Preguntas sobre el celular y la compu «free» ante la Aduana al regresar del exterior (y algunas respuestas)

La noticia del día viene siendo la posibilidad de ingresar al país con UN celular y UNA notebook por persona adquiridos en el exterior y que estos elementos sean considerados como «Efectos de uso o consumo personal» y, por consiguiente, estén exentos de gravámenes aduaneros, derechos de importación y/o cualquier tipo de tasas o aranceles.

Traducimos en «simple»: Podés ingresar al país con un celular y una notebook comprada afuera y no tenés obligación de declararla en la aduana ni pagar ningún importe por esas compras.

En este otro post le contábamos tempranito sobre este notición: Se pueden ingresar celulares y notebooks comprados en el exterior sin declararlos en la Aduana.

Claro que, superada la sorpresa inicial, van apareciendo un montón de dudas. En este post las vamos a ir recopilando y, si podemos, dándoles respuesta:

Duda Nº 1: ¿Qué pasa si salgo del país llevando mi celular y quiero comprar otro durante el viaje?

Nada, no pagarás ningún arancel si antes de salir hacés la declaración de tu celu y/o notebook/tablet actual en el puesto de la aduana (la podés hacer por internet y luego simplemente vas al puesto de la aduana a que te la sellen).

Esto quedó ratificado. La AFIP publicó una gacetilla de prensa en la que ratifica lo que nos respondieron por twitter, aclaran que:

  • Para que aplique la nueva normativa, antes de viajar hay que declarar siempre estos objetos en el puesto de la Aduana
  • Ante la pregunta: ¿Si adquiero un nuevo producto de alguno de estos artículos, ¿puedo volver al país con ambos productos – el que declaré y el adquirido en el exterior – sin pagar el arancel aduanero? Responden: Si salís del país y declaras tu celular, notebook o tablet en tu Declaración de Objetos y/o Vehículos F-121, al volver al país con tus compras en el exterior no vas a tener que pagar aranceles aduaneros.

Duda Nº 2: ¿Pero puedo traer un celular y una notebook de cualquier precio, puedo gastarme U$S 2.500 y entrarlos sin pagar nada de nada?

Mediante la Resolución General 4315 de la AFIP se establece que un celular y una notebook se consideran «Efectos de uso o consumo personal».

La Resolución 3751/94 de la Administración Nacional de Aduanas establece en su punto 1.6 del ANEXO III «D» que están exentos de gravámenes las ropas y objetos de uso personal usados, y los libros y periódicos para uso del viajero.

Por lo anterior, entendemos que si el celu y la notebook que traés están usados, los usaste durante el viaje, podés ingresarlos aunque te hayan costado montones de dólares cada uno. Como ustedes pueden ver, la nueva norma no fija ningún límite de precio.

Duda Nº 3: Si traigo un celular y una notebook nuevos en caja cerrada, ¿están exentos del pago del arancel?

Pero che, ¡lo acabamos de aclarar en la Duda Nº 2! 😉

Tienen que estar usados, entendemos que basta con que los uses durante el viaje. Hemos traidos celulares en cajas, pero los abrimos.

Duda Nº 4: ¿Se pueden ingresar los celulares y las notebooks con su embalaje y accesorios originales?

Hicimos esta consulta a la AFIP:

¿Podrían confirmarnos si esto incluye la caja original, los manuales, etc.?

Es decir, si traemos un iPhone comprado en el exterior con su caja, manuales, accesorios incluidos en el embalaje original, ¿se sigue considerando que es un «Efectos de uso o consumo personal»?

Si, se puede. Hemos traido los celulares en sus cajas con todos los accesorios sin ningún problema. En la web de AFIP, podés ver el detalle en este link.

Duda Nº 5: ¿Esto vale para cámaras, playstations, LCD, robots aspiradora y cosas de esas?

No, no, no, los efectos de uso personal quedan definidos así:

Efectos de uso o consumo personal: Los artículos de vestir y aseo, y los demás bienes que tengan manifiestamente carácter personal, incluyendo una computadora portátil que no requiera para su funcionamiento fuente exterior de energía (tipo notebook o tablet) y un teléfono celular.

Duda Nº 6: No me resulta fácil interpretar las Resoluciones ¿La AFIP comunicó algo en lenguaje más sencillo?

Sí, la AFIP emitió un comunicado de prensa, aquí lo transcribimos:

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que cada viajero podrá ingresar al país con un celular y una computadora portátil sin necesidad de pagar tributos aduaneros.

En consecuencia, dichos productos no consumirán las franquicias establecidas, de US$ 500 para cada adulto y US$ 250 para los menores de edad, según lo dispuesto en la Resolución General 4315, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La normativa determina que los celulares, las computadoras portátiles o tablets forman parte de los objetos de uso personal usados que están exentos del pago de aranceles y no es necesario declararlos.

De este modo, cada pasajero podrá ingresar como objeto personal con un celular y deberá optar entre una sola computadora portátil o una tablet.

La medida constituye el primer paso en una serie de mejoras para los pasajeros que llegan del exterior por cualquier medio de transporte. El objetivo es tornar más eficiente el control aduanero vocalizando en mercaderías de mayor valor y peligrosidad.

Duda Nº 7: ¿Qué pasa con los que ingresan por vía terrestre, fluvial o marítima?

Este cambio aplica para el ingreso vía terrestre o fluvial, marítimo o aéreo.

Duda Nº 8: ¿Van a seguir recopilando dudas y buscando respuestas?

Sí, claro, andá volviendo a este post durante el día que lo vamos a estar actualizando…

Mientras tanto, ¡PREGUNTEN! Comenten acá y vamos buscando las respuestas.

Duda Nº 9: ¿Qué debería hacer yo ante esta noticia?

¡¿Qué se yo?! Les tiramos un par de ideas:

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200 Respuestas

  1. Eduardo Flores Grancelli dice:

    Hoy lei la nota de clarin (https://www.clarin.com/sociedad/viernes-pueden-ingresar-notebooks-celulares-pais-declararlos-pagar-impuestos_0_ORJjsTIOM.html) , y aclaraban que si salias con un celular no podias volver con dos, por mas que este declarado.
    Saludos

    • Victoria dice:

      Exactamente lo que dice la nota, si volves con un celular que compraste afuera, sin caja, usandolo, no te van a cobrar! Si volves con tu telefono y otro nuevo en caja o sin caja, vas a pagar impuesto

      • Ste dice:

        No. Segun el post de Afip comunica, declaras tu celular en uso al salir, y tr podes traer uno nuevo

        • MARCELA dice:

          Hay q leer la nota completa….dice esto (sic)

          Los voceros de la entidad de recaudación explicaron que los equipos adquiridos en el extranjero gozarán de la exención impositiva sin importar que se haya salido del país con otros similares encima. Quien egresa del territorio nacional con su propia notebook y/o con una laptop laboral y su propio celular, podrá traer un celular más y una computadora más sin necesidad de declaración ni de pago de tasas por los equipos nuevos

          • Gustavo Toledo dice:

            Las notas periodísticas no son fuente oficial para consultar, menos si invocan a «voceros». La respuesta del organismo a la consulta del blog sí es oficial.

