Empleados a los que les descuentan Ganancias, ¡ya pueden cargar las percepciones del 35% en SIRADIG!

Las personas que trabajan en relación de dependencia a las que sus empleadores les retienen Impuesto a las Ganancias sobre sus remuneraciones ya pueden cargar las percepciones sufridas por la RG AFIP 4815/2020, la famosa del 35% a cuenta de Ganancias y/o Bienes Personales, en el F572 Web (SIRADIG).

De esta manera informan a su agente de retención (el empleador en caso de trabajadores en relación de dependencia) para que el mismo lo considere como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.

En el apartado «4 – Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta«, agregaron una sección para «Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020«.

Los conceptos que se pueden detallar son:

  • Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)
  • Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)
  • Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. c)
  • Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. d)
  • Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. e)

Vimos que algunas cosas ya aparecen pre cargadas, pero sugerimos revisar que no falte nada:

Así que vayan verificando todo lo que les percibieron por este impuesto, como les contamos en este post:

¿Estás guardando bien los comprobantes de las percepciones del 35% que te fueron haciendo?

Y vayan completando su F572 Web si son empleados o jubilados y les retienen ganancias.

Para los que no pagan ganancias, recuerden que se solicita de esta manera:

Así se solicita a la AFIP que te devuelva las percepciones del 35% (para no inscriptos en Ganancias o Bienes Personales)

 

 

Nota: Esta publicación puede contener links de afiliación por los cuales recibimos una retribución económica en caso de que realicen una compra o contratación, sin esto implicar un gasto extra para ustedes. Más información.

227 Respuestas

  1. Carlos dice:

    Tema Netflix: me debitan x visa x un monto total sin discriminar iva, imp pais y percep gananc, entonces como puedo deducir el 35%?

    • jlcota dice:

      Si te lo cobran, deberían discriminarlo, yo les pediría la factura con el desglose.

      • Pero a quien le pedís la factura?!netflix te la manda con el valor que te cobra x el servicio, y me mandaron una resolución donde dice que los bancos tienen que discriminar al final del resumen los impuestos. Cómo todos se lavan las manos hice una denuncia a defensa del consumidor y estoy esperando me respondan. Spotify hasta el mes pasado venía discriminado los impuestos pero a partir de este mes no, pero me mandaron x mail la factura con los impuestos detallados.

      • LUIS dice:

        No te lo desglosan…yo cargue el importe del 35% pues Netflix factura total

    • fernando dice:

      a mi me sucede lo mismo, lo empezaron a hacer luego de un par de meses que si venia discriminado, ya no

      • A partir de que empezo a cobrarse el 35% no vino mas discriminado,

        • Luis dice:

          NO VIENE PUES SOMOS ÚNICO ?? EN EL MUNDO..LA PÁGINA TE LO DISCRIMINA SI ENTRAS CON TU USUARIO..yo lo tengo en Excel..importa, IVA, 8% país y 35% 4815/20… INCREÍBLE PERO VERDAD..NO SE SI LO COBRARÉ PERO LO CARGUE MANUAL

    • JavBuzz dice:

      Hola, gracias por la nota. Más útil que contador 🙂 Recién cargue y en base a Netflix, Spotify, etc, en mi caso puse que quien me retuvo fue la tarjeta de crédito. Es mas, la AFIP ya tenia dicha info hasta noviembre inclusive cuando haces la carga automatica. Tuve que cargar manual diciembre. No detalle que era cada cosa, puse lo que en el resumen figuraba como retención de reg 4815. Gracias nuevamente, muy útil!

      • maia dice:

        buenas como te va? como lo cargaste? desde que opcion te acordas?
        por otro lado, solamente me trae info de los meses octubre noviembre y diciembre. nada anterior…. eso esta bien? o deberia cargar todo lo anterior a mano? y hasta cuando?

        • Guillermo dice:

          Antes de octubre no existía el 35%

          • A partir del 16/9 comenzo el 35%

            • Guillermo dice:

              Claro, y lo abonaste por primera vez en octubre. Por eso en la AFIP maia encuentra percepciones desde octubre. Tambien algunas pueden faltar porque no llegaron a comunicarlas o directamente fallaron los procesos informáticos. Lo que no esta se carga a mano, desde el 16/09 y si te lo cobraron, no olvidar que es una declaración jurada lo que hacemos y no podemos inventar consumos o gastos que no están respaldados.

