Argentinos no pueden ingresar a España por turismo, aunque estén vacunados

Hay importantes cambios en la normativa que establece nuevos requisitos para el ingreso a España en el contexto de la situación generada por la Covid-19.

Las novedades entran en vigor desde las 00:00 horas del 27 de julio de 2021 por un periodo inicial de catorce días naturales (hasta las 24 horas del 10 de agosto), pero puede ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan.

Hace unos días ya habían determinado que todas las personas que lleguen a España procedentes de Argentina, Bolivia, Colombia y Namibia, deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo

La gran novedad es que los extracomunitarios que pretendan ingresar a España por turismo partiendo desde Argentina, Bolivia, Colombia o Namibia no podrán hacerlo, aunque estén vacunados.

Asimismo, los nacionales de terceros países procedentes de estos cuatro países (entre los que figura Argentina), únicamente podrán entrar en España, en virtud de la Orden INT/790/2021, de 23 de julio, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, si pertenecen a alguna de las siguientes categorías:

  • Residentes en España o en Andorra;
  • Cónyuges de ciudadanos españoles o parejas con la que estos mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, o aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con el ciudadano español;
  • Personas incluidas en las categorías a), b), d), e) e i) de la Orden INT/657/2020:
    • a) Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.
    • b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.
    • d) Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
    • e) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
    • i) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

En esta modificación de la orden desaparece la aplicación de la excepción k), la referida a personas vacunadas, «cuando se trate de personas llegadas a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España, con o sin escalas intermedias, en vuelos desde aeropuertos situados en terceros países, a las que se someta a cuarentena por Orden del Ministerio de Sanidad.»

Todo esto es información oficial recopilada y compartida por la Embajada de España en Argentina:

Un resumen, con las certezas que tenemos hoy, miércoles 29/07 a las 8h de Argentina:

  • Personas argentinas volando desde Argentina con pauta de vacunación completa: no pueden ingresar a España
  • Personas argentinas con pauta de vacunación completa volando desde otro país que no esté en la lista de cuarentena obligatoria: pueden ingresar a España (queda confirmar si es necesario estar una cantidad de días fuera de Argentina para que aplique)
  • Personas que residen en España y vuelan desde Argentina: pueden ingresar a España, deben hacer cuarentena
  • Personas con pasaporte europeo no residentes volando desde Argentina: pueden ingresar a España

Links de interés:

  • MINISTERIO DE SANIDAD Orden 5ND/791/2021, de 23 de julio, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/24/pdfs/BOE-A-2021-12405.pdf
  • MINISTERIO DEL INTERIOR Orden INT/790/2021, de 23 de julio, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-12404

Datos de contacto en Buenos Aires:

  • Correo electrónico: [email protected]
  • Av. Figueroa Alcorta 3102 C 1425 Buenos Aires (Argentina) TEL.: 00 54 4809-4900

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276 Respuestas

  1. Claudia dice:

    Necesito reprogramar vuelo de Air Europa que es en los próximos días.
    No responden.
    Algún dato que me puedan pasar de cómo hacerlo?
    Gracias

  2. Merlina dice:

    Hola chicos! Mi papa viaja con pasaporte español. Tendría problemas para ingresar?
    Igualmente vamos a hacer el tramite de empadronamiento a la distancia para acreditar su residencia

    • jlcota dice:

      Hola, Merlina,

      Con pasaporte español no vemos problema, aunque deberá realizar cuarentena.

      Saludos

  3. Gustavo Panetta dice:

    Por favor lean lo que dice la página web de Aerolineas:
    NFORMACIÓN IMPORTANTE PARA PASAJEROS VIAJANDO A ESPAÑA

    IMPORTANTE A PARTIR DEL 27 DE JULIO 2021: todo pasajero que arribe a España procedente de Argentina deberá realizar cuarentena de 10 días. Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día se le realiza a la persona una prueba diagnóstica de infección activa (NAAT) y obtiene resultado negativo.