    • Guillermo dice:

      Clarín Miente… juaaaa. NO es asi Eduardo, declaras el que sacas mediante la pagina de la afip, imprimis el formulario y lo haces sellar en el puesto de la AFIP antes de ir a la zona de embarque (ese formulario no tiene vencimiento). A la vuelta volves con el viejo y el nuevo. Duda nro 1 de este post contestada por la AFIP.

      • Eduardo Flores Grancelli dice:

        Si, el post es clarisimo, pero me surgió la duda leyendo otras notas. Igual me guarde la respuesta de AFIP por las dudas.
        Abrazo!

      • mdschleider dice:

        perdón, contestada por el CM de Afip, no es lo mismo… ojo con eso

      • a mi no me parece clara la respuesta en especial para esa gente que no viaja mucho o casi nunca, por lo menos para los que conozco viajar es un lujo (me incluyo) y cuando les pase la noticia me decian que no entendian el punto 1, pk dice que declares el viejo y podes ingresar el nuevo y te salen con preguntas del tipo, pero que hacemos con el viejo? no dicen que podes entrar con ambos, o del tipo que es obligatorio llenar el formulario para poder entrar con un celular. no todos pueden viajar todo el tiempo y comprender los pasos a seguir jajaja.

    • jlcota dice:

      Estamos intentando ratificar lo que nos afirmaron por Twitter, que por cierto es un canal de comunicación formal de la AFIP.

      Actualizaremos…

  2. Romina dice:

    Gracias genio!! Me aclaraste mi duda!

  3. Fernando dice:

    Hola, esto es solo si viajas y traes el producto con vos? si lo pido por amazon paga impuesto?

  4. MARCELA dice:

    Los menores de 16 años tmb son abarcados x esta nueva disposición?

  5. Fede dice:

    Entonces, Si compro por internet sin salir al exterior no sirve me cobran impuestos, verdad?

  6. Carla dice:

    Amigos, que sucede con las compras online? Podremos comprar en Amazon y no pagar el impuesto?
    Saludos y felicidades por el blog

  7. Mariano dice:

    Clarín, según «fuentes de AFIP», dice lo contrario:
    ¿Puedo irme del país sin nada y volver con una computadora y un celular? «Sí, exacto», es la respuesta de los voceros de la AFIP. La clave es que sea solo un producto de cada tipo. Para gozar del no pago de impuestos de Aduana, no se puede salir del país con un celular y volver con dos.

  8. Andrea dice:

    También tablets creo que están incluídas no?

  9. Alan dice:

    Mi pregunta es si un objeto como una guitarra es considerado un objeto personal

    • Pablo dice:

      No creo

      • Fernando dice:

        A mi me han cobrado por guitarra (te hablo del año 2012 no sé cómo está ahora el tema) Y no era de mucho valor (500 dls) pero se acumulaba con un par de cosas más y me cobraron el 50% del exceso de 300 dls

    • Cintia C. dice:

      Hola, Alan. A mí siempre me han preguntado por las guitarras que traje y las he declarado cuando superaban los 300 dólares. Saludos.

      • Nacho dice:

        Hola Cintia, leo que has traido varias guitarras. Te consulto cómo la trajiste en el avion: en bodega o cabina? tengo dudas por si se rompe o la roban durante el viaje a Argentina. Desde ya que la declararía y pagaria el excedente lamentablemente

        • Cintia C. dice:

          Hola, Nacho. Siempre las traje conmigo en cabina y muchas veces el personal de la aerolínea las colocaba en algún lugarcito para que no molestaran. Saludos.

  10. Maria Eugenia dice:

    Buen dia!! Al fin una buena noticia 🙂 🙂 🙂
    Mi consulta es la siguiente: Voy a viajar a Miami, saliendo desde Bs As, vuelvo desde Orlando a San Pablo y voy a estar una semana en ese destino. Luego regreso desde SAO a Bs As. Puedo tener algun problema con las cosas que compre? Todo será de uso personal, ropa, celu y quizas aprovechamos para cambiar la notebook 😉
    Gracias!

    • Pablo dice:

      No veo el problema. La escala no afecta nada

      • David dice:

        Hice eso la semana pasada, volvi de NY a SAO y luego con otra reserva SAO-EZE, la diferencia en aduanda es Siga Siga (cosa q no pasa cuando venis de USA directo)

  11. Pablo dice:

    Vale para los Iphone?????? Jajaja es bromita!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  12. Ger dice:

    Hola, es para aduana aérea solamente? O terrestre también? Gracias

  13. Daniel dice:

    voceros de la AFIP confirmaron que los productos que se pueden ingresar al país son dos. Por un lado, una notebook o tablet. Por otro lado, un celular. No importa el precio (puede ser el último iPhone, por ejemplo).

    Las fuentes aclaran que «tiene que ser un objeto de uso personal». Ante la consulta de si lo puedo traer en una caja, embalado, respondieron: «No vas a tener problema, siempre y cuando no tengas otro celular, porque sino te va a correr la franquicia a uno de los dos».

    ¿Puedo irme del país sin nada y volver con una computadora y un celular? «Sí, exacto», es la respuesta de los voceros de la AFIP. La clave es que sea solo un producto de cada tipo. Para gozar del no pago de impuestos de Aduana, no se puede salir del país con un celular y volver con dos.

  14. eze dice:

    el punto 1 de AFIP comunica… que gente escueta che! no termina de quedar claro para todo el mundo como a mis colegas. yo comprendo que haciendo la declaración correspondiente al salir, podemos ingresar con un nuevo teléfono y una nueva computadora además del que declaramos. siempre y cuando estén «usados»
    me acuerdo una vuelta que ingrese con mis 3 teléfonos usados (familia y amigos + trabajo + trabajo que por la corrida de la ida olvide declarar en formulario) en la revisión me preguntaron y no mucho mas… nadie me dijo nada de nada. esto fue como hace 5 años atrás. pero entiendo que si son artículos personales podes andar con los que quieras y a eso sumarle uno «usado» mas sin que esté declarado.