    • LUIS dice:

      Es un tema de PAYU que no discrimina… Netflix si en la web lo tiene DISCRIMINADOS…Mándale un mail…
      https://www.payulatam.com/

      Customer Care Payu AR • [email protected]

      • Acabo de hablar con PayU, (ya no se mas con quien hablar) y te detallo textualmente lo que me dijo via chat, le saque foto a toda la conversacion:» ya para la aclaracion de este impuesto debes validarlo con la tienda directamente, en este caso Netflix y su soporte de Servicio al cliente. De esta forma te van a discriminar esta informacion. Netflix procesa a traves de PayU las transacciones. Sin embargo se procesa tal cual el comercio envia los datos correspondientes.»
        A continuacion cierro el chat y llamo a Netflix, quien me dice x enecima vez que el banco es el que debe detallar, y despues de varias llamadas telefonicas al banco, sacando turno, y mandando mail me contestan: «Te informamos que la facturación de los servicios depende de la empresa y/o la administradora»,
        Digo, pues entonces quien lo tiene……..?

        • Guillermo dice:

          Los bancos no tienen nada que ver con lo que se cobra por impuestos, es un cargo que hacen las tarjetas (por ejemplo Visa) y que si abonas el resumen en dólares se te descuenta. El tema debe estar pasando porque Netflix no les esta facturando en moneda extranjera, factura directamente en pesos y las tarjetas / bancos no pueden cobrar el impuesto sobre los consumos en pesos. Pedíle a Netflix que te cobre en dólares. Como hace cualquier plataforma extranjera.

      • Defensa del consumidor me respondio que haga un reclamo aca por Netflix, https://www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor/formulario

  2. Guillermo dice:

    Era hora. Que pedazos de hijos de $&@}#%^*+}{ son. Recién ahora lo incorporan. Se ve que tienen mucho trabajo. Pensé que no lo iban a habilitar. Ahora bien, si lo van a devolver a algunos para que mier%^*# lo cobran

  3. Hector dice:

    Muchas gracias por la info…!

  4. Zelene dice:

    Se sabe cuánto tiempo tardan en devolverlo? Yo como poco visionaria que soy compré todo con mi cuenta que no pago ganancias en vez de hacerlo con la de mi marido que si paga ??‍♀️ De ahora en más se paga con la suya!

  5. Jonathan dc dice:

    Hola a los monotributista a nos devuelven el35??

  6. Victoria dice:

    Hola! Esto rige para todos a los que nos descuentan ganancias y hemos tenido consumos en dólares, o quedan afuera todos los mismos grupos que no pueden comprar dólares? O no tiene nada que ver?

    Por ejemplo yo no puedo comprar el cupo de 200 dólares porque tengo un crédito UVA, pero he tenido consumos en dólares en la tarjeta (y obvio me descontaron el 30 y el 35)

    Perdón pero ya estoy perdida!!

    • jlcota dice:

      Hola, Victoria,

      No tienen relación.

      Si tu empleador te descuenta ganancias y tuviste percepciones del 35% las tenés que informar aquí.

      Saludos

      • Victoria dice:

        Muchas gracias por tu respuesta Jorge! Ahora me pongo a cargar en AFIP.
        Son muy útiles las notas de infoviajera!

  7. Lour dice:

    Hola! Empleada que no llega a pagar ganancia ? no le devuelven?

  8. Ricardo dice:

    Hola buenas noches, trabajo relación de dependencia, tengo muchos consumos con tarjeta de crédito en el exterior y ahora voy a entrar a completar el formulario, seguro voy a tener una diferencia y grande a favor, eso me lo devuelven? Por qué acaba de leer en el post que queda a cuenta. Muchas gracias.

    • daniel dice:

      me sumo a tu pregunta richard! si sabes de algo podras informarlo en este hilo? gracias

      • Mari dice:

        Yo tambien me sumo a la consulta. Tengo para recuperar de pago del 35 % un poco mas que lo que me retuvo mi empleador. Quisiera saber como hacer para interntar recuperar todo. Gracias!

