Oficial: el dólar tarjeta y los viajes al exterior suman otro 25% de recargo (acumula un 100%)

Hoy fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General 5272/2022 de AFIP que establece una percepción adicional del 25% para cierto tipo de operaciones en moneda extranjera y pagos a sujetos del exterior.

Así nos afecta esta nueva medida:

  • Dólar Ahorro: queda con el 30% del Impuesto PAIS + 35% de la Percepción de Ganancias
  • Pagos con tarjeta de crédito/débito:
    • queda con el 30% del Impuesto PAIS + 45% de la Percepción de Ganancias si el consumo por sujeto en el mes es de hasta USD 300
    • pasa a tener el 30% del Impuesto PAIS + 45% de la Percepción de Ganancias + 25% de la nueva Percepción de Bienes Personales si el consumo por sujeto en el mes es superior USD 300. No actúa como franquicia. Si es más de 300, todo se paga con el 25% y no el execedente de 300.
  • Compra de pasajes, paquetes, alojamientos, etc. para viajar al exterior
    • pasan a tener el 30% del Impuesto PAIS + 45% de la Percepción de Ganancias + 25% de la nueva Percepción de Bienes Personales

Importante: el tope de USD 300 es por sujeto por mes, de modo que se computarían los consumos con todas las tarjetas. Por sujeto, quiere decir por CUIT o CUIL.

Importante Nº 2: es un lío leer esta norma, pues va refiriendo a otras que a su vez refieren a otras. Si interpretan algo diferente, avisen y vamos revisando.

En detalle, el Artículo 9 de la Resolución General 5272/2022 del 13/10/2022 establece sobre la nueva percepción del 25%:

Sobre tales montos se aplicarán las siguientes alícuotas:

a) Para las operaciones previstas en el inciso a) del artículo 35 de la mencionada ley: TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%).

Nota de Info: Se refiere a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera -incluidos cheques de viajero- para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones en los términos de la reglamentación vigente en el mercado de cambios, efectuada por residentes en el país;

b) Para las operaciones previstas en los incisos b) y c) del artículo 35 de la mencionada ley, cuyo monto mensual -considerado por sujeto- sea inferior a DÓLARES TRESCIENTOS (USD 300): se practicará una percepción de CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%).

Nota de Info: Se refiere a:

  • Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito comprendidas en el sistema previsto en la ley 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentación, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. Asimismo, resultan incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera;
  • Cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente locatario o prestatario destinadas al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito comprendidas en el sistema previsto en la ley 25.065 y cualquier otro medio de pago equivalente que determine la reglamentación, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. Asimismo, resultan incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera;

c) Para las operaciones previstas en los incisos b) y c) del artículo 35 de la mencionada ley, cuyo monto mensual -considerado por sujeto- sea igual o superior a la suma de DÓLARES TRESCIENTOS (USD 300) y para las operaciones previstas en los incisos d) y e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones: se practicará una percepción de CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) y otra de VEINTICINCO POR CIENTO (25%).

Nota de Info: se refiere a lo mismo que el punto anterior, pero cuando se supera un consumo de USD 300 mensuales, más lo siguiente:

  • Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país.
  • Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado único y libre de cambios al efecto de la adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación.

d) Para las operaciones previstas en el inciso b) del artículo 13 bis del Decreto N° 99/19: se practicará una percepción de CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) y otra de VEINTICINCO POR CIENTO (25%).”

Nota de Info: se refiere a la importación de las mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en el Anexo I de este decreto.

A valor de hoy, considerando que el dólar oficial cuesta AR$ 157, la cuenta sería:

Dólar oficial BNA $157,25
+ 30% Impuesto PAIS $47,18
+ 45% Percepción Ganancias $70,76
+ 25% Percepción Bs. Personales (nueva) $39,31
Total dólar tarjeta (consumos mayores a USD 300) $314,50

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207 Respuestas

  1. Pblo dice:

    Pero ellos no viajan, estan en Argentina y tengo la extension de su tarjeta y es solo por el.consumo de 1 o 2 meses

  2. Claudio dice:

    El principal y unico enemigo de los argentinos no es mas que otro argentino,piensan en castigar a los que viajan, pero se olvidan de los cientos de miles de turistas extranjeros que llegan al pais con otros cientos de miles de dolares, que saltan al estado, y quedan en los negocios hoteles restaurantes etc , en vez que queden en el estado, es tan grande la maraña y la burocracia, que restringen aca y se pierden los de afuera,

  3. Carlos dice:

    Hijos ****** .. habría que solicitar a algun juzgado con huevos una medida cautelar para que dejen de robarnos en la cara.