  15. Cristian dice:

    Con la respuesta de la duda número 5 , no estoy 100% de acuerdo. Dice expresamente «y los demás bienes que tengan manifiestamente carácter personal, incluyendo una pc y Celular», repito y los demas bienes, caracter personal, que INCLUYE…

    Si fueran solo el celular, pc y ropa, diría UNICAMENTE. Un bien personal es cualquier objeto, prenda y artefacto de uso personal.

    • jlcota dice:

      Es cierto que la lista no es exhaustiva, lo que hicieron ahora es incluir expresamente un celu y una notebook o tablet. Pero cabe remarcar que Cámaras, Playstations, etc.no se consideran artículos de uso personal.

      Saludos

  16. GeorgiusRafa dice:

    Hola buenos días, no sé si ya lo comenaron pero esta resolución es para Argentinos y/o Extranjeros por igual? Muchas veces amigos y amigas que no son argentinos me traen las cosas de afuera. Saludos y gracias

    • Pablo dice:

      Los extranjeros si lo declaran no deberían pagar si está «usado» el equipo

    • Matias dice:

      Si un extranjero viaja a Argentina, no tiene nada que declarar. Vos cuando te vas de viaje a Estados Unidos por ejemplo, no les interesa si estás llevando 7 iPhones cerrados en caja, al que le importa es a tu gobierno cuando vuelvas del extranjero, que no estés importando cosas para vender.

      Todos los años una amiga que es de Estados Unidos me trae el último iPhone, cerrado en caja y no hay ningún problema, justamente porque es extranjera.

      • Guillermo dice:

        No es tan asi Matias, anda a Mexico o Usa y entra 10 cartones de cigarrillos o 6 botellas de whisky, te puede pasar nada o te pueden cobrar flor de multa. Lo mismo para los extranjeros que vienen aca, preguntale a tu amiga si trae en lugar de uno 10 iPhone y se los encuentran. Hay limites y franquicias tanto para el nativo como para el extranjero y eso es en todos los países, al menos los que visite. Hay una pagina muy buena que recomiendan los chicos de InfoViajera con los requisitos de vacunación, documentación y aduanas que esta excelente. Creo que es de emirates.

        • GeorgiusRafa dice:

          Claro todo dentro de su lógica. Si alguien te trae un teléfono o una compu siendo extranjero, no es lo mismo que si trae 10. Eso se consideraría importación. Mi pregunta va dirigida hacia la cantidad «permitida» por esta nueva resolución, no para los casos excepcionales. O sea un teléfono o una laptop que un extranjero ingresa al país. Pienso que como hasta ahora, los entran sin declarar porque no son argentinos.

  17. adrián dice:

    Buena info, chicos. La RG 4315 publicada hoy en el Boletín Oficial refiere a UNA computadora portátil y a UN teléfono celular.

    Remarco que dice UNO en cada caso, por lo cual, y hasta que no se defina algún monto máximo (si es que se define), puede tratarse de la computadora portátil más cara y del celular más caro, ambos juntos. Siempre que se trate de artículos para uso personal.

    La pregunta que surge es si puedo traer un celular de 1000 dólares, pero no dos de 300 cada uno ,que suman un importe menor. Claro, lo importante acá es que sea para uso personal, y dos ya no lo sería.

    En fin, ello si nos atenemos exactamente a la literalidad de la norma, que es lo que corresponde en estos casos.

    Saludos.

    • jlcota dice:

      Suena loco pero parece que así quedó expresada la norma, un celu de U$S 1.000 no pagaría, si traés 4 de U$S 250, pagarías aranceles (si corresponde) sobre tres de ellos.

      Saludos

  18. Ariel dice:

    Cuando mencionan » notebook sin fuente de energía externa» hacen referencia al Trafo? osea si me compro una macbook, tengo que tirar el cargador al rio, y pasarla para no pagar impuestos, luego acá gastarme una fortuna en un cargador original? muy poco claro el boletin oficial en este punto.

    Entiendo que hay que diferenciar un TRANSFORMADOR DE VOLTAJE (fuente de energía externa) que un simple cable cargador, sino bajo ese criterio, también hay que tirar el cable lightning del iphone.

    Saludos!

    • Pablo dice:

      Creo que simplemente es notebook o tablet.

    • Leandro dice:

      No dice «Notebook sin fuente de energía externa», hace referencia a productos q se puedan usar sin una fuente de energía constante, como una PS o una TV (no entiendo por q una cámara de fotos no entra en ellos, pero detalles)… Por eso pone en paréntesis «tipo» una Notebook o celular por q vos no usas esos aparatos siempre conectados a un toma corriente, tienen su propia batería… Eso de tirar su cargador suena medio raro.

      • Guillermo dice:

        Coincido con la aclaracion Leandro, sobre el uso de una fuente constante de energia. En cuanto al tema de la camara fotografica, creo que no hace al espiritu de la resolucion, ya que no seria un elemento imprescindible para el uso cotidiano de las personas, si en cambio lo son celulares y tabletas o notbook.

  19. Raquel dice:

    me imagino que va a ser terrible la cola para declarar celulares a la salida. Por que va a ser mejor tener la declaración de salida del usado POR LAS DUDAS, aunque no se planee la compra de uno nuevo, porque si aparece una oferta u oportunidad podes comprar tranquilo y evitar pagar el ingreso.

  20. Yo les pregunte, si me compro un celu nuevo, el viejo lo tengo q tirar? Ya q técnicamente estoy con 2 celulares…

  21. Sergio dice:

    Buen día, hablan de declarar el celular al salir, sólo los ultimos modelos que están en la lista de Afip? O ahora hay que declarar todos los modelos por más viejos que sean? Gracias.

    • Guillermo dice:

      Nunca esta de mas llevarte la declaración sellada por AFIP, evitas discusiones al regreso. La declaración sirve para toda la vida, es una prueba que el celular salio de la Argentina.

    • Pablo dice:

      No tenemos esa info. Asumo que seguirá de la misma forma.

  22. Mariano Ivan Alvarez Nobell dice:

    Que pasa con las Notebook y los Celulares que compramos en paginas como Ebay, aliexpress, DX, tiendaMIA, amazon.. etc….???