        • Guillermo dice:

          Lo que pagaste de mas no te lo va a devolver tu empleador. Tendras que reclamarlo a la afip mediante nota. Lo único que puedo decirte es que te van a investigar. Si no es mucho dinero dejalo sin reclamar

  9. Carl dice:

    Buenas noches. Agradezco la ayuda que dan. En mi caso, me devuelve 48 pesos los días 27 y coincide con el pago de Spotify. Así que supongo será de ahí esa percepción. Pero en el formulario de la Afip no me figura otro descuento, y tengo Netflix. Puede darse el caso que Netflix no pague ese 35 % ? Un abrazo

    • Carl dice:

      Me corrijo. Me lo cobran el 35 % pero no viene discriminado en la tarjeta, y tampoco me figura en la Afip.

  10. Lu dice:

    Hola! Es para cargar las retenciones durante el periodo fiscal 2020? O las que se generen en el 2021? Gracias

  11. Alex dice:

    A Alguno que gana menos del mínimo no imponible y ya hizo la presentación de las devoluciones le han ya devuelto algo ??

  12. Daniel dice:

    si mi percepción del 35% es mas alta que mi deducible. devuelven la diferencia de lo deducido?
    se entendió? osea me descuentan pero tendría un excedente de devolución.. que pasa en ese caso? me acreditan la diferencia?

  13. Sandra dice:

    Ja, la verdad que me cuesta creer que devuelvan algo, si alguien tuvo esa suerte que comente.Por mi parte presente ya los consumos y nada aún.. a ver q pasa.

    • Analia dice:

      Cuando hicieron este mismo procedimiento hace unos años que al principio no tenían ninguna intención de devolverte nada, tuve una pelea de tres años con Afip y después de invertir mucho tiempo y energía me devolvieron todo. Como comenta Guillermo te revisan absolutamente todo.

  14. ivan dice:

    A mi en el trabajo por error me depositaron las vacaciones el 28 de diciembre cuando debían depositárselas a mediados de marzo ? así que en un año calendario me depositaron 2 veces vacaciones y temo que por ser soltero sin hijos me maten con el impuesto a las ganancias por un error de la empresa.
    Sabrán decirme como hacer para cargar los que pago de OSDE a ver si así logro paliar un poco el impuesto a las ganancias??

    • jlcota dice:

      Justo estoy desde el celu y no tengo a mano cómo es, pero se puede. Andá recopilando las facturas.

    • Guillermo dice:

      Si haces home office podes deducir tambien gastos de celular internet, computadora, impresora etc que hayas realizado,

      • ivan dice:

        Ah no sabia que se podía deducir eso, es bueno saberlo. Gracias por la data Guillermo!

      • Bren dice:

        Guillermo, cómo estás? Nunca encontré la opción en Siradig para cargar esto. Por donde lo cargaste? Gracias!

        • Guillermo dice:

          Hola Bren, en el Siradig lo cargas en el apartado 3- Deducciones y Degravaciones (agregar deducciones y desgravaciones) te abre un desplegable de opciones, ahí elegis Gastos de Adquisición de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo. Busquen en internet todo lo que se puede deducir del impuesto a las ganancias en épocas de home office, hay bastante información y sino un contador amigo o la misma empresa donde te retienen te deberían asesorar.

    • Pablo dice:

      Gent,e Si ya mandé a AFIP anoche el formulario 572web, se puede rectificar el formulario para agregar Osde en las deducciones o es mucho bolonqui?

      • Guillermo dice:

        Podes hacer las rectificativas que quieras y el 572web lo mandas a la AFIP, pero en realidad el que lo recibe es tu empleador.

      • ayelen dice:

        HOLA! me dirías por favor que comprobante cargas para deducir osde? porque no me envían factura por el excedente solo talón de pago o comprobante de composición de cuota.
        Gracias

  15. Federico dice:

    Excelente noticia, notición, creo que fui un afortunado, al ingresar a la carga estaba todo ya disponible para «carga automática», me coincidió hasta en los centavos con todo total que yo me habìa sacado de comprobantes guardados y resúmenes… Gracias!!!

  16. kariorq dice:

    En mi caso el sistema no me habilita la carga de Formularios. Aparece el boton apagado. Igual nunca espere que funcione. jeje

    • Carga el Resto Primero dice:

      Primero hacé click en «Datos Personales», y confirmalos. Después, en el que dice Empleadores. Cuando tenés esas dos cosas cargadas te habilita a cargar el resto del formulario.

