nada mas.
Como contamos, está medio loca la página, no es mala idea probar mañana.
Hola, estuve charlando con una amiga que trabaja en afip y dice que los que trabajamos en relacion de dependencia, debemos cargar en el formuluario 572 en la parte de percepciones, que les parece?? gracias
No hemos visto info oficial sobre el mecanismo a seguir todavía para ese caso.
Algo que verifiqué es que al generar los formularios de la solicitud de la devolución no aparecen los mismos montos que uno verifica al ver las percepciones que tiene en «Mis Retenciones». Esperemos que con el tiempo lo corrijan o que den la posibilidad de cargar comprobantes de forma manual..
Esperemos que así sea, sí. Saludos.
Hola! Capaz que te sucede como a mi. En la parte de retenciones solo figuran las del Impuestos País (que se toma como un gasto sin devolucion) ahora cuando entro a Mis Devoluciones aparecen las percepciones realizadas por el 35% a devolver y las compras de servicios por tarjeta. Son otros montos. Ahora en los comprobantes de compras de moneda extranjera figuran los dos impuestos el 30% del Impuesto País (que figura en retenciones) y el 35% que se devuelve (Resolución 4815/2020) que aprece en Mis Devoluciones. Nose si esto es alguna mala información debido a lo nuevo de los aplicativos, en resumen lo que figura en Mis Retenciones en mi caso es solo el Impuesto País (30%) lo que se devuelve por ganancias, bienes personales o por CBU es la Resolución 4815/2020 35%. Fijate que así aparece en los extractos bancarios o tarjetas de crédito. Saludos.
Gracias!
Probaré…
Sds.
Diciembre lo hice de manera manual, muy ansioso jaja. Vamos a ver que pasa!
Ja ja
Buenos dias. Consulta. Estoy haciendo el paso a paso y solo me figuran retenciones del mes 09 en adelante y el grueso que tengo son de los meses de julio y agosto; y el sistema me dice que es de 09/2020 en adelante. A alguno le paso? Gracias
No te confundas con el impuesto PAIS del 30%, ese no se devuelve. Lo que se devuelve (esperamos) son las percepciones del 35% q
Hola, Carolina,
No te confundas con el impuesto PAIS del 30%, ese no se devuelve. Lo que se devuelve (esperamos) son las percepciones del 35% que comenzaron a practicar en septiembre/2020.
Saludos
Este 35 % era a ítem..en tiempo bateas….hoy le compras un regalo a tus hijos y un juguete a nietos.con adicionales en exterior.y te lo cobran también.NO LES IMPORTA NADA
Hola, me tira esto «Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas» Saben que puede ser?
Gracias!
¿Te fijaste si no te retienen ganancias del sueldo?
Hola! me tira el mismo error, a mi si me retienen ganancias en el sueldo, en ese caso sabes como se pide la devolucion?
Consúltalo con la empresa
Hola! me tira esto, alguien sabe que significa? : Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas
Te retienen ganancias a vos?
A mí me aparece lo mismo y no me retienen ganancias…
Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente. Consultando las retenciones por el código 217-imp a la ganancia me figura un importe x. Consultando con el código 939-perc impuesto pais me figura otro. Que es lo que se devuelve? Gracias
El del 35%. El impuesto PAIS no se devuelve
Hola, Carolina,
La de ganancias, impuesto PAIS no se devuelve.
Saludos
Hola!.,.. una consulta.. que nivel de clave se necesita para solicitar esto?
Para mi 3
Hola, yo cargué todos los impuestos sobre compra de moneda extranjera y pagos de servicios al exterior en la siguiente sección del F572 Siradig:
4- Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta > Percepciones / Retenciones Aduaneras
¿No se carga en ese lugar?
La verdad, no lo sé, Leandro. Veamos si alguien tiene info certera y comenta…
Hola!!!
Me aparecen retenciones desde Marzo del 2020 en «Mis Retenciones» pero, me deja solo presentar Sept., Oct. y Nov. (Dic. entiendo aún lo están cargando), las demás las pierdo?!