  4. Noelia dice:

    Hola, y si abonan paquetes a agencias por transferencia en pesos? Se aplica la nueva percepción?

  5. Silvio dice:

    «el tope de USD 300 es por sujeto por mes». Entonces si tengo mas de una tarjeta de debito/credito y de distintos bancos, el límite es U$S300 es la suma de los consumos de todas mis tarjetas? Y el mes es calendario (Octubre, Noviembre, etc) o corren de a 30 dias desde el inicio de la normativa (13/10)? Y si dos sujetos (yo y mi mujer) comparten una misma Caja de Ahorro pero tienen distintas tarjetas, el limite de consumo seria U$S600?

  6. Omar dice:

    Yo no pago Bienes Personale..Cómo me lo devuelven?

    Sera como la del 45%

    O habrá que pedir en la web del Vaticaco?

    • Pablo dice:

      Supongo que igual que el 45. Se toma directamente como un pago a cuenta

      • Omar dice:

        Igual tenes 300 x persona x mes x cuil
        ..sacarse Airbnb x mes y no pagas el 25..ídem si tomas vacaciones que abarcan 2 meses tenes 600 x persona
        Más los 200 x mes previo al viaje
        Yo el martes saque en pesos..sabiendo que se venia esto.
        Iupi

  7. Omar dice:

    Igual falta poco
    .no hay un dolar
    .sequia y además el campo no va a sembrar..se quedo con lo recaudado
    La carne seguirá aumentando x la falta de oferta..y que China paro las importaciones..
    .El campo .compro verdes cuano le pagar a 200 el dolar, .y anda a sacárselos..
    El blue seguirá subiendo y va a perder más reservas el Banco Central
    La mentira de los aumentos a los trabajadores pues le dan en tramos…y cada tramo tenes -6,5 % que perder x la inflación.
    Lps lo que gastan en tarjetas seguirán gastando y mo gastan 300 dolares sino miles..y los dólares se seguirán yendo..
    .

  8. Gonzalo dice:

    yo no probé porq no puedo, pero a fines de Septiembre fui a Foz y con la tarjeta de debito del HSBC me salía rechazada, asiq llamé y mandé mail al banco y me dijeron q por disposición de VISA, podían requerir autorización, por compra llamando a un nro de tel, asiq no la pude usar (quien se va a poner a llamar al exterior desde el exterior para pagar 10 dolares por ej?), la del provincia de mi sra funcionó sin problemas, no viajaba al exterior desde el 2019, y nunca me había pasado.

  9. Ro dice:

    Consulta si compro desde Airbnb que está en dólares. Y hago un stop débit y pago lo de Airbnb en dólares con mí cuenta en dólares. También cobran el 25?

  10. Lorena dice:

    Hola sabras si ese impuesto tambien esta excepto para compras de salud o educacion?

  11. Joaquin dice:

    Buenos días, tengo una duda en cuanto a los tiempos, el total por mes se computa teniendo en cuenta la fecha de cada uno de los consumos o sobre el cierre de tarjeta? Por ejemplo si tengo una tarjeta A que me cierra el 20 y ahi gaste 250USD durante el mes corriente (ponele 1-20) y tengo otra tarjeta B que me cierra el 5 e hice gastos tanto en mes anterior y hasta el 5 inclusive (ponele que en total sumen 100 mas, 50 entre el 1 el 30 del mes anterior y 50 entre el 1 y el 5). Se me cobra o no el impuesto?

  12. Jime dice:

    Hola! Si realice compras en el exterior por u$500 con tarjeta de crédito, si pago el resu parte del resumen con u$210 , sobre el faltante que lo cancelaría en pesos ( y estoy por debajo de los $300 permitidos por mes), me cobran igual el 100 % de impuestos?

  13. Silvio dice:

    Hola- alguien sabe si ya están cargando el 25% en los casos en los que se gasta más del tope de U$S300 pero usando distintas tarjetas y de diferentes bancos? En el caso de hacerlo con tarjetas de dèbito, me cuesta entender como cargarían el 25%… en cual tarjeta, en que momento (al instante o más adelante), y si fuera más adelante, como emitirían el cargo en caso de que la cuenta no tenga fondos suficientes… Alguien sabe y/o tuvo experiencia en un caso así?

  14. Emilia Margaglione dice:

    Si pago Airbnb..con tarjeta credito 400 dolares..alquiler en argentina..como me cobran los dolares en el resumen de ña tarjeta?