  17. Cinthia dice:

    Muchas gracias por la info! Ya generando la presentación ?

  18. Pablo dice:

    Gracias por avisar chicos.

    En mi caso les comento que me aparecio todo tal cual tenia en los comprobantes…cargué en ambas opciones

    *Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)
    *Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)

    A esperar la devolución.

  19. Chelo dice:

    Buenas gente… En mi caso pago bienes personales pero no ganancias… Puedo pedirlo igual verdad? Saludos

  20. LUIS dice:

    Yo tengo dos percepciones en diciembre…por ahora me apareció 1 y la otra aún no pues corto la tarjeta y la pague en febrero…pero la percepción de hizo el 28 de Diciembre..esperaré. pero ya la tome junto a los 3 meses de Netflix..aunque está el total..los cargué manual..GRACIAS INFOVUAJERS…POR LA NOTICIA. AHORA TE LO DEVOLVERÁN EN OCTUBRE. TOTAL NO HAY INFLACIÓN????

  21. DAL ZOTTO MATIAS dice:

    Me tira error, entro y no me detecta ningun banco ni compra. Pongo para cargarlo de forma manual y no me deja cargar. Me tira el error que si tengo q cargar mas percepciónes, debo realizar una presentación en el programa de asistencia al ciudadano.
    Les paso a alguno?

    • LUIS dice:

      Entra en AFIP…’retenciones y percepciones’…pone el Cuil tuyo..cuit del banco y concepto 217..creo es el de ganancias..ojo la fecha..te tira abajo en el ‘desde» enero 2021..pone 2020 y te tendría que tirar la percepción..sino es el Banco

      • Mercedes dice:

        El problema no está en el servicio Mis Retenciones, ahí las puedo ver y están correctas. El problema está en el Siradig, no aparecen de manera automática y no me deja cargarlas de manera manual, me manda a asistencia al ciudadano para cargarlas y subir los comprobantes. Una vez allí no se encuentra la opción para hacerlo.

        • DonCarlo87 dice:

          me pasa lo mismo con una percepcion que me hizo Aerolinas Argentinas. Me manda a la asistencia al ciudadano y no existe area alli que puedas gestionar algo vinculado a esto.

          • DonCarlo87 dice:

            Ingrese la asistencia al ciudadano con la ayuda de un contador amigo. A las 72 hs nos respondieron por mail la nada misma.

            SR. CIUDADANO:

            Atento a la presentación registrada bajo el número de evento XXXX, realizada en el marco del Programa de Asistencia al Ciudadano, se informa que:

            En el servicio SIRADIG TRABAJADOR debe incorporar las percepciones practicadas considerando el rubro correspondiente, según el inciso previsto en la norma y el código de Régimen informado por su Agente de Percepción:

            Régimen 592- Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)

            Régimen 594 – Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)

            Régimen 596 – Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. c)

            Régimen 598 – Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo ( R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. d)

            Régimen 600 – Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. e)

            Además, si el agente de retención informó las percepciones realizadas durante el 2020 con fecha Enero 2021, el ciudadano recién podrá informar las mismas en SiRADIG para el período fiscal 2021. Es decir, a partir de Enero de 2022.

            Atte.
            Programa de Asistencia al Ciudadano
            ———–
            Esta hecho para que no te devuelvan nada.

    • Mercedes dice:

      Me pasa exactamente lo mismo. No puedo hacer nada.

    • Mercedes dice:

      Ya me dí cuenta porqué, es que dejan tomarse el pago a cuenta hasta la concurrencia de lo retenido por el empleador. La diferencia se deberá solicitar devolución.

      • DAL ZOTTO MATIAS dice:

        no te entendi jajajjajajaja

        • matias dal zotto dice:

          osea, a mi por ejemplo me retienen 15 lucas por mes, y tengo para deducir 5500 promedio por mes

          • Guillermo dice:

            El impuesto es anual. Si te retuvieron en el año 150 mil pesos y vos quieres deducir por el 35% mas de 150 mil pesos, tu empleador solo te va a devolver 150 mil pesos. El excedente o lo pierdes (es lo que yo haría o lo reclamas a la AFIP y te bancas una auditoria, tambien el excedente lo podes aplicar a Bienes Personales si es que te toca abonarlo).