    Podrán ingresar a España:

    • Españoles

    • Residentes en España

    • Europeos nacionales de países Schengen

    •Argentinos y personas de otras de otras nacionalidades podrán embarcar sólo si:

    1. Demuestran una conexión aérea hacia su lugar de residencia dentro de las 24 horas de arribado el vuelo a Madrid cumpliendo con la documentación necesaria requerida por el país de destino (Consultar dichos requerimientos con los consulados correspondientes).

    ó

    2. Demuestren, presentando el certificado de vacunación físico, tener administradas las pautas completas de las vacunas autorizadas por la OMS (Organización Mundial de la Salud) y la AEM (Agencia Europa del Medicamento) con un mínimo de 14 días previos al viaje. Estas vacunas son: Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Sinopharm y Sinovac-Coronavac. Ante la presentación de dicho certificado no se exigirá la prueba de diagnóstico negativa. Los menores de 6 años no necesitarán demostrar ninguna vacunación.

    Todos los pasajeros deberán:

    • Completar la información requerida por las autoridades sanitarias ingresando al sitio web de Spain Travel Health https://www.spth.gob.es 48 horas antes de la partida del vuelo. Una vez ingresados los datos recibirá un correo electrónico, con un código de seguridad y un enlace para poder completar el formulario FCS asociado a su viaje y obtener así un código QR. Dicho código QR deberá ser presentado en su teléfono celular o impreso en papel para poder presentar en el control sanitario del aeropuerto.

    • Presentar un certificado de una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) negativa aceptada por el Ministerio de Sanidad español. En la actualidad las PDIA aceptadas por el Ministerio de Sanidad son RT-PCR (Reverse Transcription Polymerasa Chain Reaction), TMA (Transcription-Mediated Amplification) además de otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes como la RT-LAMP (Loop-Mediated Isothermal Amplification) y Test de antígenos; las mismas deberán ser realizadas dentro de las 48 horas previas a la hora programada de la llegada a España. Se admiten resultados de pruebas en español, inglés, francés o alemán.

    Quedan exceptuados de presentar la prueba diagnóstica negativa:

    Los niños menores de 12 años,

    Aquellas personas que acrediten haber tenido la enfermedad COVID-19 desde los 11 días y hasta los 90 días previos al vuelo, en estos casos deberán acreditar el resultado de laboratorio con resultado positivo (técnicas de detección de ARN: RT-PCR /LAMP/NAAT) y un certificado médico de alta epidemiológica.

    Aquellos pasajeros que presenten el certificado de vacunación físico, tener administradas las pautas completas de las vacunas autorizadas por la OMS (Organización Mundial de la Salud) y la AEM (Agencia Europa del Medicamento) con un mínimo de 14 días previos al viaje. Estas vacunas son: Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Sinopharm y Sinovac-Coronavac.

    • jlcota dice:

      Vayamos viendo en el transcurso del día cómo se desarrolla este tema…

      • PAULINA DI IORIO dice:

        buenos dias, viajo el 29/7 BUE-BCN. soy ciudadana italiana. consulte en iberia y en el consulado español, y me dijeron que podria ingresar sin ningun problema. pero como no hace referencia en ningun lado a los ciudadanos comunitarios. me siento insegura!! saben algo??

        • jlcota dice:

          Tenemos informaciones extra ofciales dispares, Paulina 🙁

          Esperemos en el transcurso del día poder clarificarlo.

    • Cba dice:

      Ésto cambia todo, de que aerolínea es??

  4. Cba dice:

    Es verdad que están dejando viajar igual, argentinos vacunados, por iberia, hay muchos rumores de gente que embarcó igual… Que pasa finalmente?

  5. Leandro dice:

    Una consulta, españoles con pasaporte vigente sin vacuna pueden ingresar haciendo cuarentena por ejemplo, o con test 48hs antes? No confío en la vacuna aún, pero me voy a laburar allá en breve. Gracias

  6. mag dice:

    Buenos dias, estuve leyendo todas las publicaciones del BOE, la pagina del ministerio de salud español y diversos medios internacionales y en ningún lugar se hace mención de esto.