Gracias, saludos
Hola, Belén. Esta percepción dl 35% aplica desde septiembre de 2020 en adelante, es correcto. Saludos.
Hola! Me fijé en «Mis retenciones» y solo me aparece el 35% de una compra de divisas que hice en octubre. No aparece nada de los meses siguientes de mis pagos en dólares a servicios como Netflix, Spotify, Airbnb, etc. Eso también lo deberían devolver?
Hay forma de cargarlo manual?
Gracias!
Si, debería ponerlo la tarjeta. Hay que esperar me parece
Hola! Me aparece esto: » Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas» Pero no me retienen ganancias en el trabajo! Ya contacté un contador pero todavía no tuve respuestas, no se que onda.
Te retienen ganancias? sos empleado?
Soy empleado pero no me retienen ganancias porque mi sueldo está por debajo del monto minimo de retenciones, a mi viejo le aparece lo mismo y está en las mismas condiciones, gana 25 lucas y no le retienen ganancias.
Varios que trabajan en relación de dependencia dicen que no pudieron. Tal vez hay que esperar
Resido en el exterior. Te obligan a sacar el CUIT pero el formulario para sacarlo no tiene la opción fuera del país y si no colocas la misma dirección que tiene el DNI te aclara que te bloquean el pedido, mí dni tiene domicilio en el exterior. Tampoco puedo concurrir a una agencia. Ya reclamé a la AFIP pero ni bola. Hacen de todo para no devolverte un mango. Yo uso mí tarjeta de débito para el mercado, farmacia, etc, soy jubilado, no compro dólares. Parece que solo queda ajo y cebolla…
Quizás te convenga consultar con n contador, Jorge.
buenas, yo ya realice lso procedimientos de octubre y noviembre ( aparecen solos ) intente cargar el de septiembre por la compra de dólares pero no me la toma, aparece una leyenda donde dice que la fecha debería ser igual o mayor al 17-9 y mi compra fue el dia 3-9 a alíguen le paso algo parecido ? de ultima voy a poner la fecha que me sugiere pero especulo que me lo va a rechazar
Pero si compras el 3/9 no te cobraron el 35% de percepción. No hay nada que devolver ahí
Buenas, qué página es? En la que suelo ingresar no encuentro la parte de devolución del 35% ni es igual visualmente a las capturas de pantalla en la nota
Tenés que agregarlo el servicio ese
Loguándote con tu Clave Fiscal: https://auth.afip.gob.ar/contribuyente_/login.xhtml
el impuesto 939 regimen 993 y 989, que figuran consultando en «mis retenciones» me dan un importe de $22.000
Ahora, cuando quiero gestionar la devolucion por «devolución de percepciones» me devuelven $40 por mes, y el impuesto es el numero 217 y 219.
No entiendo, no iban a devolver el 939?
Vos hablas del impuesto país? Ese no se devuelve
Buenas a todos! Consulto… ¿puede ser que sólo estén informadas las percepciones de octubre?
Yo pago ganancias, así que seguro tenga que cargarlas en un futuro en la DDJJ anual. Pero a la hora de hacer la consulta me arroja percepciones de solo ese mes.
Saludos!
A mí me aparece octubre y noviembre
A mi tambien me aparece Octubre y Noviembre pero el 1 ero de Septiembre también compré, sabes por qué no aparece?
Porque el 1 de septiembre no cobraban el 35%
Hablé con mis bancos.
Santander: están con demora en la carga.
BBVA: Ejecutivo: «creo que tenes que cargarlo manual». Twitter: dice que hay un formulario que están mandando por mail: https://twitter.com/arisetton/status/1346826555956338690
Como siempre un quil***o todo.
BBVA lo cargó en mi caso. Falta diciembre
Indagando, me lo cargaron en Bienes Personales.
Lo mismo que pasajes de Aerolíneas. ¿Estoy al horno?
Corriendo a un contador creo.