  23. No entiendo para qué complicarse en llevarse un teléfono desde acá, comprarse uno afuera y tener la duda si uno tendría problemas con la AFIP o no. Recomiendo viajar sin móvil (obvio llevar el chip) y apenas uno llegue a destino comprar el celu y disfrutarlo desde el minuto cero. No olvidarse, previo al viaje, subir y/o backapear los contactos para poder restaurarlos y/o sincronizarlos joya en el nuevo dispositivo.

    • Guillermo dice:

      Luigi, son gustos, pero eso es de lo mas incomodo. Bajarse del avión, tomarse un transporte para llegar al negocio (horarios de apertura mediante), sin datos para mapas, luego de 12 o 16 hs de viaje?. No lo veo útil. Te llevas el declarado desde aca y lo volves a ingresar (ese celular no cuenta porque lo sacaste declarado del país) y traes ese UNO que dice la norma. Es asi de sencillo, sino, realicen una consulta web en la pagina de la AFIP-ADUANA.

      • Fernando dice:

        Recien estuvo Cuccioli en el programa de Lanata y dijo claramente que no podes declarar tu celular al salir del pais. y entrar con un nuevo mas el de salida.
        La norma habla de uso personal, por lo cual estarias teniendo 2 celulares.
        Tenes que hacer si o si lo que dice Luigi o dejar en el extranjero el que lleves desde Argentina.
        Saludos

        • Guillermo dice:

          Fernando, acabo de hacer una consulta a la AFIP mediante la consulta web, ni bien me respondan lo comento por aca. Si la norma habla de uso personal es ridículo que lo limiten a solo uno, ya que por comodiad, uso o lo que sea puedo tranquilamente tener dos celulares en uso, con dos líneas distintas y de proveedores también distintos y siguen siendo de uso personal (laboral y particular por ejemplo). De ser asi como dijo Cuccioli, es una venta de humo, nada que le facilite la vida a la gente. Lo que recomienda Luigi, les puede servir a algunos, a otros no, como a mi por lo que exprese antes. La practicidad es fundamental.

          • MARCELA dice:

            Guillermo quiero ver q te dicen!
            Hay varias respuestas por twitter de @afipcomunica que dicen lo opuesto a Cuccioli ????????

            • Guillermo dice:

              Yo también espero la respuesta, aunque no creo que haya unificación de criterios y cada uno te va a contestar algo distinto.
              Pongamos un poco de sentido común. Si no puedo entrar con el mio que declare al salir, porque ya cuenta como uno y por el nuevo me van a cobrar, no estaría cambiando en nada a la situación anterior a hoy, no veo entonces por que hacer la nueva resolución. Por ende, asumo que podes volver con el que declaraste al salir y uno nuevo, que como dice la resolución puede ser de uso personal o para regalar. Es muy claro, no le demos tantas vueltas a que llevo y que traigo de vuelta.

      • Lucho dice:

        Guille yo pienso lo mismo que vos, ahora la duda es que si AFIP no te haría inconveniente al regreso con el celu declarado y con el nuevo. Ya envié mensaje a las redes sociales a ver que me contestan. e Informo. Porque por lo que vengo leyendo, en la nota de Clarin dicen que no se podría. Veremos.

    • te contesto de la forma mas facil, cuantos no tienen idea de como manejar o configurar un celular? y no hablamos de viejos solamente, tengo amigos de menos de 20 que no tienen idea de como bajar ni las aplicaciones de la appstore y se lo tengo que hacer yo. o por otro lado podes querer comprar un celular para regalar a tu familia.

  24. Niko dice:

    Buenas, consulta. Esto es tanto para adultos como para menores? yo viajo con mi señora y mis 3 hijos. Puedo volver con 5 celus y 5 notebooks?

  25. Bárbara dice:

    Hay que recordar hacer la declaración por internet porque en el aeropuerto el puesto de afip no te deja declarar los celulares salvo el listado q ellos tienen (qué son los últimos modelos como por ejemplo el iPhone X), salvo que con esta reforma ahora te dejen declarar en el puesto de afip cualquier celu…

  26. Cristian dice:

    El tema si declaras el celu al salir y traes otro nuevo (volves con los 2) esta claro que el otro lo acabas de comprar. Lo que no queda claro si el requisito de ingreso sin declarar es que sea usado.

  27. Alvarojt dice:

    Hola, como están? Una duda. Qué pasa con los menores que vuelven de viaje con nosotros? Cuentan para entrar con una celular o notebook sin pagar impuesto? Gracias!!

  28. gusduc dice:

    Esto dice Clarin: (segun ellos consiltaron a la Aduana Afip)

    1) ¿Qué cantidad de equipos se puede traer sin pagar impuestos?
    Se pueden traer del exterior hasta dos equipos. La resolución habilita que el viajero ingrese hasta una computadora portátil que no requiera para su funcionamiento fuente exterior de energía (tipo notebook o tablet) y hasta un teléfono celular.

    2) ¿Importa el precio del producto?
    «La norma no habla de precios», responden a Clarín fuentes de la Aduana. Por lo tanto, se puede traer el equipo más caro sin inconvenientes.

    3) ¿Cuántos celulares puedo tener encima al ingresar al país?
    Los que se declararon al salir del país más uno nuevo, que estará exento de impuestos.
    Al salir de Argentina, hay que declarar el celular en el formulario de la Aduana. Es muy importante hacerlo, para evitar tener problemas al regreso. Se lo considera un bien que ya se tenía en el país al momento de egresar. Hay modelos muy viejos, que tal vez no requieren declaración. Pero, ante la duda, conviene consultar.
    Al volver del exterior, la nueva resolución habilita a ingresar un celular nuevo. Por lo tanto, se puede llegar a la Argentina el teléfono «de siempre» (previamente declarado) y traerse uno nuevo.

    4) ¿Se puede traer el equipo en su caja, cerrada?
    «La norma no te dice que no», responden las fuentes de la Aduana. «No deberías tener problema», coinciden voceros de la AFIP.
    De hecho, la resolución contempla el concepto de «obsequio». Según lo publicado en el Boletín Oficial, la medida abarca «los efectos nuevos o usados» que un viajero pudiere destinar «para su uso o consumo personal o bien para ser obsequiados, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales».
    En síntesis, por lo que indica la normativa, se puede traer un teléfono embalado en una caja, para regalar a un familiar.