            • DAL ZOTTO MATIAS dice:

              No tiene nada q ver lo que decis, el siradig es un informativo, no te liquida ganancias y no sabe lo que te retuvieron por año de ganancias, vos deducis y luego tu empleador cuando hace el cierre del año fiscal, calcula cuanto te devuelve o no

            • Guillermo dice:

              Matias, es lo que intenté decirte. En el Siradig informas deducciones y se lo informas a TU empleador y el que te devuelve es TU empleador hasta el monto retenido durante el año.

    • Adrian Marano dice:

      Me pasa lo mismo…. no me deja cargar las de diciembre.. mismo error

    • Martin Chekherdemian dice:

      Tengo el mismo problema, alguien pudo solucionarlo?

  22. Micaela dice:

    Hola yo pago y no pago impuesto a las ganancias es decir deberia pagar pero al tener un credito hipotecario registrado y los hijos no me cobran. Que hago entonces con todo el 35% q me cobraron por consumos con tarjetas en el exterior?

  23. Agustín dice:

    Gracias por la información, lamentablemente continua la incertidumbre para las situaciones en las cuales las retenciones del Impuesto a las Ganancias realizadas por el empleador son inferiores al total del monto a devolver por gastos o compras de dólares.

    Al parecer hay que esperar al mes de Abril para nuevas novedades.

    Saludos.

    • Guillermo dice:

      El empleador te devuelve hasta el monto que te retuvo. Lo demas, o lo perdes o lo reclamas por tu cuenta a la AFIP, te van a investigar (no te estoy asustando, pero es asi. Asumen que si no pagas ganancias o muy poco, no tenes poder adquisitivo para ahorrar los 200 mensuales o hacer compras afuera)

      • Cristian dice:

        Exacto guillermo es así como decís. Clarín en la nota de hoy hace referencia a que si el empleado informó más percepciones de las que el empleador retuvo tiene q reclamarlas al afip.

  24. Marri dice:

    Clave SIRADIG? I don’t know her

  25. Hola, alguien detecto algun faltante en las percepciones de AFIP? Tengo un gasto que deberia estar porque fue en Noviembre y pague el resumen en Diciembre pero no aparece. Habra que hacer carga manual de ese item? Saludos!

  26. Claudia dice:

    Si uno lo carga y presenta ahora la devolucion es en Abril o ya el mes que viene emoizan a devolver? Gracias

  27. Leonel dice:

    En el F572, para cargar la percepcion de compra de moneda extranjera me pide Nro de Cuit del que percibe y comprobante. Debo poner el cuit del banco o de afip? Y el comprobante de donde lo saco, si compré atravez de homebanking y en su momento no guarde el comprobante. Tampoco puedo hacer captura de pantalla en ultimos movimientos historicos porq me muestra solo desde mediados de noviembre del 2020.

  28. PAMELA dice:

    Hola! yo tengo un pago de amazon con TC que no lo levanta el SIRADIG, cuando lo cargo manualmente, me dice que cargue por Presentación al Programa de Asistencia al Ciudadano y no encuentro el camino de como cargar el comprobante por ahi. Alguien me puede dar una mano? gracias

  29. sebimg dice:

    Revisen bien todo. Es un garron pero a mi me estaba quedando afuera una compra en despegar… La tuve que cargar a mano.

  30. Andrea dice:

    Buen dia a todos! Yo hice una compra en dolares en diciembre y la tarjeta cerró el 31/12/20; pero venció (se debitó) el 10/01/21.
    Obviamente desde que cerró aparece en el resumen el 35% discriminado; pero desde entonces estoy dele chequear y hasta ahora nunca me apareció en «Mis retenciones» ni ahora tampoco aparece automáticamente en Siradig, ni 2020 ni 2021. Banco Santander. A alguno le pasó? Lo cargo manualmente aunque no esté en Mis Retenciones?

  31. DAL ZOTTO MATIAS dice:

    Por lo que noto en todos los comentarios, las compras de dolares o compras con tarjeta de credito que no aparecen automaticamente, el sistema tira error al querer cargarlas de forma manual. Espero q la afip lo solucione

    • Guillermo dice:

      No es correcto Matias, a mi las operaciones deducciones de Noviembre y Diciembre no me aparecían automáticamente, las cargue en forma manual sin inconvenientes. Tal vez tu caso es el de muchos que les descontaron en el año X importe y lo que vos quieres cargar es superior a ese importe X.