Mejor un contador
Hola!! Consulta: soy monotributista y trabajo en relación de dependencia y no me encuentro alcanzado por bienes personales ni por ganancias. Pude adherir el servicio y realizar la solicitud de todos los meses excepto diciembre que parece aun no esta cargado.
La cuestión es que el banco me envió un correo donde me pedí que como trabajo en relación de dependencia debo completar un formulario y elegir donde descontar la percepción si bienes personales o ganancias. Solo me da esas dos opciones y no estoy alcanzado por ninguna. Por las dudas no lo complete.
Saludos
Continuando lo mencionado anteriormente, esto es parte del correo recibido por parte de BBVA 《En caso que trabajes en relación de dependencia, podrás completar el siguiente formulario a efectos que declaremos la percepción a cuenta del impuesto a las Ganancias en lugar de Bienes Personales.》 Cabe aclarar que poseo categoría A y mi sueldo es no se encuentra alcanzado por ganancias. Muchas gracias por la respuesta y/o ayuda.
No sabría decirte en ese caso. Mejor consultalo con tu contador
Hola me aparece el mismo mensaje que a varios: » Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que estás inscripto en el Impuesto a las Ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas» pero soy jubilada saben por qué es?
No sabemos. Fíjate de verlo con un contador
Buenos días! Mi pregunta es la siguiente:
Soy empleada en relación de dependencia y durante el año 2020, no me descontaron ganancias del recibo de sueldo. Consulté con mi empleador y debo cargar el pedido de devolución del 35% por el SIRADIG y tengo entendido que ahí lo hacen (aunque aún no esté habilitado) aquellos que pagan ganancias.
Alguien me podría explicar qué debo hacer? Si pedir la devolución por medio de DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES o por el SIRADIG? Cuándo deberíamos presentar el SIRADIG?
Hola, Lucía,
Esperá un poco a que indiquen cómo cargarlo, hay tiempo hasta marzo.
Saludos
Buenos días! Cuando entro a DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES, directamente no me aparece nada, se queda en blanco y en el link me tira como si fuera un error. Les pasa a varios o a mí? Jajaja
Hola, Lucía,
Probá desde otro navegador.
Saludos
Hola. Hoy parece que estaba caído la página, por que a mi tb me largaba error. Debe estar saturado. Hay que ir probando. De todas maneras hay un msj de afip que detalla qué hay que ir a 219 y 217 y tildar sólo percepciones. Calculo que es para ver esas percepciones pero en siradig no han colocado el concepto para deducir esas percepciones aún.
Hola, yo pago ganancias y lo cargué desde siradig en otras retenciones y me lo tomó.
Lucia, pregunta… que opcion tomaste para cargarlo…
Pregunta (soy medio queso para esto): cuando tengo que cargar el período fiscal sobre el que estoy solicitando la devolución y yo tengo algunas percepciones del 35% en noviembre y otras en diciembre del 2020 ¿tengo que cargar dos formularios? uno por el período 11/2020 y otro por el período 12/2020?? Aiuda
Una por cada mes se hace
Gracias!!
Les hago una consulta, yo tenia cargado todas las percepciones, pero ahora en enero ir más que aclare la fecha no me trae nada, a alguien le paso, que desaparezca los detalles?
Hola! Veo en la preguntas que son muchos los que tienen deduccion de ganancias por recibo de sueldo y que entonces deben cargar el 572 web. El tema es que siempre hay tiempo hasta el 31/1 para cargar todo lo del año anterior…y si todavia no esta agregada la opcion, extenderan el plazo para la presentacion de la rectificativa? Porque tengo un borrador de rectificativa armado pero me faltan estas percepciones y no se si enviarlo y luego volver a rectificar, me da temor que el 31/1 cierren y queden cosas afuera. Uds saben algo de extensión de fechas? Gracias!!
Hola, Carolina,
Por lo que vimos hay tiempo hasta el 31/03.