    No hubo comunicación oficial posterior a la del sábado 24, ni nuevas medidas publicadas por ningún medio. Las medidas del sábado 24 son las que salieron en todos los diarios, que introducen cuarentena para personas vacunadas provenientes de países de riesgo. Después de dedicar bastante tiempo a leer me da la sensación de que todo este espamento es simplemente una mala interpretación de una comunicación incompleta de la Embajada de España.

    Los canales oficiales españoles siguen diciendo lo mismo que dieron todos los diarios el sabado 26, y que también dicen las aerolineas.

    • jlcota dice:

      Hola, Mag,

      Al pie de este post tenés los links a las normas en el BOE y está insertado en el cuerpo del post el tuit de la Embajada interpretándolas.

      Saludos

      • mag dice:

        Leí los BOE y claramente dicen que se ingresa con prueba de vacunación y se hace cuarentena. Lo mismo dice en la página del Ministerio de Salud y en varios portales internacionales que detallan restricciones de viajes. Sólo la comunicación de la Embajada resulta ambigua sobre ese punto.

        También resulta raro que habiendo sido tomada esta medida el sábado y comunicada por todos los medios, sólo hoy se cambia un punto tan relevante y SÓLO es comunicado por la Embajada.

        • jlcota dice:

          Aquí está la norma en la que figura la restricción, Mag: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-12404

          • mag dice:

            Gracias jlcota!
            Lo leí también y busqué y leí «La Orden INT/657/2020, de 17 de julio,» que es la que ese boletín modifica, diciendo que las medidas de cuarentena «solo serán de aplicación las excepciones recogidas en las letras a), b), d), e) e i),» etc. — La orden en cuestión es de Julio del 2020, cuando aún no había vacunación. Eso explicaría que no haga mención a ese item al modificar el detalle de esa orden, ya que no lo contemplaba como una excepción posible en ese momento.

            Asimismo, el BOE-A-2021-12405.pdf (05, uno dps que 04), indica que las personas provenientes de los países de riesgo pueden entrar siguiendo la normativa de sanidad (presentar prueba de vacuna) y deberán someterse a cuarentena.

            Reitero, creo que la comunicación de la Embajada es incompleta y que todo esto es una mala interpretación. Este artículo y ese hilo de twitter (donde ya alguno dijo que se comunicó con autoridades españolas y desmintieron la interpretación) son los únicos lugares de internet donde se está planteando esto.

            No me interesa salir a desmentir cosa, pero este es un tema sensible que afecta mucha gente. Invito a leer con cuidado los boletines y ante la duda revisitar al ministerio de salud español. https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/spth.htm

            • jlcota dice:

              Hola, Mag,

              Avisamos enseguida sobre esto porque al leer la normativa nos dimos cuenta de que argentinos no iban a poder ingresar, compartimos el tema con colegas y otros profesionales del sector que deben lidiar con la gestión de estas cosas y efectivamente hoy hubo argentinos que no pudieron embarcar hacia España.

              Hay indefiniciones y grises, pero hay algo bien claro, extracomunitarios no pueden ingresar a España si van por turismo en un vuelo desde Argentina.

              Saludos

  7. Fabián dice:

    Para quienes tengan pasaportes comunitarios les paso informacion verídica de hace minutos: Sí, se puede ingresar a España aunque salgas de Argentina, si se posee pasaporte comunitario.

    Hace 6 hs ingresó una de mis hijas y hace una hora la otra. Ambas partieron ayer desde Ezeiza, pero tenián diferentes segundos tramos …

    Les hicieron test rápido al llegar al aeropuerto y les dijeron de la cuarentena. Pero tal cual muchos pensamos, no hay ninguna restriccion para comunitarios que residen por ej en Argentina.

    Un saludo grande para todos y ojalá flexibilicen pronto los vuelos desde y hasta Argentina.