    5) Si alguien viaja con una computadora de su trabajo, ¿puede alegar que es laboral y traer una nueva, personal?
    «Sí, porque hay una normativa que habla de los bienes que, por tu profesión, podes sacar del país y volver a ingresar», responden en la Aduana.
    Por lo tanto, se puede salir de la Argentina con una notebook, sea laboral o personal. Ese objeto corresponde declararlo. Y al volver al país, se puede traer otra más.

    6) ¿En qué casos se pagaría un excedente de franquicia?
    Hay que pagar cuando en vez de comprar un teléfono (que es lo permitido) se compran más.
    Por ejemplo, alguien trae dos celulares de 600 dólares cada uno. Por uno de ellos no pago tributos porque se considera «para consumo personal». Pero la norma dice que es solo uno. Así que, por el otro producto, se va a aplicar el tributo que corresponda.
    Las franquicias son de 300 dólares para mayores de 16 años. Y hay que pagar el 50 % del excedente de la franquicia. Entonces, si el celular vale 600 dólares, le tengo que restar 300 y sobre el reto aplicar el 50 %. O sea, se pagaría 150 dólares de tributo.

    7) ¿Qué pasa con los menores de edad? Una pareja con tres hijos. ¿Puede traer cinco notebooks sin pagar impuestos?
    Las fuentes consultadas señalan que «la normativa no habla de edad», así que «tranquilamente podrían entrar» los cinco productos. Incluso, al momento de discutir la resolución, se tuvo en cuenta que hoy en día los chicos manejan una tablet y tienen su propio celular.
    Si un chico trae más equipos de los permitidos (dos celulares o dos computadoras), deberá pagar el tributo por uno de ellos. Para los menores de 16 años, la franquicia es de 150 dólares. Entonces, hay que pagar el 50 % del excedente de esa franquicia.

  29. ElToto dice:

    Los que habitualmente trabajamos con leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, etcétera; sabemos los grises de las normas argentinas. Así que les sugiero preparar un speach de sus interpretaciones para poderse defender en caso de que te toque un empleado con tránsito lento. Yo lo haría ????

  30. Matias dice:

    Hola! Quise hacer la declaracion f121 por internet y cuando quiero imprimir no me deja me aparece la pagina en blanco alguien sabe si esta caido?por que me deja declarar todo y me da una clave online y cuando me dice q tengo que imprimir 2 copias apreto y no me carga el formulario 🙁

    Saludos y gracias!

  31. Mariano dice:

    AFIP publicó las FAQs. Supongo que a raíz de todas las dudas que se generaron.
    Se puede salir con el celu viejo y volver con el viejo y uno nuevo, pero para ello es necesario declarar el viejo a la salida.

    https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/prensa/VerGacetilla.aspx?id=475

  32. Paula dice:

    Hola ! Yo ya estoy en el exterior y salió esta normativa. Mi teléfono, al igual que la notebook, no lo declaré porque cuando haces el tramite en el aeropuerto por poco se te ríen de tus aparatos del año del mongo, te dicen que no hace falta que los declares (así me pasó cada vez que quise hacerlo). O sea que incluso con esta «maravilla» de ley resuelve-vidas, tampoco podría entrar otro teléfono u otra compu porque ya traigo las mías sin declarar. Estoy en lo cierto?

    • jlcota dice:

      Podrías traerlo y si te quisieran cobrar «pelearla» un poco, si tu celu es tan viejito es probable que no pase nada. PROBABLE, dijimos, eh, no te lo podemos asegurar.

      Saludos, Paula y buen regreso

    • Guillermo dice:

      Paula, como dice Jorge, si son re viejos no te van a hacer problemas y le tenes que decir simplemente que su compañero no quiso hacer su trabajo que era sellarte el formulario. Y para la proxima, siempre te tienen que sellar el formulario, porque vos estas cumpliendo una norma que te exige la AFIP, lo que diga el empleado, se lo lleva el viento.

  33. Cecilia dice:

    Pregunta. Sí viajo al exterior 3 veces en el año, puedo traer cada vez un celular, una tablet y una notebook? O hay algún tipo de límite?

    • jlcota dice:

      No vimos ningún limite de ese tkpo- Cecilia.

      Saludos

      • Guillermo dice:

        Los limites son mensuales, no acumulables. No se como lo controlan, pero podrias traerte un celular y una tablet por viaje. Tablet o notbook, no ambas

  34. Me surgió una duda. Vos no tenes la obligación de declarar y pagar por tu teléfono que compraste afuera, pero a partir de diciembre creo que si no lo declaras en aduana no se habilita para la enacom y por ende no lo podés usar en ninguna compañía hará que no lo declares. Es así no?

  35. Sofia dice:

    Los menores también pueden traer un celular?

  36. Roko dice:

    Tengo entendido que si se puede traer algo cerrado sin usar porque leí que se puede traer para regalar. Intuyo entonces que no tengo que abrir un regalo y ensuciarlo un poco.
    Más allá de esto..que hay detrás de esta normativa ?… Cuál es el proposito de tanta generosidad ? Uds lo saben?

    • Pablo dice:

      No tenemos idea qué hay detrás de esto

      • Guillermo dice:

        Según explicaron fuentes de la Afip, el objetivo es descomprimir las revisiones a las llegadas (sobre todo en horarios de la mañana, donde se aglomera mucha gente) y destinar esos recursos al control de lo que realmente es contrabando y que parece que es bastante.

        • adrián dice:

          Muy interesante, Guille, y muy real. No lo había pensado así. La normativa hacía referencia a la incorporación del país a la era digital. Pero esta de destinar los recursos a lo verdaderamente importante, es un fundamento clave.

  37. CINTIA dice:

    Mi pregunta es qué pasa con los relojes, Apple whach, alguno caro de buena marca, porque eso también es un uso propio y sin embargo en aduana te vuelven loco.

  38. Leandro dice:

    Estimados! Saben en que quedo, si se puede traer con caja o sin caja? (Aclaro que ya lei todos los comentarios y no me cerro la duda) jajaja. Saludos!!

  39. Bruno dice:

    Y que hay si quiero comprar al exterior un celular sin viajar??

  40. Gino dice:

    Hola está vigente acabo de comprar una notebook y un teléfono
    Cual es el procesamiento que debo hacer por que no me quedo claro con los comentarios y la nota!

    • Pablo dice:

      Nada. Yo entré un celu hace dos días. Si solamente traes esos nuevos no pasa nada. Si llevás uno viejo, declaralo antes de salir y listo.

  41. Ramiro dice:

    Hola chicos, creo que me estoy respondiendo solo, igual consulto. Una iMac no es considerada notebook, así que si la compro debo pagar el excedente, ¿verdad? Gracias como siempre.