  15. Daniel dice:

    En mi caso, mis consumos en mi tarjeta MasterCard fueron USD 258,21 en Octubre, y USD 76,62 en Noviembre. Sin embargo, como todos aparecieron reflejados en el mismo resumen (emitido el 24 de noviembre), me aplicaron la percepción de 25%. Pareciera que están calculándolo por resumen, y no por mes calendario.

    • Pablo dice:

      gracias por el dato

    • jlcota dice:

      Uhmmm, imagino que este mes iremos teniendo más info.

    • Daniel dice:

      Intenté hacer un reclamo por el homebanking y esta fué la respuesta del banco (HSBC):

      »
      En relación a tu contacto, te informamos que la nueva Resolución General N° 5272/2022 de AFIP establece que desde el 13/10/2022 se aplica una percepción impositiva del 25% sobre consumos realizados en dólares, tanto presenciales como de e-commerce ubicados en el exterior (por ej. Booking), del titular y adicionales, cuando la suma de todos los consumos al cierre de cada resumen sea igual o superior a USD300.

      Podrás ver el débito en tu resumen bajo esta leyenda:

      IMPUESTO RG 5272 25%
      «

  16. Claudio dice:

    Hola ¿cómo estás?
    Si pago todo en USD, ¿me aplican el impuesto del 25% también?
    Gracias

  17. daniel di martino dice:

    Hola, compré un alojamiento en el exterior por Despegar. El monto lo ví en pesos. Recién cuando realicé la compra aparecieron desglosados todos los impuestos incluido el de la RG 5272. Si se hubieren detallado todos los impuestos no sé si lo hubiese comprado. Me consuela saber que en un mes voy a pagar en pesos y que si hubiese sido en dólares quien sabe que monto sería. Saludos.

  18. Pablo dice:

    Buenas tardes, si pago la tarjeta con dolares de mi cuenta, los impuestos corresponden? el 25% ?

  19. Elio dice:

    Buenos dias, como se puede recuperar el 25% de Bienes Personales, si soy empleado en relacion de dependencia, me hacen retencion de 4ta categ, pero no tengo que pagar Bienes personales por estar por debajo del limite? Tengo que pedir devolucion o lo puedo aplicar / informar comosi fuera retencion de ganancias de 4ta categoria? Hay algo mencionado con respecto a esta situacion? Gracias

  20. Sandra dice:

    Buen día, alguno pudo saber si el mes es calendario o por resumen de tarjeta que aplican el 25 % de recargo a compras que superen los 300 U$.?

  21. Maria dice:

    Viajé en Enero y el resumen de la tarjeta lo pago en febrero. (Pero son compras de Enero) Con un consumo de us 290.
    Hoy El banco me deja comprar los us 200 en Febrero.
    Saben si compro esos us 200 si luego me querrán cobrar los impuestos adicionales por pasarme de los us 300 entre tarjeta y compra de us?

  22. luciano dice:

    Buenos días, si yo hago varios consumos de menos de 300 con débito entra el 25 % ??

  23. Sabrina dice:

    Hola gente, buen día, les hago una consulta: en teoría el tope de USD 300 es por sujeto por mes, quiere decir por CUIT o CUIL, fui con mi esposo a Brasil, usamos ambos la tarjeta de crédito y gastamos entre los dos USD 330, o sea q cada uno gastó mucho menos de los USD 300 pero la suma de los consumos de ambas tarjetas superó los 300 y en el resumen de la tarjeta nos cobran todos los impuestos correspondientes al dólar Qatar, eso está bien o tengo q reclamar? Será que en vez de ser por individuo es por resumen de tarjeta?

  24. Sapu Lina dice:

    Hola gente buen día, consulta: en teoría el tope de USD 300 es por sujeto por mes, quiere decir por CUIT o CUIL, verdad? fuimos con mi esposo a Brasil, ambos usamos la tarjeta de crédito de cada uno y entre los 2 gastamos poco más de 300 USD, pero en el resumen de la tarjeta como los consumos de las 2 tarjetas superan los 300 USD nos cobraron el 25 % adicional. Esto está bien o tengo que reclamar? Será que los 300 USD son por resumen de tarjeta en vez de por sujeto? Si me pueden aclarar les agradezco. Gracias, saludos

    • jlcota dice:

      Hola,

      ¿Las dos tarjetas eran de la misma cuenta, es decir, todos los gastos vinieron en un mismo resumen?

      Saludos

      • Sapu Lina dice:

        Si, osea usó la tarjeta el titular y el que tenia una extensión o adicional de la tarjeta. Llegan ambos consumos en el mismo resumen pero son de 2 personas distintas.

  25. Jorge dice:

    Es por CUIL

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