    • Pablo dice:

      Ayer era otra vida. Hoy algunas aerolíneas no los subieron

      • Fabián dice:

        Conocés algún caso en el que le digan a alguien que no embarca teniendo pasaporte comunitario? A mi eso ya me sorprendería sobremanera, pero en Argentina todo es posible. Un detalle simple, ayer a una de mis hijas le sellaron la tarjeta de embarque sobre el código de barras, por lo tanto al abordar en Ezeiza no era reconocido por el lector, aunque la embarcaron igual. Luego le pasó lo msimo cuando hizo escala, pero descargó la tarjeta de embarque digital y escaneó la imagen del celular. No podían creer que hubieran superpuesto un sello al código que te permite acceder al embarque …

    • Agustina dice:

      Hola! No veo mi comentario, por lo que no estoy segura de que se haya publicado así que lo escribo nuevamente (perdón si sale dos veces)
      Yo tengo una visa D emitida por Suiza. Por lo que entendí, puedo entrar a España, no? Ya que dice: “Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país”.
      Yo tengo esa visa, y como esto es de la lista de las personas que pueden entrar a españa, entiendo que si. Pero nadie del consulado me contesta y me hace dudar el “que se dirijan a ese país”. Eso no es escala, no? Porque es excepcion para ingresar, no para hacer escala.
      Saben de alguna fuente oficial? O tienen algun contacto de alguien que me lo pueda confirmar?
      Muchisimas gracias!

      • Pablo dice:

        Todo es dudoso hoy. Veremos si en estos días se aclara

        • Agustina dice:

          Gracias! Pero sabes si antes de estas nuevas restricciones sí se podia? Eso que puse está en las excepciones desde siempre. Gracias!

          • Agustina dice:

            Es decir, lo que necesito es confirmar de alguna forma oficial si ese punto “Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país” implica que pueden entrar a españa o hacer escala.

    • Raquel Betanzos dice:

      Yo pregunto la cuarentena la tenemos que hacer en un hotel o en la casa de un familiar porque yo voy a visitar a mis hijos

      • Cariz dice:

        La podés hacer adonde vayas, hotel, domicilio privado, alojamiento. En hotel te controlan más, porque según me respondieron en mails algunos establecimientos, una vez que ingresás no podés salir del cuarto ni recibir servicios. O sea, nadie entra a limpiar siquiera, te dejan todo en la puerta, cual peste medieval.
        En domicilios privados tenés más posibilidades de movimiento, porque podés salir a buscar tus artículos de primera necesidad (que cierta hoteleria dice proveer para no dejarte salir).
        Es una medida molesta, que puede llegar a quebrarte animicamente si no estás bien preparada. Pero no será tu caso porque vas a ver a tus hijos, se supone que allí la harás y que no pasarás por las peripecias de los que estamos confinados en un cuarto de hotel, por más lindo, aireado y luminoso que sea.
        ¡Suerte!

  8. Ariel dice:

    Hola! Consulta para el tema de ingreso. Saben con exactitud si el test de antígenos gratuito que se realiza en los centros de la Ciudad de Buenos Aires es válido para el ingreso a España? (viajamos con pasaporte español desde Argentina, y sólo usando Madrid como hub de conexión para otro vuelo posterior). Leí las especificaciones de Sanidad de España, pero desconozco si dicho test sirve. Alguno tiene idea para confirmar esto? Mil gracias!

    • jlcota dice:

      Hola, Ariel,

      No lo puedo asegurar, veamos si alguien probó y comenta…

      Saludos

    • NORA IRENE CANAVESI dice:

      tengo entendido que tiene que ser una PCR hasta 72 horas antes de la fecha de arribo

    • Pepedu dice:

      Un amigo y su madre acaban de llegar a Madrid desde Ezeiza, ambos argentinos con pasaporte italiano y español respectivamente. El hijo al tener solo 1 dosis se hizo test PCR en laboratorio privado, la madre con las 2 dosis no hizo falta. Te diría q el del GCBA no es admitido

  9. Cb dice:

    Pero se sabe algo de pasajeros con pasaporte argentino y vacuna dicen que no pero leí varios que embarcaron, comenten, porque tb se decia pasaporte comunitario no y ahora la gente pone que si.

    • jlcota dice:

      Supimos de casos como el que relatás que no pudieron embarcar. Tal cual lo previsto de acuerdo a la normativa que entró en vigencia hoy.