    • jlcota dice:

      En principio no, pero con los chicos de la aduana nunca sabés, a veces están en modo «pasá, pasá»

  42. Cristian dice:

    Una consulta. Si al salir declaro mi celular, y vuelvo con dos comprados en el exterior: Un iPhone de 800 dólares para mi, y un Samsung de 200 dólares para mi padre. En ese caso no pagaría, verdad? El de 800 es para mi para uso personal, y el otro lo hago pasar dentro de la franquicia de 500 dólares. Estoy errado? Se esperan sugerencia o aclaraciones, gracias.

    • Cintia C. dice:

      Hola, Cristian. De acuerdo con la normativa, diría que estás en lo cierto. Saludos.

    • Guillermo dice:

      Como dice Cintia es correcto y te sobrarian 300 de la franquicia. Si ademas vas a traer 3 valijas ta es otro tema????????????????

      • Cristian dice:

        Gracias por la rápida respuesta Cintia y Guillermo. Los leo siempre a primera hora de la mañana, mi día no puede comenzar sin leer los post de ustedes. Son una maquina de ayudar en forma desinteresada. Saludos y gran año, genios!!

  43. JaviAle dice:

    Hola, que tal? Voy a usa, y voy a llevar unos airpods para cambiar porque no funcionan bien, me los trajo mi tio hace un mes, como se declaran, porque al cambiarmelos, cambia el numero de serie… como se hace en ese caso?

    • Pablo dice:

      Lo recomendable es que lo declares con el número de serie. Luego, al realizar el cambio que indiquen que es un cambio y los dos números de series, el viejo y el nuevo. Con eso no tendrás problemas.

    • Guillermo dice:

      Javi, cuando te los cambian te dan una orden de servicio / factura en donde sexaclaran los nuneros de serie y que fue un reemplazo/reparacion y el costo abonado (en este caso cero). Tambien te combiene pedir antes de viajar una cita con el servicio tecnico desde la pagina de apple, asi no te hacen esperar y te aseguras que te atiendan.

  44. Gonzalo dice:

    Hola si yo traigo un celu de usd 800 y una compu de usd 1700, que estarian cubiertos por esta normativa, pero ademas me compro una tablet de usd 100 que declaro junto con otras cosas que exceden los usd 300, (de buena fe, obviamente, para pagar los impuestos de esas cosas).
    No puede pasar el escenario donde me digan la tablet y el celu estan libres, pero tu compu que es la mas cara no, tenes que pagar 600 usd de impuestos?

    Gracias, se que suena rebuscado, pero no me gustaria encontrarme con ese escenario, preferiria de ultima no comprar la tablet y evitarme el dolor de cabeza, Gracias.

    • Pablo dice:

      Gonzalo, primero la franquicia ahora es de 500 dólares.

      Con respecto al orden de declara, entiendo que queda al criterio de quien esté en la aduana.

  45. Iván Barinaga dice:

    Buenas, se que el post es viejo pero igual pregunto:
    Me voy a comprar una Mac y como no tengo dinero encima me la va a pagar un amigo por Internet y me va a llegar al hotel en un locker para yo poder traerla hasta Argentina en mi equipaje obviamente para uso personal… habría problema con que la haya pagado el y en la factura se registren esos datos? Puedo tener algún problema? Gracias

  46. Iván Barinaga dice:

    Otra consulta, a mi y a mi hermano no nos pidieron declarar nuestros celulares y aca en eeuu compramos otros por 250 dolares, en el caso de que no entre en la normativa esos 250 dolares se irian al arancel de 500 x persona y no deberiamos pagar impuestos cierto?

  47. Iván Barinaga dice:

    Gracias!

  48. Christian dice:

    Holaaa Al día la fecha 18.02.2019. : entonces , puedo llevar mi celular viejo declarado y volver con uno nuevo ( usado en el viaje ) más una notebook / tablet; también usados en el viaje ..) sin pagar impuesto y aún teniendo disponible 500 us de franquicia ?

  49. Santiago dice:

    Hola… Estoy en EEUU, con una notebook y un celu, a los cuales no declare en la aduana antes de venir, (me vine a las apuradas y no me acorde de hacerlo)… Acabo de comprar una laptop y posiblemente tenga que comprar otra.. que me va a pasar cuando ingresé a la Argentina nuevamente con 3 laptops?? La compu vieja y una nueva pasan gracias a esta disposición y de la otra me cobrarían el 50% de la diferencia??

  50. Matias dice:

    Buenas! No se si alguno sabrá contestarme con certeza pero… Si compro dos laptops, se supone que yo elijo cual es la de «uso personal», cierto? Me refiero a que si entro con una pc de 1200USD y otra de 300USD, claramente la más cara la considero «free» y la otra entra en mi franquicia. Consulto porque los de aduana pueden llegar a ser bastante tramposos (siendo suave…).

    Gracias

    • jlcota dice:

      Interpreto que sí, pero no te lo puedo asegurar. Veamos si algún lector tuvo experiencia y comenta…

  51. Gaspar dice:

    Buenas Tardes!. Mi consulta es la siguiente. Tengo un familiar que vive en EEUU y viene para acá en unos días y le encargue un celular. Puede traérmelo en caja cerrada SIN pagar el arancel aduanero cierto? o tendría que abrirlo para que se considere «usado»? Desde ya muchas gracias.

    • Pablo dice:

      Yo lo traería con caja, pero abierto

    • Los extranjeros estan exentos de tener q pagar impuestos. Siempre fue asi

      • Gabriel dice:

        Estás equivocado. Los viajeros tienen las mismas restricciones independientemente de la categoría de viajeros que sean. Esto dice la normativa en el Anexo III «D», artículo 1.1: «Los viajeros DE CUALQUIER CATEGORÍA que arriben al territorio aduanero deberán únicamente efectuar la Declaración de Aduanas en aquellos casos en los que deban abonar el tributo correspondiente por haber superado la franquicia vigente». Los pasajeros que no residen en Argentina y que vienen temporalmente, sí pueden ingresar temporalmente artículos propios que luego se los tiene que llevar de vuelta. Esos artículos hay que declararlos y, dependiendo del tipo de artículo, la AFIP pide una garantía que será devuelta al momento de salir del país llevándose de vuelta el artículo. Es decir, un yanqui puede traer un artículo por el cual un residente tendría que pagar impuestos (por ejemplo, un proyector de PC de 2000 dólares) pero lo tiene que declarar y se lo tiene que llevar de vuelta. Si trae ese proyector para dejártelo a vos, tiene que pagar el 50% de impuesto sobre los 1500 dolares que superan la franquicia. Ahora bien, un celuar te puede traer porque es un objeto de uso personal que no lo tiene que declarar y está excento de impuestos.