      • matias dal zotto dice:

        a mi no me aparece nada automaticamente. Intento cargar octrubre con banco ciudad como agente de percepcion y cuando quiero agregar noviembre no lo toma

      • karina dice:

        Hola, pudiste cargar manualmente mas de un percepción en el inc. a)?me permite cargar una sola, tengo dos más y me deriva al Portal del Ciudadano

        • Guillermo dice:

          Pude cargar los tres meses que tuve percepciones por compra de dólares y también por compras en tarjetas de crédito en moneda extranjera

          • Karina dice:

            Gracias! Seguiré averiguando porque intente de mil formas cargar las tres y solo me permite una y las demás me pasa al Portal del Ciudadano. Pareciera validar el mes y permite sólo la carga de ese mes

          • Karina dice:

            SOLUCIONADO!!! Hice la consulta en Afip y muy gentilmente me respondieron. Mis retenciones están informadas por el
            Bco Ciudad como gastos con tarjeta, inc b) no para el inc a). Ingrese a la clave fiscal y estaban todas! Solo si el OK. Espero les sirva.

  32. LUIS dice:

    Ayer hablé con Netflix y ellos cobran el importe neto el resto es PAYU que no discrimina..envíen a ellos los reclamos pues veo que nadie se los exige Customer Care Payu AR : [email protected]..Tampoco la AFIP veo que lo exige

  33. euge dice:

    ¿Alguien sabe como es en el caso de los docentes de la Provincia de Buenos Aires?

    • Pablo dice:

      Ni idea

    • matias dal zotto dice:

      que caso? si te retienen ganancias, deducilo desde el siradig la compra de dolares, si no te retienen… tenes q hacerlo desde otro lado que se encuentra habiliatado desde principios de enero

  34. juan dice:

    intentando cargar una compra de amazon de octubre, me da «Se detectaron errores en los datos enviados», los datos estan bien, los saque de la misma afip… a alguien mas le pasó?
    Lo demas, de netflix y alguna compra de 200 cargó bien.

    Gracias.
    Juan

    • jlcota dice:

      Veamos si alguien comenta…

      • Javier dice:

        Hola. Yo recibo el mismo error «Se detectaron errores en los datos enviados». Quiero cargar tres percepciones por compra de usd… que están listadas en «Mis percepciones», el formulario me deja cargarlas en forma manual (pues no las levanta en forma automática) pero luego me tira ese error al querer guardar para continuar con el formulario…

    • Javier dice:

      Yo recibo el mismo error «Se detectaron errores en los datos enviados». Quiero cargar tres percepciones por compra de usd… que están listadas en «Mis percepciones», pero el formulario no me deja cargarlas y tira ese error…

  35. Luis Enrique dice:

    Hola, yo compre por despegar en Julio un viaje a Montevideo para febrero 2021, me mandaron la factura el 29/7/2020. cargo esos datos en SIRADIG y me dice que la vigencia es a partir de Septiembre para poder desgravar. Sin embargo yo tengo la factura de despegar con el impuesto País facturado… Como hago para ingresarlo?

  36. Fernando dice:

    Hola hice una compra de pasajes a mis padres con tarjeta mía en Latam. Nunca me mandaron comprobante discriminado, lo pido en el link y no lo mandan. tampoco me sale en AFIP. alguna idea? Gracias

  37. Silvina dice:

    Hola, descontar equipamiento comprado en amazon (antes del impuesto)…se puede?

  38. Daniel. dice:

    ¡Hecho! Gracias por estar siempre para ayudarnos, son unos GENIOS.

  39. Carl dice:

    Hola Tema Netflix no me figura en la factura discriminado el 35 % sino el servicio sin los impuestos En la tarjeta viene el total obviamente pero sin discriminar. Mandé mail a PAYU y me dicen que lo debo pedir en Netflix. Parezco Soledad Silveira en esa pelicula que iba y venia que siempre le faltaba un papelito. Si alguien lo solucionó, bienvenido. Gracias.-

  40. sebimg dice:

    Y que pasa si tenes una reserva que te cobraron impuesto, la afip te lo devolvio y luego se cancela la reserva? Te vuelven a descontar el monto de impuesto de ganancias?