  10. norbert dice:

    BOE:1.D. Viajeros en tránsito por aeropuertos españoles

    Si el tránsito en España se realiza sin salir de la zona internacional, no se le exigirá la presentación de un certificado. Si el transito implica el paso por los centros de control fronterizo y por tanto la entrada en territorio español, deberán presentar su “QR TRÁNSITO”, la tarjeta de embarque o billete de compra del siguiente o siguientes vuelos de la conexión para demostrar que el destino final es internacional, y podrán continuar su viaje, siempre y cuando el tránsito tenga una duración inferior a 24 horas y no se salga del recinto aeroportuario.
    HOLA,ESTE ESEL PUNTO QUE DEBERIAMOS ACLARAR TANTO PARA COMUNITARIOS COMO EXTRA COMUNITARIOS SALUDOS

  11. Mariela dice:

    Hola, no termino de entender si uno llega a Barajas y a las horas toma un vuelo a otro destino donde estando vacunado pueda entrar al país… ahí no hay cuarentena no? Ejemplo: estoy vacunada con dos de AZ, y a hoy podría entrar en Francia. Cuando llego a Barajas podría a las horas tomar un vuelo a París y evitar la cuarentena?

  12. Guillermo dice:

    Hola. Tengo pasaporte italiano y las dos vacunas Sinopharm. Si salgo desde Ezeiza y estoy 14 dias en Miami antes de ir a Madrid, debería hacer cuarentena? Gracias

  13. Raquel dice:

    Todos los que queremos viajar a España estamos preocupados, yo tengo vuelo para diciembre que pasará para esa época??? Tengo pasaporte italiano y hago escala en Amsterdam. Cuando entré a España De dónde me van a tomar que llegó, solo quiero ver a mis hijos

    • jlcota dice:

      Hola, Raquel,

      Faltan como dos años para diciembre, toca esperar un poquito a ver qué pasa con estas medidas que en principio tienen vigencia hasta el 10/08.

      Saludos

  14. Cristina dice:

    Tengo a mi hija internada en terapia con covid en Torremolinos,. Vive sola y necesito urgente poder ir a estar cerca de ella.- No tengo ciudadania y acá me dieron una sola dosis de sputnik.- Contemplarán este caso? .Aunque deba llegar y hacer cuarentena de 10días, no me importe.- Si Dios quiere va a salir de terapia y necesitará estar asistida luego de esto.-Espero coemntarios

  15. Guillermo T. dice:

    Hola! tengo pasaporte argentino y viajo a USA y me quedo 14 dias alla y viajo directo desde USA a Madrid. Me van a dejar entrar? Gracias!!!!

  16. Paoila dice:

    Hola tengo pasaporte español y estoy vacunada con 2 dosis de. SINOPHARM puedo ingresar a España sin ser residente a Partir del 6 de Agosto?? Muchas gracias

    • jlcota dice:

      Hola, Paola,

      Sí, podés por tu pasaporte español, si vas desde Argentina tendrás que hacer cuarentena.

      Saludos

      • Paola dice:

        Muchísimas gracias!! Tenía dudas con las nuevas restricciones y el consulado se pasó enviandome links con normativas en vez de responder claramente como lo hacen en este forum. ??
        Mi pasaporte Español vence el 19 de Agosto 2021 y voy a renovarlo allí, si entro antes de esa fecha, puedo sacar pasaje ida y vuelta para regresar a Argentina en Noviembre?? O debe tener vigencia el pasaporte hasta después de fecha de regreso. De ser esa la situación, debería solo sacar ida y una vez cn pasaporte renovado la vuelta? Aguardo tu recomendación JLCota
        Saludos
        Paola

        • jlcota dice:

          Hola, Paola,

          Podés sacar pasaje de ida y vuelta, si te piden informar pasaporte al emitirlo podés poner el argentino y luego lo cambiás en el check-in o en el mostrador.

          Saludos

  17. Florentina dice:

    hola, llego el 5de agosto a Madrid desde argentina, tengo pasaporte italiano. Mi pregunta es, si me dejarían ingresar, poder tomarme un tren a Barcelona y realizar la cuarentena alli, en casa de una amiga, no tengo residencia en Barcelona. Muchas gracias. Saludos!