        Y NO TIENE QUE SER USADO. Eso es un error (como expliqué más abajo en otro comentario). Lo puede traer en su empaque orginal cerrado.

  52. Consulta, yo me estoy viajando a Chile y me voy a traer un celu y una tablet. De aca me voy con un celu super usado de industria Argentina. Tengo q declararlo igual antes de salir? Yo intente declararlo x si las moscas, pero en el formulario NO figura Ezezia en la lista de puntos de donde se sale del pais…

  53. Sebastian Casal dice:

    Una consulta yo estoy por viajar a ciudad del este a traer un celular para mujer y una macbook para mi. Estos dos para que este excentos debo sacarlos de la caja y activarlos asi parezca q los use? aunque el viaje dure 3 dias?

  54. Marisa dice:

    PREGUNTA: En la gacetilla dice «En consecuencia, dichos productos no consumirán las franquicias establecidas, de US$ 300 para cada adulto y US$ 150 para los menores de edad, según lo dispuesto en la Resolución General 4315, publicada hoy en el Boletín Oficial.» significa que se pueden traer OTRAS cosas dentro de esa franquicia???

  55. Rodrigo dice:

    Hola, alguien podría decirme si una «Mac Mini» (que técnicamente no es una notebook, pq no tiene batería, ni pantalla) pero sí es una mini computadora de un tamaño similar a una notebook, debería pagar franquicia o quedaría exento ? Como la resoluciín habla de «notebook» no se que tan estricto es al respecto.
    No puedo encontrar info al respecto en ningún lado.

    Gracias

  56. Gabriel dice:

    El punto 2 y 3 está mal. La normativa dice que tienen que ser USADOS SOLO SI SE INGRESAN POR VIA TERRESTRE O FLUVIAL. Por vía aérea o marítima no hay requisito de que sean usados. Y sí se pueden traer en su embalaje original con todos los accesorios incluidos (cargadores, auriculares, manuales) porque los objetos personales pueden ser para uso propio o o como obsequio para uso personal de terceros. Lo que no pueden es tener finalidad comercial o industrial (no se pueden traer para venderlos o usarlos como parte de un negocio).

    • Pablo dice:

      Yo lo traje en la mano y con la caja sin problemas.

      • Gabriel dice:

        Es que la normativa es clara. Bueno, no tanto, está escrita en complicado, pero si la pensás un poco no quedan dudas. El anedo 3 «D» en su artículo 1.6 dice: «Están exentos de gravámenes las ropas y OBJETOS DE USO PERSONAL USADOS y los libros y periódicos para uso del viajero que ingrese al territorio aduanero POR VÍA TERRESTRE O FLUVIAL. Están exentos de gravámenes las ropas y OBJETOS DE USO PERSONAL y los libros y periódicos para uso del viajero que ingrese al territorio aduanero POR VÍA AÉREA O MARÍTIMA». (1 celular y 1 computadora portátil entra en la definición de objetos personales). Como se ve, lo de USADOS lo dice sólo para la vía terrestre o fluvial. Para la aérea o marítima no impone que deban ser usados.

  57. Miguel Ángel Iter dice:

    puedo comprar un celu para mi y regalar otro sin pagar costos de aduana

  58. andrea dice:

    hola consulta, si alguien me ayuda, volvi el otro dia, de miami, gracias a dios me toco verde jejej, me traje un iphone 11 no lo declare porque esta dentro de lo que puedo traer ahora… mi duda es QUE PASA CON EL IMAI? esa resolucion que decia que hay q declarar porque sino e lo bloquean en 3 meses alguien sabe de esto agradeceria info

  59. Martin dice:

    Hola! , ayer pase ,toco rojo, me traje una compu y el teléfono sin ningún problema ( con caja pero abierta)
    Mientras no cambien nada sigue vigente.
    Para más seguridad en el avión te entregan el papel de afip/ aduana el cual abajo de todos los items aclara específicamente las cosas que se pueden traer sin pagar el arancel correspondiente .
    Libros / ropa / objetos declarados al salir / 1 notebook o tablet o Mac mini y 1 telefono ( todo para uso personal )

  60. Miguel dice:

    Consulta. Estoy por viajar a Chile, y quiero traer una Bicicleta . Estará dentro de los productos que se consideran de uso personal?

  61. Luciana dice:

    Sobre lo referido a electrónica de uso personal, no me quedan dudas; ahora bien mi duda es sobre indumentaria, calzado y otros …. Viajé al exterior y cuando volví me cobraron excedente de franquicia por la ropa que traía, ropa que incluso era usada pero con poco uso, de marca extranjera pero que también se comercializa acá … Fue una discusión extensa y «de apriete» con la empleada aduanera! Preferí pagar a ir presa, a ese nivel fue la discusión. Aclaro que poseía tickets por los artículos que traía pero no hubo forma de persuadir a esta señora. Que tendría que haber hecho? Porque la ropa no se declara al egreso … Es la palabra de uno contra la del que te atiende al regreso ?

  62. Carlos dice:

    Hola. Mi duda es la siguiente : si declaro un celular antes de viajar, y luego regreso con otro celular y una notebook, pago por uno de ambos? Gracias !

    • Pablo dice:

      No, podés traer un celu y una notebook nuevos

    • Gabriel Brown dice:

      Todo lo que declares al salir lo podés volver a entrar sin problemas y sin que cuente contra la franquicia o contra otros objetos que podés traer. Podés traer 1 computadora personal portátil (tipo notebook o tablet) más 1 celular ADEMÁS de cualquier otra cosa que hayas declarado al salir. Si entrás por vía terrestre o fluvial la computadora y el celular que NO declaraste al salir tienen que ser usados, si entrás por vía aérea o marítima pueden ser nuevas.

  63. Alw dice:

    Consulta yo traigo un celular y mi hijo de 5 años puede traer uno tambien ??