  41. Franc dice:

    Alguien sabe como es el procedimiento por ej. para el que le retienen ganancias por 25000 anual y con la compra de dolares fue 30000, como se reclamarían los 5000 restantes?. Tengo entendido solo te devuelven 25000. Gracias.

    • jlcota dice:

      No te lo puedo asegurar, psi, un contador amigo me dijo que el empleador lo debe devolver, otro que queda como crédito a cuenta de retenciones que te vaya a realizar el empleador en el futuro.

      Veamos si alguien sabe bien y comenta…

      • Guillermo dice:

        Voy a comentar desde mi experiencia personal de las devoluciones pasadas.
        Tuve años en que la retención realizada por el empleador a lo largo del año era superior a lo que me tenia que devolver, resultado: el empleador me devolvió la totalidad de lo abonado como impuesto a los consumos en dólares.
        Tuve años en los que lo retenido no superaba lo abonado como adelantos por consumos en dólares, resultado el empleador me devolvió la totalidad de lo retenido por él y me quedo lo demás como saldo para imputar en futuros u otros impuestos, lo que hice fue una presentación de bienes personales y declare ahorros en dólares y lo que había que pagar salió de lo ya adelantado en su momento.
        Yo aconsejo que no reclamen nada a la AFIP si no tienen todo en regla (hasta vacuna BCG te piden) y ademas tiempo porque van a tener que ir a las oficinas varias veces llevando papeles y formularios, ademas de contratar a un buen contador. Esa es mi experiencia y opinión.

  42. DonCarlo87 dice:

    Buenas, consulta al intentar cargar Pago a Cuenta – Percepciones Servicios Transporte al Exterior

    Llego hasta el final y al guardar me indica cartel rojo «*Si tenes que cargar mas percepciones, tendras que realizar una presentacion ante el Programa de Asistencia al Ciudadano y adjuntar el comprobante respaldatorio.»
    alguien sabe como actuar en este caso? es el unico gasto de este item que estoy cargando.

  43. Juan dice:

    Planteo el siguiente caso para ver que opinan. Trabajador en relación de dependencia que nunca le descontaron Ganancias. Compró dólares en octubre, noviembre y diciembre de 2020 e hizo las presentaciones en AFIP para la devolución de la percepción del 35% mediante el formulario 1746.
    Luego, revisando sus recibos de sueldo de todo el 2020, verifica que la sumatoria de sus ingresos netos anuales superan el mínimo no imponible, dando una Ganancia Neta Anual de $30.000, por lo que le correspondería abonar a la AFIP el 5% de esos $30.000 (la escala más baja), es decir $1500 que su empleador nunca le descontó durante el 2020.
    Este empleado, mediante el SIRADIG, podría cargar hasta el 31 de marzo del 2021 las cuotas de la medicina prepaga y deducir hasta un 5% de su Ganancia Neta Anual, es decir $1500 exactos.
    De este modo, cuando su empleador presente la liquidación anual del empleado en AFIP, en abril de 2021, el trabajador no tendría saldo a favor ni en contra y no tendría la obligación de inscribirse en el impuesto a las Ganancias.
    Sin embargo, si además de las cuotas de la medicina prepaga, el empleado ingresa las percepciones del 35% en el SIRADIG, quedaría con saldo a favor y debería inscribirse en el impuesto a las Ganancias para pedir la devolución del 35%.
    Acá se presentan los siguientes interrogantes:
    1) ¿Es conveniente no cargar ninguna deducción en el SIRADIG y dejar que siga su proceso el pedido de devolución de la percepción del 35% mediante el formulario 1746?
    2) ¿Es mejor cargar en el SIRADIG sólo las cuotas de la medicina prepaga para deducir sólo los $1500 de Ganancias que debería descontarle el empleador y quedar sin saldo a favor ni en contra con AFIP y que siga por la otra vía el proceso del devolución del 35% mediante el formulario 1746?
    3) ¿O hay que cargar las cuotas de la medicina prepaga y las percepciones del 35% para que el empleador descuente los $ 1500 y la diferencia correspondiente a las percepciones del 35% haya que solicitarlas nuevamente pero dándose de alta en en el impuesto a las Ganancias?