  18. Liliana dice:

    Una locura ,se la tomaron con argentina tengo un hijo y nuera trabaja ,da trabajo nació mi nieto no lo puedo ir a conocer ,no tengo pasaporte comunitario y estamos mi marido y yo atrapados por la sptnik,nos realizamos examen
    de inmunidad y tenemos 150U/ml una barbaridad y no la aprueban ,esto es una locura y nos quieren volver locos ,buscaré vacunarme con otra vacuna y ahora los argentinos somos como ratas ahora esto no podemos entrar al país de nuestros abuelos ,lnsisto ocura total e injusticia……porque España nos castiga así….

  19. Andres dice:

    Hola, viajo el 2 de agosto con mi padre, el tiene pasaporte español, yo no, entiendo que puedo entrar por ser su hijo, tengo sacada una partida de nacimiento. es correcto esto ?

    gracias.

  20. Paulina Di iorio dice:

    Hola!!! Confirmado! Me respondieron mail muy claros. Ciudadanos comunitarios pueden ingresar cumpliendo con los requisitos de cuarentena, pcr y qr. ??

    • Pablo dice:

      Genial!

    • Jeremías dice:

      Hola Paulina , quien te envió ese email ? Estoy intentando averiguar por todos lados y hay mucha desinformación . Viajo hoy al medio día a España con pasaporte italiano .

    • Federico dice:

      Hola Paulina, ¿eso te contestaron desde el Ministerio del Interior de España?

      Sería muy bueno si pudieras compartir ese mail. Gracias!

      • PAULINA DI IORIO dice:

        holaaaaaa como estan? el consulado general de españa me contesto. aqui no se puede adjuntar foto, si quieren les copio lo que dice:
        MAIL DEL 27/7 A LAS 11 PM

        Estimado/a señor/a:

        En este momento, los ciudadanos españoles y los ciudadanos comunitarios que porten pasaporte comunitario en vigor, sus cónyuges o parejas de hecho con la que estos mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, e hijos a cargo (menores) pueden ingresar a España mientras puedan acreditar el vínculo con el ciudadano/a comunitario/a y siempre que viajen con o para reunirse con él.

        Al ingresar a España se deben cumplir los requisitos sanitarios que se detallan la página web http://www.spth.gob.es , así como también con el período de cuarentena conforme la Orden SND/791/2021, de 23 de julio, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

        Para mayor información ingrese al siguiente enlace:
        https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/24/pdfs/BOE-A-2021-12405.pdf

        Le saluda atentamente,

        Consulado General de España en Buenos Aires
        C/ Guido 1770
        (1016) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
        Teléfono: 0054 11 4814 91 00
        Fax: 0054 11 4811 00 79
        Página web: http://www.exteriores.gob.es/consulados/buenosaires/
        Trámites on line: http://www.cgeonline.com.ar

    • Sandra Fabiola Piana dice:

      Podrías mandar captura de pantalla de dicho mail o reenviármelo, por las dudas objeten algo?

  21. Javiiix dice:

    Con pasaporte chileno y sin vacunaciion da para ir?

  22. Paola dice:

    BS Ds!! Escribí ayer pero no veo mi pregunta. JLCota grs x toda la info que están facilitando, están ayudando un montón!! Mucho más que el consulado que solo envía links con normativas para leer en vez de responder directamente!

    Quería saber si puedo sacar pasaje de Ida y Vuelta si mi pasaporte español vence el 19 de Agosto 2021 y quiero regresar en Noviembre 2021 . Lo renovare en España.
    O debo sacar solo pasaje de ida y luego una vez renovado el de vuelta?
    Muchas gracias nuevamente!
    Paola

    • Cintia C. dice:

      Hola, Paola. Desconozco si eso te puede generar algún problema, entiendo que estará vigente a la ida. Yo insistiría con el consulado para absoluta tranquilidad. Saludos.