Saludos
Si, yo lei eso pero no me quedo claro si era solo para quienes piden la devolucion por CBU o tambien incluia a los que cargamos el 572 web…esta confuso…
Para mi, no va como pedido todavía. Igualmente, lo mejor es que te asesore un contador.
Hola! A ver si me pueden ayudar. Si tuve mayor percepción que lo que me retuvieron de ganancias en el año, debería hacer una presentación en siradig (cuando este habilitado) por el monto total que me retuvieron de ganancias y el resto a través del formulario 1746?.
Gracias!!
Hay que esperar que lo reglamenten todavía
Buenas, como hago para ver en que estado se encuentra la devolucion del impuesto a las ganancias del 35% por compra de dolares?. Porque yo lo solicite pero ingreso a mis aplicaciones AFIP y no me aparece nada presentado.
Aguardo comentarios, gracias!
En la misma parte que tenés para presentar tenés una opción que es para la consulta y te dice el estado en que está. En caso de mí o solamente dice presentado
Hola, buenas! tengo una pregunta sobre algo que me acaba de pasar. Compré libros en una página de afuera y supuestamente no deberían cobrarte el impuesto país cuando compras libros? realicé la operación con Visa Débito y me descontaron muchísima plata, sabrías por qué es? Y qué tendría que hacer para que me la devuelvan? Muchísimas gracias
Hola, Bárbara, por defecto te retienen, contáctate con el banco a ver si podés solicitar la devolución de esos impuestos.
Hola a todos, que opcion es para una compra que hice de un alojamiento de AIRBNB?
a Adquisición de billetes y divisas en moneda extranjera
b Adquisición de bienes o prestaciones o locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la
utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito
c Adquisiciones de servicios prestados por sujetos no residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de
tarjetas de crédito, de compra y de débito
d Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o
minoristas-, del país
e Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país
¿Lo pagaste con la tarjeta? Viene en la tarjeta el gasto
Consulta ya finalizó el perido para pedir el reintegro?
No que yo sepa
Hola! Hace casi 3 meses que comprè un curso del exterior, con tarjeta. Este mes ya llega el cobro de la cuarta cuota. He iniciado hace un mes y medio el tràmite en Banco Macro para la devolución de los impuestos, y no lo resolvieron favorablemente para mì, aùn. Còmo hago?
Ni idea como es ese tema
Recién estuve viendo la nota y seguí los pasos y pude cargar todo sin ningún problema me figuran todos los periodos aceptados
Geniaaal
Buen dia, yo cargué todo sin problema, sólo que en diciembre viaje y aún no aparecía, por lo cual ese período lo cargue manualmente, los gastos en la tarjeta. El tiempo para la presentación de las percepciones es algo de hasta 31/03/22 para presentar el período 2021, hay un cartel que lo aclara. La fecha es por ahi, por eso hay que cargar todo entre enero y febrero.
Típica de todas las páginas no explican cómo se hace estando en relación de dependencia. Cuando ingreso me dice que tengo que tener cuit. Ya todas las páginas dicen exactamente lo mismo. Es un copia y pega. Puede alguien que lo hizo, estando en relación de dependencia sin un cuit. O como tengo que proceder para poder crear un cuit. Tengo que entendido que el cuit es un clave tributaria. Me la tengo que crear para cobrar o como es?
Podés pagarle a un contador y seguro te lo soluciona con claridad. No obstante, podés crearte el CUIT y pedir la clave fiscal.
Hola! En enero compré pasajes en la web de Air Europa Argentina, en el resumen de Visa el consumo apareció siempre en pesos y ningún detalle que hiciera referencia al 35% de la percepción. Es posible que no tenga percepción tratándose de un pasaje a Europa? Revisé en mi página de Afip y no figura nada tampoco. A alguien le pasó?
Te lo cobra la aerolínea. La discriminación te la tiene que pasar ellos.
Me comuniqué con Air Europa y dicen no saber de qué hablo y evidentemente no lo informaron a Afip. Mi duda es si es posible que no corresponda la percepción por ser de Argentina la empresa
Si corresponde y seguro te lo cobraron