  44. Carl dice:

    Buenas tardes El 30 de diciembre hice canje de millas de Latam Pass que se me vencían y por eso tuve que pagar tasas. En los detalles de pago solo viene precio final que era lo que marcaba en la pagina de Latam cuando realizaba el canje. Mi consulta es si dentro de ese pago estaría el 35 % ? En la AFIP no me figura Muchas gracias.-

  45. Juan dice:

    Una consulta, un trabajador en relación de dependencia que no le descuentan ganancias y que hizo el pedido de las percepciones del 35% mediante el formulario 1746, ¿debe además cargar las percepciones del 35% en el SIRADIG? Gracias.

  46. Giselle Luna dice:

    A alguien le paso, las percepciones del 35% por compra de moneda extranjera realizadas desde una cuenta de mi marido (compro desde su usuario)de la que soy cotitular, me imputaron las percepciones a mi CUIT, yo tengo mis propias percepciones hechas de mi cuenta sueldo.. osea que para la afip compre 400 dolares. El banco de la cuenta de mi marido dice que ellos declaran al titular principal y no importa quien compro dolares…(??).. Ahora bien al cargar manualmente las percepciones (no aparecen ninguna en SIRADIG) surge el msg que debo hacer una presentación en el Programa de Asistencia al Ciudadano, que es la nada misma

  47. Gonzalo Luna dice:

    Hola, como están ? una consulta recién vuelvo de viaje y estoy viendo este tema. entre Octubre y Diciembre gaste 1500 dolares. y en la pagina del AFIP me quieren devolver solo 8000 pesos. Según mi cuentas me tienen que devolver mas 50000 mil pesos mas o menos. el resto cuando me lo devuelven ?? Muchas gracias

    • jlcota dice:

      ¿Lo de diciembre te ingresó en la tarjeta que cerró en enero?

    • Guillermo dice:

      Gonzalo, la devolución es el impuesto que te cobraron en su momento (solo el 35%, no se devuelve el 30%) en octubre el dólar bna estaba alrededor de los 77 pesos (varia según el dia del mes) o sea que en octubre el impuesto era de 27 pesos por dólar, con los gastos de diciembre, si el resumen de la TC cerro en enero, hasta el 2022 no lo podes reclamar. Tiene en cuenta que el empleador te devolverá hasta la suma retenida por el empleador en concepto de impuesto a las ganancias, lo demás lo tendrás que reclamar en AFIP por tu cuenta.

      • GONZALO LUNA dice:

        Si, tengo en claro que es solo el 35%., los gastos más grande de tarjeta fueron en octubre y noviembre (1100 dolares). Los 8 mil pesos que me devolvieron fue por lo de ganancia. ¿Me devolverán el resto?

  48. Marina dice:

    Vuelvo a preguntar porque lo hice antes y creo que no se entendió! Jejeje hasta ahora solo se puede pedir lo abonado en 2020? O puedo cargar ya lo abonado en por ej enero 21? Gracias como siempre!!

    • Karina dice:

      No intente cargar 2021, entiendo que te lo permite pero no se validará hasta el momento que finalice el período fiscal.

    • Guillermo dice:

      Cuando ingresas al aplicativo Siradig te pide el año fiscal para el cual vas a cargar las deducciones, podes elegir el 2020 o el 2021, lo que cargues en 2021 tendrá efecto en el cierre del ejercicio que será en marzo/abril del 2022 (la devolución), pero la respuesta es que si, podes cargar los consumos cuando quieras.

  49. Noelia dice:

    Los amo, fue clarísimo y lo pude hacer en un toque.
    ¡Gracias! ¡Saludos y buen finde!

  50. Pablo dice:

    Buenas, no me aprece de forma automática pero cargué los tres meses para la devolución del 35 por compra de moneda extranjera. El problema fue que no me dejo guardarlo y sale la leyenda “SI TENES QUE CARGAR MAS PERCEPCIONES, TENDRAS QUE REALIZAR UNA PRESENTACIÓN ANTE EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL CIUDADANO Y ADJUNTAR EL COMPROBANTE RESPALDATORIO”. Estimo que es porque supero los 10000.

    Alguien pudo solocuinarlo?

    • Karina dice:

      A mi me pasaba lo mismo. El Bco Ciudad loa declaran con régimen 594, fíjate si loa tenes en el inciso b) en vez de a). Hice la consulta a Afip y me respondieron eso y lo solucione, estaban todas las percepciones en el inciso b). Me guarde la consulta y los comprobantes x las dudas. Por ahí te paso igual. Saludos

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