  23. Paola dice:

    Alguien sabe que info debes completar para obtener el QR? Con vacunacion completa y pasaporte español hay q hacer tb PCR 48hs antes de salir??
    Grs

  24. Yanina Garcia dice:

    Buen día, si viajo con pasaporte argentino desde chile con pauta de vacunación completa de AztraZeneca me dejaran entrar? Seria para noviembre

  25. Yanina Garcia dice:

    Hola buen dia quería saber si puedo viajar a españa desde chile con pasaporte argentino y la pauta de vacunación completa gracias

    • Cintia C. dice:

      Entendemos que sí, pero, como explicamos en el post:

      Personas argentinas con pauta de vacunación completa volando desde otro país que no esté en la lista de cuarentena obligatoria: pueden ingresar a España (agregamos hoy: no sabemos si es necesario estar una cierta cantidad de días fuera de Argentina para que aplique)

  26. Paola dice:

    Buenas noches. No me. Queda claro si es necesario realizar un PCR antes de salir de Argentina para ingresar a España con Pasaporte español ya teniendo el certificado de vacunacion completo!
    De ser así cuanto tiempo antes hay que hacer el PCR? GRS!

  27. Fernando dice:

    Yo soy argentino y estoy en Miami hace 3 meses, me vacuné con pfizer. Puedo viajar a españa? Solo tengo pasaporte argentino.
    Saludos y gracias

  28. Maria Cecilia Lagger dice:

    Hola! Consulta, no teniendo pasaporte europeo, puedo entrar a España desde Francia? (terrestre o aéreo), alguno sabe?
    Gracias!

  29. Maria Cecilia Lagger dice:

    Claro, pero si entro desde Francia?

    • Cintia C. dice:

      No sabemos si hay una cantidad de días que deban pasar desde tu salida de Argentina para que no tengas que hacer cuarentena.

      • Maria Cecilia dice:

        Gracias. Tuvieron o alguien tiene data de cuantos días tendría que pasar por ej en este caso en Francia (viniendo desde Argentina) antes de entrar a España?
        Se agradece!

        • Cintia C. dice:

          Por una respuesta que ha dado el consulado de España en Los Ángeles, entendemos que 15 días. Saludos.

          • María Cecilia dice:

            Muchas gracias!
            Si mi pasaje a Francia, tiene una escala de hora y media en Madrid, ahí no hay problema estando en transito?

            • Cintia C. dice:

              Según el consulado de España en Colombia, sí, «siempre que tengan billete de conexión confirmado, no permanezcan en el Aeropuerto de Barajas más de 24 horas y la escala no implique cambio de terminal que suponga entrada en territorio nacional.»

    • mag dice:

      Estoy en la misma Cecilia. Entiendo que se puede entrar a España desde Francia con pasaporte argentino. Si necesitarías tener las dos dosis de la vacuna. También asumo que tiene que pasar una cantidad de días desde que saliste de territorio argentino (o cualquier zona considerada de riesgo), pero en ningún lugar especifica cuántos son (supongo que podrían ser entre y 14). Si alguien tiene data al respecto se agradece.

  30. Mara dice:

    Hola tengo vuelo el 07/09 ya se que es apresurado porque va cambiando , pero alguno sabe si recibiendo una carta de invitación de mí tía que vive en España y teniendo ambas dosis de las vacunas aprobadas se puede entrar? Gracias

  31. Liliana dice:

    Perdón , consulto porque estoy cada vez más confundida, hoy me comuniqué con Iberia para cambiar la fecha de mi vuelo y me dice el empleado que el BOE dice que con pauta completa, PCR y haciendo la cuarentena de 10 días estoy habilitada para ingresar hoy a España ??? A alguien le ocurrió lo mismo ?? muchas gracias

  32. Agustina dice:

    Hola! Tengo dos consultas. Si vivo en uruguay, tengo pasaporte argentino, estoy completamente vacunada y salgo de uruguay, puedo ingresar a España, no? Sin cuarentena.
    Y la otra, con un visado de estudios emitido por suiza, puedo hacer escala en madrid 3 horas y dsp conexión a suiza? Gracias!

  33. mag dice:

    hola! hay alguna novedad sobre si esta restricción se extenderá después del 10 de agosto? Gracias!