  64. Leo dice:

    Mi consulta es la siguiente:
    ¿La franquicia es sobre el valor de compra del producto ingresado o sobre el valor de venta en el mercado?
    Es decir:
    Si yo compro unos audífonos cuyo valor de mercado es de U$400, pero los conseguí usados (o nuevos pero con un descuento) por U$150… Si tengo el recibo que certifique que lo pagué $150… ¿La franquicia me descuenta los U$400 o los U$150? Es decir… el margen antes de empezar a pagar impuestos, me queda de U$100 o de U$350?
    Espero que se entienda la pregunta

    • jlcota dice:

      Hola, Leo,

      Sobre el valor que lo pagaste y que puedas documentar, salvo que sea uno de esos papeles muy truchos que te hacen algunos afuera y los muchachos de la aduana se den cuenta de ello.

      Saludos

      • Leo dice:

        Muchas Gracias!!
        Asumo que el recibo debe estar bien porque igual la idea es adquirirlo refurbished o similar en una tienda oficial.
        Muchas Gracias!

    • Gabriel Brown dice:

      Es sobre el valor que pagaste pero si sospechan que es un recibo trucho o el valor declarado es sospechoso pueden mirar el valor de mercado (por ejemplo consultando en la página de la marca o en Amazon). Cuando hacen esto si la diferencia es muy grande por lo general te terminan cobrando el valor de mercado, pero teóricament hasta pueden acusarte penalmente por fraude o algo así, aunque no escuché que suceda. Pero no mientas. Si es usado que el que te lo vende aclare que es usado en el recibo o fctura, y no mientas. Si traés un recibo que dice usado y está sellado en plástico en su caja original te pueden acusar de fraude. Una vez yo traje una guitarra eléctrica que era usada posta, y el recibo decía que era usada y era un valor mucho más bajo que una nueva, pero estaba en excelentes condiciones y el estuche sí era nuevo y no me creían que era usada hasta que mirándola en sumo detalle les pude mostrar ciertas marcas de uso.

  65. Roberto Galo dice:

    Hola tengo una consulta… yo estoy de viaje en Paraguay traje mi telefono usado pero NO lo declare en la aduana.. me compre aca un Iphone.. lo puedo pasar sin pagar arancel? lo puedo llevar en caja cerrada?

    • jlcota dice:

      Si tenés la perra suerte de que te pidan explicaciones en teoría sólo podrías pasar uno sin pagar arancel. Pero en general están tranqui en la aduana últimamente.

    • Gabriel Brown dice:

      Oficialmente, no, no podés. En la práctica, probablemente no tengas problema, especialmente si el tuyo usado se nota que es tuyo y usado (no es un modelo nuevo, tiene marcas de uso, tenés un montón de apps y fotos viejas, tenés tu SIM con número de Arg, etc).

    • Cristian dice:

      Hace poco viaje y cuando quise declarar a la salida mí celular me dijeron que solo «tomaban» declaración de iPhone nuevos y Samsung S10. Cómo que se concentran en eso. A la vuelta nos tocó semáforo rojo a casi todos pero pasas por el scanner como si nada. Yo volvía con notebook, iPad, y teléfono que me había llevado de acá y ni me preguntaron para ver si eran nuevos o no. Tranquilo.

  66. Sol dice:

    Hola! Si ingreso con dos celulares comprados en eeuu de disntintos precios, uno de 450 usd y otro de 700 usd por ejemplo. Cuál pasa para uso personal y cual con el limite de la franquicia (usd500)? Puede tomarse el de valor más alto para pasar por uso personal y el inferior para la franquicia?

    • Pablo dice:

      Entiendo que si, podés elegir

    • Cintia C. dice:

      Sí, te convendría pasar uno como tu celu y el más barato declararlo. Saludos.

    • Gabriel Brown dice:

      Sí, pero acordate, si traés más cosas que no entran como üso personal», que la franquicia es sobre todo loq ue traigas a declarar. Por ejemplo, el celu de 700 lo pasás como uso personal y traés el celu de 450 y juguetes por 200, tenés que pagar el impuesto sobre 450+200-500=150 y como el impuesto es el 50% de lo que supera la reanquicia tenés que pagar $75.

  67. Fausto dice:

    Hola. Un amigo viaja a Miami y me hace el favor de traer una notebook que compré en Dell (bastante cara) Pero el también va a comprarse una allá para la hija. Que sucede al entrar con dos notebook en ezeiza. Pueden pasar las dos?

  68. Emilce Aichino dice:

    Hola!! Antes que nada, felicitarlos por el blog. Muy útil toda la info que suben 🙂
    Actualmente estoy viviendo en Australia y cuando abandoné Argentina en febrero 2020 me olvidé de declarar mi celular (iphone s7) y mi computadora samsung que compré en 2013 (si, todo muy antiguo). Mi pregunta es la siguiente, ya que tengo en mente comprar compu y celu nuevo antes de volver, ¿me cobrarán impuestos por los productos viejos que traje sin declarar? Entiendo que no debo pagar impuestos por la compu y celu que compre acá.
    Gracias

  69. mauro0518 dice:

    Hola. Si me inscribo como importador, podría comprar de chile notebook usadas, y pasarlo sin problema por la aduana argentina? para ingresarlo al País? es mi duda, y nadie me la pudo resolver. Saludos.

  70. ERICA SEYLER dice:

    Hola, si compro un celu en el duty free, el mismo está exento del límite de 500 dolares? O sea que en la misma tienda duty free puedo comprar un cel y productos por 500 dolares?

  71. Celeste dice:

    Hola! Tengo un familiar que está en USA y le pedí una tablet. Entiendo que no rige el límite de $500 al tratarse de una tablet, pero nos preocupa que él ya se llevó a su viaje una tablet con la que trabaja y creo que no la declaró antes de salir. Le harán problema por eso?

    • jlcota dice:

      Si le piden explicaciones sí. En nuestra experiencia reciente, es poco probable que le digan algo.

  72. Leonel dice:

    Hola,qué pasa si compré una computadora en chile y perdí el ticket de compra al ser de uso personal,no me tendrían que hacer problema o si?

  73. Roberto dice:

    Hola, les queria consultar, tal vez saben al respecto, de salir del pais con un objeto declarado, sin marca.
    Les comento. Voy a viajar a USA en un par de meses, y me quiero llevar mi pc, sin marca, que la arme hace unos 2 años.
    La aduana pide llenar el formulario F121 (Con marca, modelo y numero de serie).
    Me haran problema ?

    • jlcota dice:

      Pondría sin marca o marca genérica y tomaría algún número de serie visible. Es probable que no te quieran tomar la declaración o que te digan que no hace falta, insistí si querés quedarte tranqui.

    • Pablo dice:

      No lo se. Lo mejor es consultarlo a la aduana

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