  34. juanoflyer dice:

    hola! perdón si lo dijeron pero no encuentro la respuesta acá. Saben si un argentino (sin pasaporte europeo) puede volar a Francia con escala en transito (de 3 hs) en Madrid?

    • jlcota dice:

      Hola, Juan,

      No lo probamos de primera mano, pero lectores confirmaron que pudieron.

      Igual, como hay diferencias de interpretaciones, la sugerencia es consultar a la aerolínea, que es quien revisará la documentación y decidirá si lo embarcan o no.

      ¿Tiene ambos tramos en una misma reserva?

      Saludos

      • juanoflyer dice:

        Si, es un amigo que tiene todo en la misma reserva

        • jlcota dice:

          Yo CREO que no tendrá problema, pero porfa no dejen de consultar a la aerolínea.

          • Maria Cecilia Lagger dice:

            En el Ministerio de Sanidad de Francia aclara que sí, siempre que las escalas sean de menos de 24hs:
            «¿Si llego a España en tránsito teniendo como destino final otro país, tengo la obligación de presentar uno de estos certificados o documentos acreditativos a la llegada a España? Si el tránsito en España se realiza sin salir de la zona internacional, no se le exigirá la presentación de un certificado. Si el transito implica el paso por los centros de control fronterizo y por tanto la entrada en territorio español, deberán presentar su QR TRÁNSITO, la tarjeta de embarque o billete de compra del siguiente o siguientes vuelos de la conexión para demostrar que el destino final es internacional, y podrán continuar su viaje, siempre y cuando el tránsito tenga una duración inferior a 24 horas y no se salga del recinto aeroportuario. «

  35. Xabier dice:

    Hola buenas
    Con pasaporte argentino y pauta de vacunazion completa cuanto tiempo hace falta estar en un pais fuera de la lista negra para poder entrar en españa por turismo?

  36. Estimados ya pasó el 10 de agosto, se sabe algo nuevo sobre esta limitación para los argentinos que queremos viajar a España?

  37. Gustavo Panetta dice:

    El destino final es España?
    Yo llegué en tránsito al aeropuerto de Barajas el 1 de agosto y mostrando la tarjeta de embarque esperé dentro del aeropuerto 5 horas y tomé mi conexión sin problemas.

  38. Gustavo Panetta dice:

    Sí, eramos aproximadamente 10, incluso algunos salieron de la T1 y trasbordaron en la T4.Vuelo de Aerolíneas.

  39. Mariela dice:

    Tránsito que las valijas pasaron automáticamente de avión a avion ,o retiraron equipaje y lo despacharon en el otro vuelo?

  40. Gustavo Panetta dice:

    Con boletos deferentes, incluso conectando con vuelos de otras compañías.
    Yo tomé un avión de easy Jet a Suiza, dentro d el misma terminal 1 , pero otros salieron a las T4 y siguieron a Alemiani ay Croacia.
    Hay que hacer la declaración de TRANSITO.

  41. Gustavo Panetta dice:

    Te cuento que el caos fué en Ezeiza porque no nos querían embarcar, pero insistimos mucho, algunos llamaron al Consulado , yo mostré la web de Relaciones Exteriores de España que informaba sobre TRANSITO.
    Las chicas de Aerolineas llamaron directamente a Migraciones de Barajas y nos dieron el ok.
    Esto fué el 31 de julio, yo no volví a España todavía, yo les contaré….
    Estuve en más de 10 países, sólo Croacia me pidió el Certificado de Vacunación, tengo 2 dosis de Astrazeneca.
    Nadie usa barbijo en la calle, incluso en algunos países ni siquiera en los lugares cerrados-

  42. Gustavo dice:

    Ayer 21/08… No salio nada en el BOE Sanidad con respecto a las restricciones y cuarentenas si o no No se prorrogaba, luego del 23/08… alguna info ?? Gracias

  43. Raquel Betanzos dice:

    A partir de las o horas de hoy no se hace más cuarentena y estudian que a partir de octubre podes entrar con todas las vacunas

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